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Consulta sobre el uso sistemas de costes simplificados (becas en movilidad y becas en formación)
Respuesta:
En relación con el borrador de informe relativo a becas de movilidad y becas en procesos formativos, amparados en métodos ya calculados por el Programa Erasmus + y por la Orden TAS 718/2008, respectivamente, informamos que:
Becas en movilidad:
- Opción de sistema de costes simplificados: baremos estándar de costes unitarios
- Metodología para establecer los baremos estándar de costes unitarios: artículo 67.1.b) Reglamento 1303/2013; “modalidades aplicables en otras políticas de la Unión”
Becas en formación:
- Opción de sistema de costes simplificados: baremos estándar de costes unitarios
- Metodología para establecer los baremos estándar de costes unitarios: artículo 67.1. c) del Reglamento 1303/2013; "regímenes de subvenciones financiados enteramente por el Estado Miembro"
Teniendo en cuenta que se ha hecho una valoración por vuestra parte de:
- Reutilización de la totalidad del método
- Que se aplica a una zona geográfica acorde (ya el área geográfica para donde se hizo el cálculo inicial es mayor)
- Que se aplica a categorías similares de operaciones y beneficiarios (como se informa en los documentos adjuntos)
- Que son operaciones financiadas enteramente por fondos propios.
Entendemos que la aplicación de los baremos de costes unitarios presentada para becas de movilidad y de formación basadas en el Programa Erasmus + y la Orden TAS 718, respectivamente, aplicables a una categoría similar de operación y beneficiario; es adecuada la utilización de ambos métodos para establecer los importes de las becas.