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Consulta Aplicación 15% para el cálculo de los costes indirectos en las ayudas a la contratación
Respuesta:
En relación a la consulta planteada sobre la utilización del tipo fijo de hasta el15% sobre los costes directos de personal para financiar los costes indirectosen las ayudas a la contratación hay que tener en cuenta que:
- Si estamos ante una operación de fomento del empleo en el que el hechosubvencionables es la contratación de personal, no parece que haya encaje deimputar de manera adicional un porcentaje de costes indirectos. Ahora bien, sila operación es más amplia y el hecho subvencionable va más allá de lacontratación exclusiva de personal, se podría valorar el supuesto teniendo encuenta la segunda consideración:
- Para el cálculo de los costes directos de personal como base para laimputación del porcentaje a tipo fijo del artículo 68, no podemos tomar encuenta el salario pagado a los participantes, es decir, no podemos contabilizarlas nóminas para calcular el CDP para aplicar el tipo fijo.
Es por ello que entendemos que el uso del tipo fijo de hasta el 15% para elcálculo de los costes indirectos en las ayudas a la contratación NO puede serutilizado como referencia de costes directos de personal para la imputación decostes indirectos.