9º) ¿ Puede formalizarse un acuerdo de cooperación
transnacional con socios que trabajen en distintas áreas temáticas ?
La Comisión Europea, en su Comunicación por la que se establecen las
orientaciones relativas a la Iniciativa Comunitaria EQUAL, establece
que la AD deberá identificar como mínimo a un socio de otro Estado
miembro, y que trabaje preferiblemente en el mismo eje
y área temática
Por ello se acepta la posibilidad de que el socio trabaje en otra área
de intervención, siempre que el programa de trabajo transnacional
demuestre un valor añadido y resulte coherente y complementario con
el proyecto de la AD del socio español.
|