Jesús Caldera informa al Gobierno del desarrollo de la Ley de Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres
19/10/2007
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MTAS
El ministro de Trabajo y Asuntos Sociales Jesús Caldera ha informado hoy al Consejo de
Ministros del desarrollo de la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres
aprobada el 22 de marzo.
Dada la dimensión transversal de la igualdad, un principio fundamental del texto, ha habido
que establecer criterios de actuación de todos los poderes públicos en los que se integra
activamente este principio.
Los instrumentos básicos para conseguir los objetivos planteados en el ámbito de la
Administración General del Estado son:
-Un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades
-La creación de una Comisión Interministerial de Igualdad con responsabilidades de
coordinación
-Los informes de impacto de género, cuya obligatoriedad se amplía desde las normas legales a
los planes de especial relevancia económia y social
-Los informes o evaluaciones períodicas sobre la efectividad del principio de igualdad
La Ley dedica también atención a la regulación del acceso a bienes y servicios, y consigue
conjugar los principios de libertad y autonomía contractual con el fomento de la igualdad entre
mujeres y hombres.También establece medidas de promoción de la igualdad efectiva en las empresas
privadas, en materia de contratación, de subvenciones públicas o en referencia a la composición de
los consejos de administración.
En el ámbito de las relaciones laborales se reconoce el derecho a la conciliación de la vida
personal, familiar y laboral y se fomenta una mayor corresponsabilidad entre mujeres y hombres en
la familia. En el ámbito de participación política se establece el principio de presencia o
composición equilibrada con el que se trata de asegurar una representación suficientemente
significativa de ambos sexos en órganos y cargos de responsabilidad.
La Comisión Interministerial de Igualdad
Se regula a través de un Real Decreto, que aprueba hoy el Consejo de Ministros, tal y como
establece la Ley. La Comisión está adscrita al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y está
presidida por su titular y compuesta por las subsecretarías de todos los departamentos
ministeriales, como vocales, junto con un representante del Gabinete de la Vicepresidenta Primera
del Gobierno con rango de director general y un representante, del mismo rango, de la Secretaría
General de Empleo.
La puesta en marcha y funcionamiento de esta Comisión no ocasiona, en ningún caso, incremento
del gasto público y entre sus distintas funciones están:
-Responsabilizarse de coordinar la aplicación del principio de igualdad en la Administración
General del Estado
-Analizar y seguir el Plan Estratégico de Oportunidades,
-La coordinación y supervisión del Informe periódico del Gobierno
-El seguimiento del desarrollo y aplicación de los Informes de Impacto de Género
-Seguimiento de los acuerdos adoptados por la Unión Europea.
La igualdad en los contratos públicos
El artículo 33 de la Ley de Igualdad prevé que las Administraciones Públicas pueden establecer
condiciones especiales en relación con la ejecución de los contratos que se celebren, con el fin de
promover la igualdad entre mujeres y hombres.
En este sentido el Consejo de Ministros acuerda en su reunión de hoy que, tanto en la
redacción de los pliegos, como en la documentación preparatoria, así como en los contratos
propiamente dichos se establezcan cláusulas que promuevan el principio de igualdad en el ámbito del
mercado de trabajo. Además, en el plazo de un año, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
elevará al Consejo de Ministros un Libro Blanco en el que se identificarán los tipos de contratos
más adecuados para incorporar las condiciones especiales.
Medidas a favor del empleo de la mujer en el Programa Nacional de Reformas
Los datos revelan que la baja incorporación laboral de las mujeres se concentra
mayoritariamente entre las de 45 y 64 años, por ello se han establecido una serie de medidas
dirigidas a favorecer la reinserción laboral de mujeres desempleadas mayores de 45 años que dejaron
su trabajo hace más de cinco años o nunca han trabajado:
Entre ellas, se encuentra el desarrollar por parte de los Servicios Públicos de Empleo un
programa de evaluación y diagnóstico por el que pasen, antes de 12 meses, el 60% de estas mujeres y
facilitarles información y orientación detalladas (incluidas ofertas de empleo) sobre las
oportunidades de trabajo no cubiertas actualmente por el mercado laboral. También incluye un
programa a través del cual se ofrezca formación para facilitar una mayor cualificación y
reinserción laboral y mejorar así sus oportunidades de empleo.
Y contempla una serie de medidas de acompañamiento y entorno para facilitar y aumentar su
acceso al mercado de trabajo, como la creación de una página web específica de información
profesional y programas de tutoría o acompañamiento a la inserción de mujeres mayores de 45
años.
Están previstas, asimismo, campañas de promoción para la conciliación de la vida laboral y
familiar, la distribución de cargas familiares en el hogar, la extensión del uso del permiso de
paternidad y los servicios y oportunidades de empleo.
Plan de Inspección de trabajo en materia de igualdad
El objetivo principal es la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones empresariales
respecto al principio de igualdad. En el periodo de este Plan (2008-2010) es inspeccionar 10.000
empresas de más de 50 trabajadores, con especial atención a las de más de 250.
El 50% de las inspecciones serán rogadas y el otro 50% como actividad planificada. Las
materias sujetas a inspección se centrarán en Planes de Igualdad, discriminación en el acceso al
empleo, discriminación dentro de las relaciones laborales en las empresas, acoso sexual, derechos
de conciliación de la vida familiar y laboral, control de discriminaciones en los convenios
colectivos y protección en caso de maternidad, embarazo y lactancia.
La Ley de Igualdad y el empleo
En los tres años y medio transcurridos de Legislatura el desempleo se ha reducido en 527.000
personas y la disminución del paro femenino ha sido superior a la de los varones. Además, ha
crecido el número de mujeres que tenían un contrato indefinido.
En cuanto a la convergencia de España con la Unión Europea, entre 2004 y 2006, el empleo de
las mujeres en España ha aumentado muy por encima de la media europea.
Ley de Igualdad y Seguridad Social
La regulación contenida en la Ley sobre aspectos como maternidad, paternidad, excedencias y
reducción de jornada, entre otras, no ha necesitado de desarrollo reglamentario para su entrada en
vigor y en consecuencia ha sido directamente aplicable de forma inmediata.
A este respecto, a grandes rasgos, las actuaciones desarrolladas en materia de Seguridad
Social para cumplir los principios de la Ley de Igualdad estarían enmarcadas en:
Maternidad:
-Ampliación en dos semanas en los supuestos de discapacidad del hijo menor o acogido
-Garantía de disfrute completo en el caso de fallecimiento del hijo
-Mejora de las condiciones de cesión al otro progenitor
-Ampliación del descanso en caso de parto prematuro y de necesidad de hospitalización después
del parto
-Extensión de la cobertura a los supuestos de acogimiento simple y provisional
-Se han reconocido 442 subsidios de maternidad no contributiva.
-La mejora de la cobertura de los neonatos que precisan hospitalización ha originado el abono
de 2.213 subsidios.
Paternidad: Se ha creado un descanso de 15 días por paternidad del que ya se han beneficiado
119.231 personas.
Excedencia por cuidado de hijos y otros familiares: Desde la entrada en vigor de la ley
ascienden a 12.903; de ellas, 11.529 corresponden al cuidado de hijos (11.072 mujeres y 457
hombres) y el 1.374 a otros familiares (1.122 mujeres y 252 hombres).
Estado de tramitación del Plan Estratégico de Igualdad
Surge como cumplimiento del artículo 17 de la Ley de Igualdad y cuenta con cuatro grandes ejes
de actuación que desarrollan un modelo de ciudadanía, el empoderamiento de las mujeres, la
transversalidad de género y la innovación científica y tecnológica. Con 12 ejes temáticos tendrá
una vigencia de cuatro años tras su aprobación por el Consejo de Ministros.
Como cualquier Plan Estratégico, contará con un Plan de Evaluación, un modelo de indicadores,
una memoria Presupuestaria y un Anexo desglosado de Agentes responsables de este plan.