La Seguridad Social rebajará las cotizaciones a las empresas que reduzcan la siniestralidad laboral
22/02/2008
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MTAS
La Seguridad Social ha puesto en marcha en este ejercicio el
sistema de bonus-malus, previsto en el artículo 108.3 del Texto Refundido de la
Ley General de Seguridad Social. Las empresas que se distingan por sus buenas prácticas en la
reducción de la siniestralidad laboral podrán ver reducida su cotización este mismo año hasta un
máximo del 10%. Los presupuestos de 2008 contemplan por primera vez una partida de 90.260.008
millones euros destinados a este fin.
Esta cantidad variará cada ejercicio pues proviene del 15% del 80% de excedentes de las mutuas
de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales para el fomento de actuaciones
extraordinarias de las empresas en la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales, según los establecido en la disposición final octava de los Presupuestos de
2008.
Para poner en marcha este sistema de incentivos, que también penaliza a las empresas que
incumplan la normativa en materia de prevención con un posible aumento de la cotización de hasta el
20%, era condición previa la actualización de la tarifa de accidentes laborales, que entró en vigor
el 1 de enero de 2007.
En las dos últimas leyes de Presupuestos se ha procedido a reducir el peso medio de la tarifa
de cotización por accidentes de trabajo ajustándola de forma más precisa a la siniestralidad de
cada sector económico y es previsible que en ejercicios posteriores se afine aún la tarea de
ajuste, adecuando de forma más proporcionada, al alza o a la baja, el peso de las cotizaciones por
contingencias profesionales con los niveles de siniestralidad de los sectores al nivel de
desagregación con el que vayan quedando definidos. Sin embargo no se había abordado todavía la
definición de un sistema que vinculara la reducción del peso de las cotizaciones con los resultados
positivos en la prevención de riesgos laborales. Y es precisamente en esta línea en la que se sitúa
la disposición final octava de la vigente ley de presupuestos.
Sistema de indicadores
El objetivo de este sistema de bonus-malus es la disminución real de los accidentes de trabajo
comprobada a través de indicadores que comparen los resultados de una empresa con los del propio
sector de actividad de manera que no se prime a unas empresas o sectores con menores riesgos sobre
otros que los tengan mayores. Tales indicadores permitirán igualmente evaluar la evolución a lo
largo del tiempo de la situación de una empresa así como la efectividad de las medidas adoptadas.
La actual configuración de la tarifa de accidentes en base a la CNAE permite plantearlo de esta
manera.
Las empresas con menos de diez trabajadores tendrán un tratamiento diferenciado; se excluirán
los accidentes de tráfico y los cardiovasculares, ya que en estos casos no es posible la acción
preventiva de la empresa, y también tendrán una consideración específica los accidentes en
misión.
Estos indicadores se elaborarán con la información de las bases de datos de la Seguridad
Social donde se dispone obviamente del coste asociado a cada una de las contingencias a considerar
y los técnicos correspondientes están procediendo ya a su estudio y análisis. En función de su
diseño final se fijará el nivel que una determinada empresa debe alcanzar para ser acreedora de una
bonificación pudiendo situar la exigencia en términos de alcanzar, por ejemplo, un veinte o un
treinta por ciento por debajo del índice sectorial correspondiente. La consecución de los niveles
de cumplimiento previstos sería inicialmente la condición previa para ser candidato a la
bonificación.
Fundamentalmente se pretende retribuir las acciones positivas que disminuyan la
siniestralidad. El sistema tendrá en cuenta la evolución de la accidentalidad y la adopción de
medidas positivas en la empresa.
Entre las acciones positivas se consideran el grado de cumplimiento de la normativa vigente;
la constitución de servicios de prevención propios dentro de la empresa o el recurso a los
servicios de prevención ajenos; existencia de planes de movilidad; inversiones en prevención de
riesgos más allá de lo legalmente exigible, en relación las enfermedades profesionales seguimiento
de la reducción de trabajadores expuestos a un determinado riesgo.