8º) ¿ Es necesario tener el acuerdo de cooperación
transnacional firmado y operativo desde el momento inicial de la
constitución de la AD ?
No. La resolución aprobatoria de un proyecto EQUAL contiene dos cláusulas
resolutorias. La primera de ellas establece un plazo de 4 meses
desde la fecha de la resolución para formalizar el Acuerdo de
Constitución de la Agrupación de Desarrollo (ACAD) y, la segunda,
fija un plazo de 7 meses, desde esa misma fecha, para formalizar el
Acuerdo de Cooperación Transnacional (ACT). Una vez firmado el ACT,
este debe ser validado por las Autoridades de Gestión de los
Estados miembro de los distintos socios firmantes.
El programa transnacional descrito en la memoria debe ser coherente en
sus objetivos y acciones con las líneas de actuación descritas
para el proyecto nacional.
A efectos de facilitar la búsqueda de socios, la Comisión Europea ha puesto en funcionamiento una base de datos llamada ETCIM
en la dirección
http://europa.eu.int/comm/equal.
Asimismo, puede consultarse esta página web para conocer las
experiencias desarrolladas en la primera convocatoria de proyectos
EQUAL.
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