El trabajador que cotizó al desempleo en España antes de emigrar a Austria y no utilizó tales cotizaciones para el reconocimiento de un derecho a prestaciones, podrá acceder directamente a la prestación por desempleo si retorna a España por extinguírsele la relación laboral en Austria, siempre que no obtenga prestación por desempleo en dicho país y acredite cotización suficiente antes de salir de España.
El trabajador deberá acreditar su condición de emigrante retornado, lo que se hará constar mediante un certificado expedido por las Áreas o Dependencias de Trabajo de las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno de la provincia a donde retorne en España o el formulario U1 que emite el AMS (Arbeitsmarktservice), que es el Servicio Público de Empleo de Austria.
Se recomienda que se solicite este formulario antes de retornar (apartado 5. “Solicitud de formulario U1 en Austria”) y una vez en España, para que no se vea reducida la duración de la prestación, deberá inscribirse como demandante de empleo y solicitar la prestación, en la oficina de empleo que le corresponda por su domicilio, en los quince días hábiles siguientes a la fecha del retorno de Austria.
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El desempleado que estuviera cobrando prestación o subsidio por desempleo en España y traslade su residencia o se desplace al extranjero por un período inferior a un año para ocupar un empleo, puede solicitar a la Oficina de Empleo la suspensión del abono de la prestación o subsidio y reanudar el cobro de esta cuando retorne a España.
Para demostrar los periodos de cotización y trabajo en Austria, puede presentarse el formulario U1 facilitado por la AMS (Arbeitsmarktservice) de Austria, en la oficina de empleo que le corresponda por su domicilio en España.
Aunque no es obligatorio, es conveniente que se solicite antes de regresar a España (apartado 5. “Solicitud de formulario U1 en Austria”).
Más información:
En el supuesto de que un trabajador desempleado solicite prestaciones por desempleo en España tras el retorno, la Oficina de Empleo tendrá en cuenta, en la medida necesaria, los períodos de seguro, de empleo o de actividad por cuenta propia cubiertos bajo la legislación de cualquier otro Estado de la UE, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, como si se hubiesen cubierto bajo la legislación española, siempre y cuando el interesado haya cumplido en último lugar en España períodos de seguro y reúna el resto de los requisitos exigidos por la legislación española para acceder a la prestación. Por tanto, para acceder a prestación por desempleo sumando cotizaciones austriacas, la persona debe cumplir el periodo de cotización exigido, trabajar en España en último lugar, tras el retorno, y acreditar situación legal de desempleo tal y como exige la legislación española.
La duración de la prestación por desempleo dependerá de las cotizaciones efectuadas en España y en Austria en los últimos seis años. Se reducirá la que se le apruebe en España en tantos días como haya cobrado dicha prestación en Austria, Suiza o en otro país del ámbito comunitario durante el periodo de ocupación cotizada.
La información sobre los períodos cotizados será intercambiada principalmente por vía electrónica entre las instituciones y no hay obligación de que los trabajadores migrantes entreguen el Formulario U1, sino que la institución que tramita la solicitud de prestaciones por desempleo (el SEPE en España) deberá solicitar la información necesaria a través del intercambio electrónico de datos (EESSI) con la institución competente del país donde efectuó sus cotizaciones (Austria). No obstante, quienes lo deseen, pueden solicitar en Austria el formulario U1 antes de retornar. Los trámites para la obtención del citado formulario se describen en el punto 5 (Solicitud del formulario U1 en Austria)
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Las personas en situación de desempleo total que durante su última actividad en Austria residieran en España y sigan residiendo legalmente en España podrán ponerse a disposición de los servicios públicos de empleo españoles y registrarse como demandantes de empleo. Disfrutarán de las prestaciones por desempleo con arreglo a la legislación española como si hubiesen ocupado allí su último empleo.
Para determinar si una persona que trabajaba en Austria tiene su residencia en España se tendrá en consideración donde se encuentra el centro de interés de la persona a partir de una evaluación global que podrá tener en cuenta la duración y continuidad de la presencia en España y en Austria, la naturaleza de la actividad realizada, la duración del contrato de trabajo, la estabilidad de la actividad, su situación familiar, el alojamiento, el Estado en el que se considere que la persona tiene el domicilio fiscal, etc.
Cuando corresponda otorgar prestaciones a España por mantener la residencia en dicho país, el solicitante podrá presentar el formulario U1 en el que consta la causa de situación legal de desempleo involuntaria o, si en ese documento no queda clara, se exigirá documentación acreditativa de la situación legal de desempleo, facilitada por la empresa o, en su caso, por la autoridad laboral o judicial correspondiente del Estado a cuya legislación haya estado sujeto en último lugar en la que se justifique la causa de la finalización involuntaria de la actividad.
La situación de desempleo deberá haberse producido en un trabajo por cuenta ajena y se exigirá al trabajador cumplir el resto de los requisitos exigidos por la legislación española. Por tanto, en este supuesto, siempre que el trabajador tenga la condición de trabajador residente en España, no precisa trabajar en España a su regreso para beneficiarse de las prestaciones por desempleo.
El formulario U1 sirve para acreditar las cotizaciones efectuadas al desempleo en el país que lo emite y, en su caso, el cobro de prestaciones. Para obtener dicho formulario en Austria deberá dirigirse a la oficina responsable del Servicio Público de Empleo (Arbeitsmarktservice o AMS) en la región donde reside o directamente a través de la página web de la AMS en Austria, cumplimentando el formulario de solicitud.
Es importante que espere hasta el final de su relación laboral antes de realizar la solicitud para que así aparezca reflejado todo el periodo en el formulario U1.
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La persona desempleada en Austria, beneficiaria de prestación por desempleo, podrá desplazarse a España para buscar trabajo conservando el derecho a las prestaciones que estuviera cobrando en Austria (exportación de prestaciones).
El pago de las prestaciones por desempleo estará limitado a tres meses y siempre que cumpla con los siguientes REQUISITOS:
Deberá presentar una solicitud de exportación de prestaciones antes de su salida a la Oficina Regional de la AMS, que preparará el formulario U2, si se cumplen las condiciones para su concesión.
Este trámite no se puede realizar electrónicamente, si no que deberá dirigirse a la Oficina Regional de la AMS que le corresponda por su domicilio en Austria.
El desempleado debe registrarse como demandante de empleo en la Oficina de Empleo que corresponda a su domicilio en España en el plazo de siete días a partir de la fecha en que dejó de estar registrado en los servicios de empleo de Austria y presentar el formulario U2 al inscribirse.
A TENER EN CUENTA: El desempleado tiene que someterse a los controles que ordene la Oficina de Empleo derivadas de la aplicación de legislación española.
IMPORTANTE: Podrá percibir prestación por desempleo austriaca en España durante un plazo máximo de tres meses. Durante este tiempo la prestación por desempleo sigue abonándola el servicio de empleo austriaco (AMS) y el desempleado debe permanecer afiliado al seguro de salud austriaco.
Si el desempleado regresa a Austria en la fecha de expiración del periodo de tres meses o antes seguirá teniendo derecho a las prestaciones que aún le correspondiera percibir en Austria. Si no regresara, perderá el derecho a prestaciones austriacas.
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