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El Ministerio de Trabajo regula las actividades preventivas en el ámbito de la Seguridad Social

09/11/2006  -  MTAS

El Boletín Oficial del Estado publica hoy una Orden TAS/3623/2006, de 28 de noviembre, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales que regula las actividades de prevención de riesgos laborales que desarrollan las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales como entidades colaboradoras de la Seguridad Social y establece la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales.

El artículo 1 de la Orden Ministerial define que las actividades preventivas que se desarrollan en el ámbito de la Seguridad Social son las que realizan las mutuas y las que se desarrollan con cargo al 80% del exceso de excedentes de las mutuas que se ingresan en el Banco de España a disposición del Ministerio de Trabajo.

En relación con el primer aspecto, las mutuas podrán desarrollar actividades de prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a favor de las empresas asociadas y sus trabajadores y también para los trabajadores por cuenta propia adheridos a ellas que tengan cubiertas estas contingencias.

La Orden aclara que las mutuas complementarán pero no sustituirán las obligaciones directas de los empresarios en materia de prevención de riesgos. Las actuaciones de estas entidades colaboradoras de la Seguridad Social se orientarán preferentemente a coadyuvar a las pequeñas empresas y a aquellas que operan en sectores de mayor siniestralidad.

Las mutuas podrán destinar a este fin en su presupuesto anual un máximo del 1% de sus ingresos por cuotas por contingencias profesionales y cada ejercicio presentarán a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social el plan de actividades preventivas que pretenden desarrollar.

En cuanto a la aportación con cargo al 80% del exceso de excedentes de la gestión de las mutuas, la Secretaría de Estado de Seguridad Social fijará anualmente la cuantía de las aportaciones teniendo en cuenta el exceso de excedentes generado en el último ejercicio y con un límite máximo para la aportación anual de 25 millones de euros. Ésta es la cantidad que se fija para 2006 como aportación a la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales.

La Orden tiene en cuenta la necesaria coordinación y colaboración en actividades preventivas que desarrollan distintas instituciones de ámbito estatal o suprautonómico.