26/09/2006 - ITSS
El Comité de Altos Responsables de la Inspección de Trabajo (SLIC) de la Unión Europea ha venido trabajando durante todo el año 2006, a través de un grupo de trabajo constituido al efecto, en el diseño y puesta en marcha de una campaña europea de inspección, destinada a supervisar la aplicación de las directivas relativas al peligro de la exposición al amianto, así como en la elaboración de unas directrices útiles sobre buenas prácticas para las actividades en las que persistiese el riesgo de exposición al mismo.
Así, se ha determinado que a lo largo del segundo semestre de 2006 se pondrá en práctica una Campaña de Inspección bajo el lema “El amianto es mortal. Prevenga la exposición”, que se desarrollará de forma simultánea en todos los Estados miembros de la Unión Europea en los que se realizan trabajos de mantenimiento, demolición, retirada o eliminación de materiales que contienen amianto, con el fin de proteger la salud de los trabajadores. El objetivo de la campaña es apoyar la aplicación de la Directiva 2003/18/CE.
La campaña de inspecciones irá simultáneamente reforzada por una campaña de información y formación. Con dicho objetivo, se ha elaborado una “Guía de buenas prácticas de la UE” que establece orientaciones sobre métodos adecuados para trabajar con amianto. La guía se pondrá a disposición de empresarios, trabajadores e inspectores de trabajo en los distintos países europeos.
La elección del objetivo de esta campaña viene motivada por el hecho de que, en los países industrializados de Europa Occidental, Norteamérica y Japón, se estima que cada año se producen 20.000 muertes por cáncer de pulmón y 10.000 casos de mesotelioma, lo cual indica que, sin lugar a dudas, la exposición al amianto sigue originando un grave problema de salud laboral que debe ocupar un lugar destacado en la lista de cuestiones pendientes y al que se debe atribuir la máxima prioridad en las actividades de prevención. A la hora de tomar medidas para garantizar la salud de los trabajadores, el amianto sigue suscitando una gran preocupación.
La Directiva 1999/77/CE de la Unión Europea (transpuesta al ordenamiento jurídico interno por Orden Ministerial de 7 de diciembre de 2001) prohíbe el uso de amianto desde el 14 de junio de 2002. Por otro lado, la Directiva 2003/18/CE, que modifica la anterior Directiva 83/477/CE, y que ha sido transpuesta por Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, prohíbe la extracción de amianto y la fabricación y la transformación de productos de amianto. La exposición a fibras de amianto está, por tanto, prohibida en estas industrias primarias. Sin embargo, el problema sigue estando presente en las actividades de retirada de amianto; en los trabajos de demolición y desmantelamiento de instalaciones o equipos que contengan amianto y en las actividades de reparación y mantenimiento.