Rastro de migas

Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Web empleo Francia. Preguntas frecuentes

¿Es necesario tener un permiso de trabajo para trabajar en Francia?

  • Siendo español, no necesita ningún permiso especial para trabajar en Francia. Sin embargo hay una serie de profesiones reguladas para cuyo ejercicio se debe de cumplir los requisitos establecidos. 
  • El derecho publico francés supedita la residencia mas allá de tres meses a disponer de cobertura sanitaria y recursos económicos suficientes para no constituir una carga para la asistencia publica. En esta página encontrará mas detalles sobre el tema.

¿Se puede optar a alguna prestación para la búsqueda de empleo en Francia?

  • Si viene a Francia a buscar trabajo, las únicas prestaciones a las que puede tener derecho son las derivadas de la exportación de las que pudiera estar percibiendo en España.
  • Después de un periodo regular de trabajo en Francia y si busca nuevamente un empleo tendrá derecho a prestaciones francesas debiendo dirigirse para ello a los servicios de Pòle Emploi.

¿Cómo preparar la búsqueda de empleo en Francia?

  • Las pestañas de esta Web tituladas “Antes de viajar”, “Prepara tu curriculum”, e “Información útil” le ayudarán en este propósito y le proporcionarán información sobre la preparación al desplazamiento. El contacto con un consejero EURES antes de salir es un paso esencial para los que no han tenido un contacto anterior con la sociedad francesa. https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/encontrar-trabajo/empleo-europa/consejeros.
  • La búsqueda de empleo en Francia tiene para los españoles dos dificultades principales: El conocimiento del francés (nivel B1/B2) y disponer de un alojamiento, no vacacional. Evaluar sus posibilidades de éxito, sin falsos espejismos, es el primer paso del proceso.

¿Qué servicios presta la Consejería de Trabajo en Francia en la búsqueda de empleo?

  • La Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social como órgano técnico del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en el exterior, tiene encomendadas funciones de carácter asistencial en cuanto que presta asistencia, asesoramiento e información a la ciudadanía española en el exterior.
  • En lo que se refiere a la “búsqueda de empleo”, la consejería dispone de una unidad administrativa para atender de forma personalizada todas las consultas, tanto por vía electrónica, como mediante teléfono o a través de nuestra pagina WEB solicitando una entrevista personal a francia@mites.gob.es, Asunto: orientación para el empleo.

¿Dispone la Consejería de ayudas económicas para buscar trabajo?

  • La Consejería de Empleo y Seguridad Social no tiene dotación presupuestaria ninguna destinada a poder sufragar gastos o ayudas para la busqueda de empleo.

Antes de salir

Está cobrando el paro en España. ¿Hay que hacer algún trámite antes de iniciar el desplazamiento?

  • Sí, debe contactar con el Servicio Público de Empleo en España para determinar si debe exportar o suspender el cobro de sus prestaciones. Este Servicio le orientará sobre el derecho y las condiciones de ejercicio y le entregará, en el caso que las exporte, unos formularios que deberá presentar en el plazo establecido 7 días, en los servicios de empleo en Francia (Pôle Emploi) cuando se inscriba como demandante de empleo.
  • En esta página encontrará mas detalles sobre el tema.

¿Qué documentación es conveniente que llevar a Francia para buscar trabajo?

Búsqueda de trabajo

Ha llegado de España y desea encontrar trabajo en Francia, ¿a que organismo debe dirigirse?

  • Aunque la inscripción no es obligatoria, salvo si ha exportado las prestaciones españolas de desempleo en cuyo caso deberá respetar el plazo establecido, es muy conveniente inscribirse en Pôle Emploi, que es el servicio estatal de empleo en Francia. Sus bases de datos reúnen el mayor número de ofertas y ofrece a los demandantes numerosos servicios en la búsqueda de un puesto de trabajo.
  • En esta página encontrará mas detalles sobre la inscripción y en esta otra sobre la búsqueda de empleo y servicios ofrecidos.

¿Cómo localizar las oficinas de empleo francesas?

Pôle emploi

Ha llegado de España con los formularios comunitarios para poder percibir las prestaciones de desempleo exportadas ¿dónde debe presentar la documentación?

  • Deberá entregar el formulario U2 a la Agencia de Empleo (Pôle Emploi) de su lugar de residencia. Es muy importante que lo haga en el plazo facilitado para ello que le hayan indicado en el SEPE al entregárselo.
  • En Francia no hay obligación de empadronamiento.

¿Cómo saber los sectores y regiones con mayor demanda de trabajo?

  • Anualmente, Pôle-Emploi (servicio público francés de empleo) publica su encuesta sobre las “necesidades de mano de obra” (BMO) que realiza en colaboración con las direcciones regionales y el Centro de investigación para el estudio y la observación de las condiciones de vida (CREDOC).

 En este enlace  encontrará información sobre la encuesta realizada por Pôle  Emploi  para 2020.

¿Por dónde empezar a buscar empleo?

  • Antes de desplazarse puede efectuar ya un cierto número de gestiones, preparar su CV e incluirlo en los portales de empleo de EURES, "EMPLEATÉ", Portal de empleo del SEPE y en las bolsas de trabajo francesas que se indican en este portal.
  • Una vez en Francia, se aconseja inscribirse en Pôle Emploi y dirigirse a todos los portales recogidos de esta Web, pestaña "Donde buscar EMPLEO" que puedan interesarle.

¿Dónde se publican las ofertas de empleo?

  • Aunque no hay obligación legal, las ofertas de empleo se publican generalmente en Pôle Emploi, y sus oficinas son la mejor manera de buscar empleo si no se dispone de un acceso a Internet y de algunos recursos informáticos (manejo de Internet, del correo electrónico y de la presentación de CV).
  • En estas páginas, pestaña "Donde buscar EMPLEO" , encontrará enlaces a los portales que recogen el mayor número de ofertas.

¿Cómo montar mi propia empresa?

Durante la búsqueda

Ha llegado de España y le ofrecen un trabajo, pero le piden su número de seguridad social, ¿puede dar el número español?

  • No, uno de los primeros trámites que su futuro empleador debe efectuar es el de darle de alta en la Seguridad social francesa. Primero le atribuirán un número provisional y después el definitivo que dará lugar a la “Carte vitale” (de color verde) esta le facilitará los pagos de los servicios médicos y sanitarios. Si antes de obtener la "Carte vitale" tiene que acudir al medico y pagar la factura, guárdela bien para solicitar el reembolso. La obtención de la "carte vitale" puede tardar varios meses y es conveniente acudir a la CPAM donde le han dado de alta para seguir de cerca los trámites de la obtención de la "carte" y del numero de seguridad social definitivo. https://www.service-public.fr/particuliers/vosdroits/F16467

 Si el empleador no solicitase el alta en la seguridad social   deberá hacerlo usted y  necesitará los siguientes documentos

El tiempo para la obtención del número definitivo puede ser muy largo y es muy importante que acuda regularmente a la CPAM de su domicilio para informarse del estado de la situación. El hecho de que no tenga numero de seguridad social no implica que  usted no esté cubierto. Esta cubierto si el empresario ha realizado la declaraciones necesarias y pagado sus cotizaciones, por ello es importante que le entregue cada nómina.

¿Cómo son los salarios en Francia?

  • En Francia hay un salario minimo y se deben de respetar los salarios negociados en los convenios colectivos  cuando fuesen aplicables. Es obligatorio indicar en el contrato de trabajo el convenio aplicable.
  • En estos portales http://www.juritravail.com/salaire.html y http://www.guide-des-salaires.com/, podrá documentarse sobre los salarios de referencia por sectores profesionales y categorías. Atención, los salarios se publican en bruto, lo que en Francia quiere decir que hay que deducir las cotizaciones salariales de los trabajadores superiores a las españolas. Estas representan aproximadamente un 24% del salario bruto.

¿A cuánto ascienden las cotizaciones a la Seguridad Social en Francia?

  • Son variables, en función del salario, y su cálculo es algo complicado pero encontrará explicaciones y porcentajes en este enlace. En términos generales se puede considerar que las que corresponden al asalariado son, como mínimo, el 24% de salario bruto.
  • La retención para el impuesto sobre la renta se efectúa desde enero de  2019.

¿Cómo funciona el impuesto sobre la renta?

¿Se puede recibir asistencia sanitaria en Francia a cargo de la Seguridad Social española mientras se busca trabajo?

  • Los españoles que sigan teniendo la cobertura en España, deben solicitar la tarjeta sanitaria europea. Antes de salir de España deben ponerse en contacto con el Instituto Nacional de la Seguridad Social para aclarar su posible cobertura para la asistencia sanitaria en el exterior.

Ha llegado de España, le han tenido que hospitalizar y le piden la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) y no la tiene, ¿que debe hacer para obtenerla?

  • La TSE se solicita, antes de salir de España, bien ante el CAISS correspondiente, bien a través de Internet en el enlace siguiente: https://sede.seg-social.gob.es/Sede_1/ServiciosenLinea/Ciudadanos/232000
  • La tarjeta se envía al domicilio del interesado en España.
  • Si se encuentra ya en Francia y necesita la TSE, puede dirigirse a nuestros servicios (teléfono: 0153700520, correo electrónico francia@mites.gob.es) para que entremos en contacto con las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social a efectos de que le remitan, si tiene derecho a ello, un certificado provisional sustitutorio (CPS), valido únicamente para un máximo de 90 días. La utilización del CPS durante su periodo de validez se encuentra condicionada a que su titular continúe reuniendo los requisitos que dieron lugar a su obtención.

Ha llegado de España, ha tenido necesidad de asistencia médica y tiene la TSE, ¿como puede obtener el reembolso de los honorarios médicos que ha pagado?

  • En: https://www.cleiss.fr/particuliers/venir/vacances/index_es.html puede obtener información sobre el funcionamiento de la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) en Francia.
  • En Francia el interesado debe abonar por adelantado los honorarios de los profesionales sanitarios, farmacia etc. Para obtener el reembolso de los mismos hay que dirigirse al Servicio de Relaciones Internacionales de la Caisse Primaire d’Assurance Maladie (CAPM), del lugar en donde hayan tenido la asistencia médica.
  • Se indica a continuación la página Web de las CPAM Caisses Primaires d’Assurance Maladie:www.ameli.fr
  • El reembolso se hace sobre los baremos establecidos. Para consultas médicas, con médicos de cabecera o especialistas, se reembolsa el 70% de la tarifa de la seguridad social.
  • Las hospitalizaciones están cubiertas, salvo casos excepcionales, en un 80% de la tarifa de la seguridad social y el 20% restante será a cargo del paciente si no tiene un seguro complementario ( Salvo casos excepcionales en los que se contempla una cobertura del 100%). Además se debera pagar el denominado “forfait hospitalier”, cantidad a tanto alzado, actualmente de 20 € día (15 en psiquiatria), que representa los gastos “hoteleros” de estancia hospitalaria.
  • Para ver las tarifas actuales consultar el siguiente enlace:
    http://www.ameli.fr/assures/soins-et-remboursements/combien-serez-vous-rembourse/consultations/les-consultations-en-metropole/dans-le-cadre-du-parcours-de-soins-coordonnes.php
  • Si durante su estancia en Francia no ha podido obtener el reembolso puede solicitarlo, al volver a España, presentando las facturas correspondientes ante las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (CAISS), más cercanas a su domicilio. Vea http://www.seg-social.es/Internet_1/Oficinas/BuscadordeCercanos/index.htm
    Nota: Tanto una TSE como un CPS se podrán utilizar durante su periodo de validez si su titular continúa reuniendo los requisitos que dieron lugar a su obtención. En otro caso, los gastos que se originen podrían ser reclamados en concepto de prestaciones indebidas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 76 del Reglamento (CE) 883/04.

Trabaja en Francia y, le han despedido o ha finalizado su contrato ¿qué debe hacer para inscribirse como desempleado y percibir las correspondientes prestaciones?

  • Debe inscribirse como demandante de empleo en la oficina de empleo de su lugar de residencia (para encontrarla pulse: http://www.pole-emploi.fr/accueil/), y así poder percibir, en su caso, las prestaciones por desempleo y conservar sus derechos a las de la Seguridad Social. Tiene un plazo de un año para inscribirse desde que finalizo su contrato.
  • Se puede realizar una solicitud de prerregistro por teléfono o por vía electrónica en el portal de la oficina de empleo. Así, se le dará una cita y se le hará llegar un listado con los documentos que debe presentar.

Ha trabajado en Francia y para obtener prestaciones de desempleo le solicitan el formulario comunitario U-1 expedido por España, ¿Dónde debe solicitarlo?

Solicitarlo a la Dirección Provincial del SEPE de último trabajo en España. Pueden remitir escrito de solicitud aportando los datos incluidos a continuación, o bien contactar telefónicamente con la Dirección Provincial a fin de que les faciliten una dirección de correo electrónico donde enviar su solicitud.

  • Nombre y apellidos completos del solicitante.
  • NIF/NIE y Número de Seguridad Social Español.
  • Provincias de trabajo y periodos trabajado en España con la relación de empresas, lugares y fechas en los que ha trabajado en España.
  • Dirección de residencia donde remitir el documento U1 por correo postal.

Puede solicitarlo en esta Consejeria en francia@mites.gob.es enviando la solicitud ico_pdf y con una copia de su documento de identidad.

¿Cómo funciona el despido en Francia?

Si al trabajar en Francia el asegurado pierde su trabajo este debe inscribirse como demandante de empleo en la Oficina de Empleo (Pôle Emploi) de su lugar de residencia para poder percibir en su caso las prestaciones por desempleo y conservar sus derechos a las prestaciones de la Seguridad Social. http://www.pole-emploi.fr/candidat/l-allocation-d-aide-au-retour-a-l-emploi-are--@/index.jspz?id=77160

Tienen derecho a prestaciones por desempleo: vease este enlace

Los trabajadores por cuenta ajena.

Para poder ser beneficiario de prestaciones por desempleo (Subsidio de ayuda a la vuelta al trabajo o ARE), se requiere:

  • Una pérdida de empleo por despido, final de un contrato temporal o de un contrato por obra o servicio, ruptura convencional o dimisión por motivo legítimo;
  • Un trabajador que dimite despues de cinco años de trabajo de manera continuada, anteriores a la dimisión, para realizar un proyecto profesional que tenga un caracter real y serio, puede ser para seguir una fomación o un proyecto de creación o de adquisición de empresa. Este proyecto deberá ser preparado antes de la dimisión en el marco de un consejo de evolución profesional y deberá ser validado por parte de la comisión paritaria interprofesional regional.
  • Los trabajadores independientes podrán acceder bajo condiciones, una de ellas es haber generado por lo menos más de 10.000 euros de ingresos los dos años precedentes, a una indemnizacion de 800 euros al mes durante 6 meses.
  • Gozar de aptitudes físicas para ejercer un empleo;
  • Inscribirse a Pôle emploi como demandante de empleo en un plazo maximo de un año y suscribir el plan personal de ayuda a la colocación;
  • Realizar actos positivos para buscar empleo;
  • Haber trabajado 130 días o 910 horas de trabajo(seis meses) en los 24 meses que preceden al fin del contrato para los menores de 53 años o en los 36 meses que preceden al fin del contrato para los mayores de 53 años en el momento de la ruptura del contrato de trabajo. Con motivo de la pandemia el tiempo necesario para poder obtener una prestacion de desempleo se reduce a cuatro meses ( 88 dias o 610 horas ) para las rupturas de contrato de trabajo desde el 1 de agosto 2020. Segun la ultima reforma aprobada se volverá a incrementar el tiempo necesario de trabajo si se mejoran las condiciones dle mercado de trabajo. https://www.unedic.org/indemnisation/vos-questions-sur-indemnisation-assurance-chomage/quelles-sont-les-conditions-pour-beneficier-des-allocations-chomage
  • No haber alcanzado la edad legal para jubilarse (60 o 62 años en función del año de nacimiento) o la edad requerida para beneficiarse de una pensión de jubilación con tasa plena (entre 65 y 67 años en función del año de nacimiento);
  • Aceptar las ofertas razonables de empleo. Al rechazar dos ofertas razonables, el demandante de empleo puede ser sancionado.
  • Residir en un territorio cubierto por el Seguro de desempleo: Francia metropolitana, departamentos franceses de ultramar (DOM) (salvo Mayotte) y San Pedro y Miquelón, San Bartolomé, San Martín, y principado de Mónaco.

La duración del pago de la prestación de desempleo va de 6 a 24 meses pudiendo llegar a 36 meses . Esta depende de la duración de la afiliación previa y de la edad del demandante. https://www.service-public.fr/particuliers/vosdroits/F14860 (para los parados con una afiliación inferior a 6 meses con derecho a paro por motivos de pandemia la duración de la prestación será menor)
La duración máxima de la indemnización de los trabajadores hasta 52 años será de 24 meses, de 53 a 55 años la indemnización será de 30 meses (con una extensión posible de seis meses si el trabajador esta en formación), y de 36 meses para los mayores de 55 años.

Para las prestaciones superiores a 4500 euros brutos, a partir del 7º mes de paro la prestación se reducirá un 30% con un mínimo de 2.261€ netos por mes para los menores de 57 años.

Indemnización por ruptura convencional o despido sin falta grave

  • Para las rupturas en Francia la indemnización mínima por ruptura convencional de contrato es de 1/4 de mes por año trabajado los primeros 10 años y de 1/3 del sueldo mensual por cada año adicional. https://www.service-public.fr/professionnels-entreprises/vosdroits/F31539

    La cuantía final puede variar mucho si se estipula en el convenio colectivo o en el contrato que el trabajador firma inicialmente. Por lo general se recurre a la inclusión de cláusulas que mejoran la indemnización respecto al mínimo legal o a la que correspondería por convenio.

  • Mas información en: http://www.cleiss.fr/docs/regimes/regime_france/es_5.html y en este documento sobre la ruptura convencional en Francia.

Si tiene reconocida la prestación por desempleo en Francia y desea buscar empleo en España, ¿puede seguir cobrando esta prestación en España ?

  • Si, puede informarse en su oficina de Pôle emploi sobre sus derechos. Estos pueden ser transferidos por un período de 3 meses. Francia no prorroga otros tres meses https://www.pole-emploi.fr/candidat/mes-droits-aux-aides-et-allocati/lallocation-chomage-a-letranger.html. Para transferirlos deberá solicitar en la oficina de Pôle Emploi en donde esté inscrito, y que le abona las prestaciones por desempleo, el formulario Comunitario U2.

  • Para tener derecho a exportar las prestaciones son necesarios los siguientes requisitos:

    • Ser beneficiario de la prestación por desempleo francesa.
    • Trasladarse a buscar empleo en España.
    • Haber estado inscrito como demandante de empleo al menos 4 semanas.
  • Una vez en España, debe entregar el documento U2 en las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal, en un plazo máximo de 7 días de la fecha prevista para la salida.
  • Si no encontrase trabajo en España puede volver a Francia antes de que finalicen los tres meses y recuperar el resto de sus derechos de su prestación en Francia.

Si no transfiere las prestaciones a España puede solicitar el formulario de la Unión Europea U1. Con este formulario se acreditan las cotizaciones realizadas en Francia a efectos de solicitud en España de prestaciones por desempleo en el caso de trabajar en España y quedarse en paro posteriormente, deberá solicitarlo a:

Pôle emploi services
SERVICE MOBILITÉ INTERNATIONALE
TSA 10107
92891 NANTERRE CEDEX 9
europe.exchange@pole-emploi.fr

El trabajador comunitario que ha cubierto períodos de seguro en un país del ámbito UE/EEE y Suiza y no ha solicitado prestación en dicho país, a su regreso a España tiene tres vías de acceso:

Trabajar en último lugar en España, en cuyo caso se totalizarán los períodos cubiertos en el país comunitario (U1) y en España, siempre que cumpla resto de requisitos exigidos por la legislación española (art. 61 del R.883/2004).

Si el trabajador mantuvo su residencia en España durante su trabajo en otro Estado miembro, podrá acceder directamente a prestación en España, siempre que quede acreditada la residencia en España durante el período de empleo en otro país y cumpla resto de requisitos exigidos por la legislación española. Para ello se tendrán en cuenta todos los períodos de seguro cubiertos en los últimos seis años desde la última situación legal de desempleo, es decir se sumarán tanto los períodos cotizados en el Estado miembro de empleo como en el Estado de residencia, en este caso España, antes de su salida. Deberá aportar también el U1 para acreditar tanto los períodos de seguro como la situación legal de desempleo en el último trabajo realizado en el país comunitario. (art. 65 del R. 883/2004).

En el caso de que no pudiera acceder a prestación por alguna de estas dos vías anteriores y el trabajador tuviera cotizaciones suficientes anteriores a su salida de España que le generaran derecho a prestación (360 días para prestación contributiva, al menos 90 días cumpliendo resto de requisitos exigidos en relación con rentas y responsabilidades familiares para la prestación asistencial), podrá solicitar prestación por desempleo a su retorno a España. Para ello se tendrán en cuenta los períodos cotizados durante los seis años anteriores a su salida de España. Las cotizaciones realizadas en otro Estado miembro no se podrían computar para este derecho pero sí se guardarían para futuros derechos.

¿Algún consejo para mejorar mi francés?

  • Es aconsejable venir con por lo menos un nivel B1. Con los medios actuales de aprendizaje es mejor estudiar el idioma antes de venir a Francia.
  • En esta página encontrará un artículo específico sobre este tema y enlaces útiles.
  • No deje de informarse en el Ayuntamiento de su residencia en Francia ya que este tipo de organismo propone generalmente cursos de francés para extranjeros, a precios reducidos, y en los que cualquier adulto, que demuestre que reside o trabaja en el citado municipio, puede inscribirse. Igualmente le pueden facilitar los contactos de las asociaciones sin ánimo de lucro (voluntarios o “bénévoles”), con sede social en la demarcación que organizan los cursos citados.

¿Qué hay que hacer para homologar o hacer reconocer las titulaciones españolas?

  • El principio jurídico de homologación de titulaciones no existe en el derecho interno francés por lo que se actúa en el marco de un sistema de certificados de “comparabilidad” en contenido y número de años de formación.
  • En esta página encontrará un artículo específico sobre este tema y enlaces útiles.
  • Para más información diríjase a la Consejería de Educación de Francia, competente en estos temas, ( mail:consejeria.fr@educacion.gob.es).

¿Se deben traducir los títulos?

¿Algún consejo para hacer el CV?

  • Todos los portales de empleo franceses ofrecen consejos y asistencia, generalmente gratuita, para la confección del CV, la redacción de la carta de presentación y la preparación de la entrevista que culmina el proceso.
  • En esta página encontrará un artículo específico sobre este tema y enlaces útiles.

¿Qué se debe hacer si le roban la documentación en Francia?

Fuente Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Cooperación: http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/Paginas/FAQs.aspx

  • Si se encuentra en un país donde haya Embajada o Consulado español, deberá acudir al mismo a la mayor brevedad posible y tramitar un nuevo pasaporte, si desea permanecer en el país o continuar viaje a otro diferente, o un salvoconducto que le permita regresar a España, si esa es su intención.
  • Para el dinero, se le aconseja que se ponga en contacto con sus familiares o conocidos, quienes le pueden enviar dinero a través de compañías que se dedican a estos servicios. Sólo cuando este recurso es imposible, la Embajada o Consulado le pueden proporcionar una ayuda extraordinaria, que usted deberá reembolsar al Tesoro Público en un plazo inferior a tres meses.

Retorno

Ha trabajado en Francia y quiere volver a España, ¿que documentos debe solicitar antes de marcharse?

  • En esta página encontrará un artículo específico sobre este tema y enlaces útiles

Ha trabajado en Francia y quiere volver a España, ¿puede cobrar la prestación por desempleo en España?

¿Cómo se puede obtener un informe de vida laboral por el trabajo realizado en Francia?

  • En esta página encontrará un artículo específico sobre este tema y enlaces útiles

¿Cuánto tiempo hay que haber cotizado en Francia para poder cobrar una pensión de jubilación?

  • El derecho a la pensión comienza tan pronto como las cotizaciones pagadas son suficientes para garantizar al menos la afiliación de un trimestre. Se alcanza un trimestre de seguro cuando el afiliado recibe una retribución equivalente al importe de 200 horas laborales de salario mínimo.
  • Los regímenes de pensión complementarios se rigen por las mismas normas

Ha trabajado varios años en Francia y quiere solicitar la pensión francesa ¿a donde debe dirigirse?, ¿cuales son los requisitos necesarios para que se reconozca la pensión?

  • Las solicitudes de la pensión de jubilación deben dirigirse a la Caja del Seguro de Pensiones y de Salud en el Trabajo (CARSAT) del lugar de residencia o a la Caja Nacional del Seguro de Vejez (CNAV), si el interesado vive en Francia.
  • Si el asegurado vive en Francia, al mismo tiempo que solicita la jubilación en la Caja de Base debe dirigirse asimismo a la última Caja de jubilación complementaria a la que haya pertenecido.
  • Para obtener la pensión completa, 50% de la base reguladora, se exige un determinado número de trimestres cotizados (entre 160 y 166, en función de la fecha de nacimiento)
  • Para alcanzar el número de trimestres necesarios para obtener la pensión se contabilizan los períodos de seguro cumplidos en cualquier Régimen de base de Jubilación de Francia (general, agrícola, minería, etc.) y también los periodos cumplidos en otro país de la Unión Europea.
  • Si no se acredita ese número de trimestres cotizados, se concede la pensión francesa, pero con la disminución que resulte de aplicar un coeficiente reductor al porcentaje máximo de la pensión.

    Para mayor información vea:

Trabajó y cotizó en España hace años, ahora está en Francia. ¿Puede cotizar también en España para tener una pensión mayor?

Se va a jubilar en Francia ¿puede obtener la pensión española?, ¿a quién debe dirigirse?

  • Puede solicitar la pensión de jubilación española, si reúne los requisitos para ello, a través del organismo francés en el que haya presentado la solicitud de pensión francesa.

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