29/03/2016 - DGITSS - SG RRLL. PRL. y medias de Igualdad
La normativa
española de prevención de riesgos laborales establece que la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social debe de investigar todos aquellos accidentes que sean calificados como graves, muy graves y
mortales. Y también aquellos accidentes calificados como leves que, por sus características o por
los sujetos afectados, se considere necesario (artículo 9.1,d) de la Ley 31/1995, de 8 de
noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, LPRL).
Estas investigaciones contienen una gran cantidad de información sobre la siniestralidad
laboral, que debidamente tratada y analizada permite caracterizar las causas concretas de los
accidentes de trabajo para poder, posteriormente, planificar diferentes actuaciones preventivas.
Con este objetivo, desde
la Dirección General de la Inspección de Trabajo, se ha procedido a analizar el contenido
de las investigaciones de accidentes de trabajo mortales llevadas a cabo por los inspectores de
trabajo y Seguridad Social en el año 2015. Y más concretamente, de los accidentes de
trabajo mortales de carácter traumático (excluidos los accidentes de tráfico). -VER DOCUMENTOS
ADJUNTOS-
ESTUDIO ITSS (Presentación) Siniestralidad A.T. mortales - Año 2015
INFORME ITSS - Estudio Siniestralidad A.T. mortales - Año 2015
INSHT - ENLACE DE INTERÉS RELACIONADO
La
Base de datos: ACCIDENTES DE TRABAJO INVESTIGADOS
(del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo - INSHT), está
orientada a ofrecer información de situaciones de trabajo peligrosas con fines preventivos. En ella
se describen situaciones de trabajo reales en las que se han producido o se pueden producir daños a
la salud de los trabajadores, identificando los elementos más relevantes para su prevención, así
como las medidas preventivas adecuadas.
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