Las personas que no residen ni trabajan en Suiza, es decir, los turistas o quienes se desplazan a dicho país durante un periodo corto en búsqueda de empleo, no están sujetos al seguro de enfermedad obligatorio suizo y, por consiguiente, no deben afiliarse a una Caja de enfermedad. Los tratamientos médicos que necesiten durante su estancia en Suiza estarían cubiertos, en principio, por la Seguridad Social española. Para asegurarse de que es así, debe solicitarse la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) antes de salir de España.
Con la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) se podrán recibir prestaciones sanitarias obligatorias necesarias desde un punto de vista médico, durante una estancia temporal en Suiza, teniendo en cuenta su naturaleza y la duración prevista de la estancia. Esta tarjeta es personal e intransferible, de forma que se extenderá una tarjeta por cada uno de los miembros de la unidad familiar.
La utilización de la Tarjeta durante el período de validez se encuentra condicionada además a que su titular continúe reuniendo los requisitos que dieron lugar a su obtención. En otro caso, los gastos que se originen podrían ser reclamados en concepto de prestaciones indebidas.
La TSE podrá solicitarse a través de cualquier Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) o de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. En el “Portal de la Seguridad Social” se ofrece información complementaria sobre la solicitud, validez o renovación de la Tarjeta.
Si necesita asistencia médica en Suiza y no pudo obtener la Tarjeta Sanitaria Europea antes de salir de España, o no dispone de ella, podrá solicitar un Certificado Provisional Sustitutorio. Este certificado es individual y acredita el derecho de su titular a recibir prestaciones sanitarias en las mismas condiciones que la TSE. La solicitud de este Certificado también puede realizarse a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o con el apoyo e intermediación de la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, aportando la documentación necesaria.
Quienes necesiten asistencia médica en Suiza deberán dirigirse a los médicos inscritos en el régimen suizo del Seguro de enfermedad y hospitales públicos. No existe una lista de médicos ni de hospitales que aceptan la TSE. El organismo de enlace suizo (Gemeinsame Einrichtung KVG/Institution commune LAMal) o los propios médicos u hospitales le informarán al respecto. Las páginas web indicadas a continuación ofrecen direcciones y datos de contacto de centros y profesionales sanitarios spitalfinder y doctor.
En Suiza se tendrá derecho a recibir las prestaciones sanitarias necesarias desde un punto de vista médico establecidas en el catálogo de prestaciones del Seguro de enfermedad obligatorio. En la página web de la Gemeinsame Einrichtung KVG/Institution commune LAMal puede descargarse una hoja informativa sobre las prestaciones sanitarias.
Hay que tener en cuenta que el Seguro de enfermedad obligatorio solo se hace cargo del 50% de los gastos de transporte del enfermo y de rescate, hasta el máximo establecido. El paciente paga la diferencia. Quienes durante su estancia en Suiza estuvieran expuestos a un elevado riesgo de accidente, deberían concertar un seguro complementario que cubra mejor este riesgo.
Generalmente, en caso de tratamiento ambulante, el titular de la tarjeta deberá abonar las facturas del médico y de la farmacia y solicitar posteriormente el reembolso. Los hospitales facturan, por lo general, los gastos de los tratamientos directamente con el Organismo de enlace, la Gemeinsame Einrichtung KVG/Institution commune LAMal.
Las facturas abonadas por el paciente deben remitirse a la Institution commune LAMal/ Gemeinsame Einrichtung KVG, solicitando el reembolso de la cantidad que corresponda. Se facilita su dirección:
Institution commune LAMal / Gemeinsame Einrichtung KVG
Industriestrasse 78
CH-4600 Olten
Tel. +41 (0)32 625 30 09
Internet: www.kvg.org
E-Mail: customers@kvg.org
Aparte de las facturas y recetas, deberá remitir fotocopia de la TSE, del documento de identidad e indicar el número de la cuenta bancaria (el IBAN y el BIC), la dirección de la entidad y el nombre del titular de la cuenta.
La legislación suiza prevé una participación en los gastos médicos o copago, fijada para un período de tratamiento de 30 días en:
En caso de hospitalización, los adultos y estudiantes mayores de 25 años tienen que abonar 15 CHF por día. Las prestaciones relacionadas con la maternidad no están sujetas a copago.
En el supuesto de que sea la Institution commune LAMal/ Gemeinsame Einrichtung KVG quien pague directamente la factura al centro sanitario que prestó el servicio, el asegurado recibirá una factura de dicho organismo por el equivalente al copago.
Más información: