27/08/2012 - BOE - MEySS
Dicha prórroga del Programa, con efectos desde el día 16 de agosto, presenta una serie de mejoras con el objetivo de reforzar la protección de aquellas personas que más lo necesitan y mejorar el objetivo de recualificación de los desempleados.
Es la segunda vez que el actual Gobierno prorroga este programa, configurado como una ayuda de 400 euros (399 euros) durante un máximo de 6 meses, vinculado a un itinerario específico para incrementar la empleabilidad e insertar a desempleados que agotan otras prestaciones y subsidios sin contar con otras fuentes suficientes de ingresos.
El PREPARA tiene un doble objetivo: por un lado, paliar una situación real de necesidad y, por otro, recuperar el empleo del colectivo incluido en el mismo. El Gobierno ha decidido mantener el programa porque comparte estas finalidades y persiste la situación coyuntural que lo originó.
El Gobierno ha realizado por primera vez, desde la puesta en marcha del Programa, un informe de evaluación de sus efectos, pese a que era una condición obligatoria que a la que, hasta ahora, no se había dado cumplimiento.
Esta evaluación, centrada en aquellos beneficiarios que han concluido el Programa, ha puesto de relieve los siguientes aspectos:
•Dos terceras partes de los beneficiarios que han concluido el Programa (307.029) no consiguió ninguna colocación en el mercado laboral. Sólo el 18% obtuvo una colocación mayor a dos meses. En total, la media de ocupación durante los 180 días de duración de la prestación fue de 25,12 días por beneficiario. Menos del 1% de los beneficiarios obtuvo un contrato indefinido.
•Se realizaron una media de 3,22 acciones por beneficiario. Sólo el 7,23% de los beneficiarios atendió a actividades formativas, a pesar del escaso nivel educativo del colectivo. Sólo un 1,93% de los beneficiarios disfrutó de acciones de impulso del emprendimiento.
El limitado éxito del plan de inserción en el empleo de los beneficiarios y la falta de vinculación en algunos supuestos de los beneficiarios del programa con las situaciones de mayor necesidad exigen la introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se proteja a aquellos ciudadanos que se enfrentan a mayores necesidades.
Además debe reforzarse, en coordinación con las Comunidades Autónomas, la supervisión del Programa como medio para incrementar su eficiencia, y para extender una cultura de evaluación continua de las políticas de empleo, en la línea del acuerdo alcanzado esta semana entre el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y los agentes sociales.
Las PRINCIPALES MODIFICACIONES respecto al sistema vigente, que solo afectarán a los beneficiarios de la nueva prórroga y no a quien esté cobrando actualmente la ayuda, son las siguientes:
•Se incrementa la ayuda, del 75% al 85% del IPREM, para aquellos beneficiarios que acrediten tres o más personas a su cargo.
•Se centra el colectivo de beneficiarios en los parados de larga duración (más de 12 de los últimos 18 en desempleo) o parados con cargas familiares, manteniéndose el resto de requisitos de acceso contemplados en programas anteriores.
•Para la determinación de la condición de beneficiario, se mantiene la vinculación del requisito de reducidas rentas del solicitante a las de la unidad familiar, incluyendo ahora las rentas de los padres en caso de convivencia.
•En cumplimiento de las recomendaciones del Tribunal de Cuentas, se corrigen los solapamientos que se daban entre el Programa y algunas rentas asistenciales.
•Se exige que el solicitante acredite haber buscado activamente trabajo o haber realizado actuaciones para incrementar su empleabilidad durante el mes que transcurre desde la pérdida de otras prestaciones hasta la solicitud, con el objetivo de reforzar el seguimiento del compromiso de actividad. Esta obligación se mantiene durante todo el programa y determinará la permanencia del beneficiario en el mismo.
•En el seno de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales se propondrá que el grado de eficacia y eficiencia en la ejecución del programa se introduzca como una de las variables de reparto de los fondos destinados a políticas activas para las Comunidades Autónomas.
(Ver texto completo de la norma)