Si estás cobrando la prestación contributiva por desempleo, el subsidio por desempleo o la renta activa de inserción (RAI) y te trasladas al extranjero, las condiciones de la prestación variarán según el motivo y la duración de tu traslado. En función de estas circunstancias cabe la posibilidad de exportación, suspensión o extinción de estos derechos.

No olvides informarte sobre la obligación de comunicar el SEPE tu traslado al extranjero.

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