02/03/2007 - MTAS
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales Jesús Caldera, ha aprobado un Real Decreto (que puede consultarse al final de esta noticia- RD 306/2007 Boletín Oficial del Estado del 19-3-2007) por el que se actualizan las cuantías de las sanciones establecidas en la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobada en abril de 1988.
Desde esa fecha, se habían producido diversas modificaciones sustantivas de las infracciones y sanciones, que fueron recogidas en el texto refundido de la Ley, aprobado en agosto de 2000, pero en todas ellas las cuantías de las sanciones se remitían a lo establecido en cada una de las Leyes en que se fijaron.
Por otra parte, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales aprobada en 1995, establecía unas cuantías distintas, pero sin determinar ningún criterio para la actualización y la Ley de Cooperativas actualizaba las infracciones y sanciones en ese ámbito, a contar desde la fecha de su aprobación.
DE ACUERDO CON EL INCREMENTO DEL IPC
En consecuencia, el Gobierno ha tenido en cuenta los distintos porcentajes máximos que deben ser aplicados para actualizar las cuantías a 31 de diciembre de 2006:
Como consecuencia de la actualización de las cuantías aprobada hoy, distinta tanto en función de la naturaleza del bien protegido como de la fecha de su fijación, resultan incrementos diferentes, así, en materia de Relaciones Laborales y Seguridad Social, las sanciones por infracciones muy graves, en su grado máximo, pasan de 90.151 a 187.155; en materia de Prevención de Riesgos Laborales, pasan de 601.012€ a 818.575€ y en materia de Cooperativas, de 30.050€ a 38.010€.
PROPORCIONALES A LA NATURALEZA DEL BIEN PROTEGIDO
Las sanciones económicas cumplen una doble función: disuasoria y ejemplarizante, por lo que es preciso que la cuantía se acomode tanto a las variaciones que experimenta el coste de la vida como la consideración social de determinados bienes o servicios
En este sentido, las sanciones en materia de prevención de riesgos laborales, cuyos bienes protegidos son la integridad física, la vida y la salud de los trabajadores, tenían fijada una cuantía máxima para infracciones muy graves de 601.012€, muy por encima de los 90.151€ establecidos para las infracciones en materia de relaciones laborales y Seguridad Social, aunque notablemente inferior a las sanciones previstas en materia de igualdad de oportunidades o de Sanidad Vegetal, que llegaran al millón de euros.
Por ello, cuando el coste de una sanción por incumplimiento o vulneración de la Ley resulta más barata que su cumplimiento desaparece la eficacia de la sanción, como sucedía por ejemplo en materia de realización de horas extraordinarias, ya que el rebasamiento del límite legal establecido estaba sancionado en su grado máximo con 3.005€, por lo que no era infrecuente que algunos empresarios optasen por rebasar los limites y hacer frente a la sanción, que resultaba más rentable, desde el punto de vista económico que la adopción de medidas alternativas, como la contratación de nuevos trabajadores o ampliación de jornadas reducidas.
El incremento de las sanciones, por otra parte, favorece la igualdad de condiciones y la justa competencia, al corregir las situaciones de privilegio derivadas del incumplimiento del marco normativo y, en modo alguno perjudica el correcto funcionamiento de las empresas.
INFRACCIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
INCREMENTO DEL IPC DESDE FEBRERO DE 1996 HASTA DICIEMBRE DE 2006: 36,4%
TIPO DE SANCIÓN | GRADO DE SANCIÓN | CUANTÍA ACTUAL EN EUROS (desde… hasta) |
CUANTÍA ACTUALIZADA CON IPC (desde… hasta) |
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FALTA LEVE | GRADO MÍNIMO | 30,05 | 300,51 | 40 | 405 |
GRADO MEDIO | 300,52 | 601,01 | 406 | 815 | |
GRADO MÁXIMO | 601,02 | 1.502,53 | 816 | 2.045 | |
FALTA GRAVE | GRADO MÍNIMO | 1.502,54 | 6.010,12 | 2.046 | 8.195 |
GRADO MEDIO | 6.010,13 | 15.025,30 | 8.196 | 20.490 | |
GRADO MÁXIMO | 15.025,31 | 30.050,61 | 20.491 | 40.985 | |
FALTA MUY GRAVE | GRADO MÍNIMO | 30.050,62 | 120.202,42 | 40.986 | 163.955 |
GRADO MEDIO | 120.202,43 | 300.506,05 | 163.956 | 409.890 | |
GRADO MÁXIMO | 300.505,06 | 601.012,10 | 409.891 | 819.780 |
INFRACCIONES EN MATERIA DE COOPERATIVAS
INCREMENTO DEL IPC DESDE AGOSTO DE 1999 HASTA DICIEMBRE DE 2006: 26,2%
TIPO DE SANCIÓN | CUANTÍA ACTUAL EN EUROS (desde… hasta) |
CUANTÍA ACTUALIZADA CON IPC (desde… hasta) |
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---|---|---|---|---|
FALTA LEVE | 300,51 | 601,01 | 375 | 755 |
FALTA GRAVE | 601,02 | 3.005,06 | 756 | 3.790 |
FALTA MUY GRAVE | 3.005,07 | 30.050,61 | 3.791 | 37.920 |