Además de tus documentos de identificación personal (pasaporte, DNI) es conveniente que viajes con:
Estas y otras recomendaciones puedes consultarlas en: web del Ministerio de Inclusión.
Además de acudir a la Sección Consular de la Embajada de España en Estocolmo para inscribirte en el Registro de Matrícula Consular, que no es obligatorio, pero sí recomendable, habrás de comunicar a las autoridades suecas tu presencia. Sólo es obligatorio inscribirte si planeas estar al menos un año en el país y se formaliza en el Registro de Población sueco. Para ello, has de personarte en una oficina de la Agencia Tributaria sueca.
No obstante, cualquier trabajador desplazado de una empresa española tiene que darse de alta en Arbetsmiljöverket (la Oficina sueca de Entorno Laboral) si realiza un trabajo en Suecia superior a 5 días. Si no se da de alta se arriesga a una multa.
Más información en la la Oficina sueca de Entorno Laboral.
Si has llegado a Suecia para buscar trabajo, pero aún no lo tienes, no te registres. En este caso sólo puedes permanecer en Suecia seis meses. Una vez encuentres trabajo, o si alegas tener medios suficientes para sobrevivir sin recibir prestaciones sociales suecas, sí puedes registrarte. Una vez registrado se te asignará un número de identificación personal.
Una vez estés registrado en Suecia puedes solicitar un carnet de identidad sueco (ID card) a la Skatteverket. Además de hacer las funciones de documento de identidad, sirve como certificado electrónico para realizar diferentes trámites ante de la administración sueca como, por ejemplo, presentar la declaración de la renta.
Más información sobre el carnet de identidad sueco (ID Card).
Además de acudir a la Sección Consular de la Embajada en Estocolmo para inscribirte en el Registro de Matrícula Consular, que es un trámite obligatorio, habrás de comunicar a las autoridades suecas tu presencia, si bien solo es obligatorio inscribirse en el Registro de Población sueco si planeas estar al menos un año en el país.
Para ello, has de personarte en una oficina de la Agencia Tributaria sueca (Skatteverket).
No obstante, cualquier trabajador desplazado de una empresa española tiene que darse de alta en Arbetsmiljöverket (la Oficina sueca de Entorno Laboral) si realiza un trabajo en Suecia superior a 5 días. Si no se da de alta se arriesga a una multa.
Información sobre trabajo en Suecia.
Si has llegado a Suecia para buscar trabajo, pero aún no lo tienes, no te registres. En este caso sólo puedes permanecer en Suecia seis meses. Una vez encuentres trabajo, o si alegas tener medios suficientes para sobrevivir sin recibir prestaciones sociales suecas, sí puedes registrarte. Una vez registrado se te asignará un número de identificación personal.
Una vez estés registrado en Suecia puedes solicitar un carnet de identidad sueco (ID card) a la Skatteverket.
Además de hacer las funciones de documento de identidad, sirve como certificado electrónico para realizar diferentes trámites ante la administración sueca como, por ejemplo, presentar la declaración de la renta.
Se llama Skatteverket.
Si ya estás trabajando en tu nuevo país, o residiendo oficialmente (más de 90 días) ya no estás cubierto por la Seguridad Social española, sino por la de tu nuevo país de trabajo y/o residencia. Por tanto, deberás dirigirte a los servicios médicos de ese país para que te traten, presentando para ello la tarjeta sanitaria que te proporcionarán estos.
En caso de que aún no tengas derecho a los servicios médicos en tu nuevo país, porque no tengas aún un trabajo, ni hayas estado residiendo allí por 90 días, también puedes acudir a los servicios médicos del país en caso de urgencia, pero en ese caso deberás presentar la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) española. Puedes pedirla en la Sede Electrónica.
Una vez que ya estés completamente instalado en tu nuevo país de trabajo y/o residencia, y ya tengas la tarjeta sanitaria de dicho país, no podrás volver a utilizar la española. Cuando estés en España de vacaciones podrás ir al médico si lo necesitas, presentando en este caso la TSE del país donde residas (la TSE sueca).
La TSE es el documento personal e intransferible que acredita el derecho a recibir asistencia sanitaria necesaria en cualquier Estado miembro de la UE (también en Noruega) en las mismas condiciones y al mismo precio (consultar copagos en Suecia) que los nacionales de dicho país.
La emite gratuitamente la Seguridad Social española, y puede solicitarse online en la web de la Seguridad Social.
Recuerda que si trabajas y/o resides en otro Estado miembro de la Unión Europea, es este último quien debe emitirte la TSE, que podrás usar cuando te desplaces a otros países europeos, incluyendo España.
En esos casos puedes solicitar un Certificado Provisional Sustitutorio (CPS). Tiene la misma función que la TSE, pero un periodo de validez normalmente inferior a la TSE, pues como máximo durará 90 días. Se puede imprimir en el propio domicilio. El CPS es válido en todos los países de la UE y en otros con los que la UE tiene acuerdo, como Noruega, por lo que es obligatorio que acepten el mismo como documento probatorio de nuestro derecho a la atención sanitaria, que no nos podrán negar.
El CPS lo emite gratuitamente la Seguridad Social y puede solicitarse online (con certificado digital o similar) en la web de la Seguridad Social
Los Servicios Públicos de Salud de los Estados miembros de la UE (incluyendo a Noruega) tienen la obligación de atenderte. De ninguna manera pueden denegarte asistencia sanitaria.
No obstante, puede suceder que el médico o establecimiento sanitario te pidan que pagues los gastos generados, o parte de los mismos. En ese caso, deberás abonar dichos gastos y después solicitar a la Seguridad Social española su reembolso, si estás aún cubierto por esta.
Si se reside en uno de los países que paga la pensión, será ese país el que preste la asistencia sanitaria, y lo hará en las mismas condiciones que ofrece a sus propios nacionales.
Sí. Según la normativa de la Unión Europea sobre la Libre Circulación de Personas, los ciudadanos españoles tienen derecho a desplazarse a cualquiera de estos países (incluido Noruega, aunque no pertenezca a la misma) durante un período de 3-6 meses con objeto de buscar un empleo.
No obstante, debe tenerse en consideración que muchas ofertas de empleo se publican en Internet por lo que se puede tener conocimiento de las mismas sin necesidad de desplazarse a tal efecto.
Habrá de tener especial cuidado, no obstante, ante anuncios de vacantes en las que se pide que el candidato adelante un dinero, llame a un teléfono de tarificación especial, entre otros requisitos. Más información sobre cómo detectar ofertas de empleo fraudulentas:
Los ciudadanos de la Unión Europea también pueden fijar su residencia en cualquiera de estos países sin ejercer una actividad económica. En este caso, habrá que realizar una serie de trámites administrativos, distintos según el país que se trate, para que sus autoridades estén al tanto de la presencia de estos ciudadanos comunitarios.
Generalmente se requerirá, además, que se certifique la suficiencia de medios económicos, de tal manera que la presencia de estos ciudadanos no suponga una carga para dicho Estado.
Si trabajas en otro país de la UE, tú y tu familia tenéis automáticamente derecho a vivir allí. Cualquier requisito aplicable dependerá de si tienes contrato de trabajo o eres autónomo.
Si estás cobrando prestación/subsidio por desempleo en España y tienes intención de desplazarte a otro país de la Unión Europea existen dos posibilidades:
A. Exportar la prestación/subsidio
Los Reglamentos de la Unión Europea prevén que puedas solicitar la exportación de tu prestación cuando sales del país con el objeto de buscar trabajo en otro Estado miembro de la Unión Europea, con ciertas condiciones:
B. Suspender tu prestación hasta tu regreso a España
Como alternativa a la exportación, o si tu motivo de salida de España no es el buscar un puesto de trabajo, puedes solicitar la suspensión de tu prestación española por desempleo, hasta tu regreso a España.
Los motivos por los que se puede interrumpir el abono de la prestación/subsidio son:
En todo caso, debes tener en cuenta que si permaneces en el extranjero menos de un año y al volver a España te encuentras sin trabajo, puedes solicitar la reanudación del abono de la prestación/subsidio que se interrumpió al marcharte al extranjero. Si tu estancia en el extranjero supera un año y al volver a España te encuentras sin trabajo, NO tienes derecho a volver a percibir la prestación/subsidio que se interrumpió.
Puedes obtener información y ayuda sobre este tema en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
En el caso de titulaciones universitarias, dentro de la Unión Europea las titulaciones obtenidas en un Estado miembro pueden ser aceptadas en otro Estado miembro a efectos de ejercer una actividad profesional.
Normalmente, corresponde al Colegio Profesional del Estado de destino determinar si se cumplen los requisitos de titulación y práctica profesional que permitan ejercer la profesión y que, en todo caso, deben corresponderse con las condiciones que se exijan a los nacionales del Estado miembro.
El reconocimiento sirve únicamente a efectos profesionales (para trabajar) y no académicos (para estudiar).
Ministerio de Educación y Formación Profesional
Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones
Dirección:
Paseo del Prado 28, 28014 Madrid
Teléfono: 00 34 91 506 55 93
Puedes utilizar el modelo EUROPASS de la Unión Europea. Europass es un sistema que ayuda al ciudadano a:
Esa información la puedes obtener a través de la Red EURES. EURES es un servicio de empleo dependiente de las instituciones de la Unión Europea y que en cada Estado miembro funciona en coordinación con los servicios de empleo locales.
El objetivo de EURES es poner a disposición de los ciudadanos de los distintos Estados miembros las ofertas de trabajo que puedan existir en el conjunto de la Unión.
Los servicios de EURES se prestan por medio de los consejeros EURES, cuya misión consiste en dar una información precisa tanto sobre la existencia de vacantes como sobre las condiciones de trabajo en cada uno de los Estados miembros. Para cumplir este objetivo, el servicio EURES cuenta con dos bases de datos que funcionan en el ámbito del conjunto de la Unión Europea.
En una de ellas se registran las vacantes que se ofrecen en cada uno de los Estados y en la otra se ofrecen datos actualizados sobre las condiciones de vida, legislación laboral o cualquier otro tipo de información que la Red EURES considere que puede ser de interés para el demandante de empleo.
Se llama Skatteverket.
Existe y su objetivo es que una persona no pague impuestos en ambos países por un mismo ingreso. Se puede consultar aquí: Agencia Tributaria Española.
En Suecia existe un organismo público denominado Arbetsmiljöverket, u oficina del Entorno Laboral, que se encarga precisamente de informar, asesorar y atender a los trabajadores desplazados a Suecia, manteniéndoles informados de sus derechos en Suecia. Puedes leer toda la información que ofrecen aquí: Arbetsmiljöverket.
En Suecia existe una prestación por desempleo "básica", abonada por el Estado, y otra prestación denominada "voluntaria", que como su nombre indica, es optativa. Para poder cobrar la prestación "básica" hay que estar desempleado e inscrito como demandante de empleo, y se percibirán en torno a 365 coronas suecas al día (de lunes a viernes) durante un máximo de 300 días, ampliables a 450 si se tienen hijos menores de edad a cargo. La cantidad de 365 coronas será proporcionalmente reducida si se trabajaba menos de 40 horas semanales.
Para poder cobrar la prestación por desempleo "voluntaria" hay que haber cotizado a una Caja de Seguro de Desempleo o A-Kassan durante, al menos, un año. Estas Cajas son gestionadas por los distintos sindicatos del país. Al ser optativo, su contratación es responsabilidad del trabajador, no del empresario. En IAF (Swedish Unemployment Insurance Board) se puede obtener un listado de las cajas de seguro de desempleo. La prestación por desempleo "voluntaria" equivale al 80 % del salario que el trabajador venía percibiendo, con un límite máximo de 910 coronas al día los cien primeros días y 760 coronas a partir de entonces. Se puede percibir durante 300 días también, aunque los últimos 100 días la cuantía desciende al 70 % del último salario. Al igual que ocurre con la prestación "básica", se cobrará únicamente de lunes a viernes, y el periodo se ampliará 150 días más si se tienen hijos menores de edad a cargo.
En caso de no haber cotizado a una Caja de Seguro por Desempleo, el documento U1, que certificará todos los periodos trabajados en los últimos 5 años, deberá solicitarse en: Arbetslöshetskassan Alfa/Alfa-Kassan (827 82 Ljusdal, iaf@iaf.se).
En caso de no haber cotizado a una Caja de Seguro por Desempleo, el documento U1, que certificará todos los periodos trabajados en los últimos 5 años, deberá solicitarse en: Arbetslöshetskassan Alfa/Alfa-Kassan (827 82 Ljusdal, iaf@iaf.se).
En la web de los servicios públicos de empleo suecos se publican también este tipo de vacantes: arbetsformedlingen.se
Como ciudadano de la UE que trabaja en otro país de la Unión Europea, tú y tu familia tenéis derecho a recibir el mismo trato que los ciudadanos de ese país. Eso significa que tienes derecho a las mismas prestaciones que los trabajadores originarios de ese país desde el momento en que empieces a trabajar.
Por lo tanto, tienes derecho a las prestaciones concedidas a los ciudadanos del país por trabajar allí (como empleados o autónomos). Puede tratarse de ventajas que no estén directamente relacionadas con el empleo (descuentos en los billetes de tren, pensiones complementarias, becas de estudios o prestaciones por desempleo para tus hijos cuando buscan su primer trabajo).
También puedes tener derecho a prestaciones no económicas (por ejemplo, el derecho a contar con un intérprete en un procedimiento judicial).
Si vives en el país, tendrás también derecho a recibir las prestaciones concedidas a los trabajadores y sus familias por residir en el país.
Puedes ir a trabajar a otro país de la UE durante un corto periodo de tiempo (hasta dos años) y seguir cubierto por la seguridad social de tu país: eres entonces lo que se denomina un trabajador desplazado.
Puedes ir como trabajador por cuenta ajena, enviado por la empresa, o como trabajador autónomo.
Las normas sobre desplazamientos están pensadas para facilitar el trabajo en otro país durante un periodo limitado de tiempo:
Cada país de la UE tiene su propia legislación, que determina:
En cualquier caso, si pierdes tu empleo y decides quedarte en el país de la UE donde trabajabas, es allí donde debes solicitar prestaciones de desempleo. Inscríbete como demandante de empleo en su servicio nacional de empleo. Recibirás el mismo trato que los ciudadanos del país.
Presta mucha atención a:
Si tienes que acreditar periodos anteriores de empleo y cobertura de seguridad social en otro país, puede que debas solicitar el formulario U1 en el país donde trabajaste antes. Aunque no presentes el formulario U1, la administración que tramite tu solicitud podrá obtener los datos directamente del otro país. Pero el formulario puede acelerar las cosas.
Si te quedas sin empleo y decides volver a España, dirígete al SEPE y pregunta si todavía tienes derecho a prestaciones después de haber vivido en el extranjero. Puedes ver los requisitos aquí en la web del SEPE.
En caso afirmativo, tendrás que:
Aunque no presentes el formulario U1, el SEPE podrá obtener los datos directamente del otro país. Pero el formulario puede acelerar las cosas.
Si no tienes derecho a prestaciones en España tras tu regreso, puedes solicitar una autorización para transferir las prestaciones de desempleo desde el país donde te quedaste en paro:
Las prestaciones suelen transferirse por un plazo de tres meses ampliable a un máximo de seis.
Si has trabajado en varios países de la UE, puedes haber acumulado derechos de pensión en cada uno. Deberás dirigirte a la administración de pensiones del país donde vives o del último donde hayas trabajado. Si es España, deberás dirigirte al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Si no has trabajado nunca en el país donde vives, tu país de destino remitirá la solicitud al último donde hayas trabajado.
Ese país pasa a ser responsable de tramitar tu solicitud y de confeccionar el historial completo de sus cotizaciones a pensión en los países donde hayas trabajado.
En algunos países, la administración de pensiones deberá enviarte el formulario de solicitud de pensión antes de que llegues a la edad de jubilación del país en cuestión. Si no lo hace, ponte en contacto con tu administración de pensiones para ver si te la enviará automáticamente.
Conviene que te informes sobre tu pensión al menos 6 meses antes de jubilarte: los trámites para recibir pensión de varios países pueden ser largos.
No es obligatorio. De hecho, no todos los países emiten un documento con este nombre o con su contenido.
El Informe de Vida Laboral es un documento que contiene información sobre todos los periodos cotizados por el trabajador a la Seguridad Social española. Como tal, es un documento con información útil a la hora de solicitar una pensión de jubilación en otro Estado miembro de la Unión Europea, pues puede agilizar los trámites. La administración de pensiones de ese país podrá obtener esa información por sus propios medios, pero podría demorarse.
Las administraciones de pensiones de cada Estado miembro se ponen en contacto para compartir dicha información. Para facilitarles la labor hay que aportar el número de la Seguridad Social o equivalente que hemos tenido en cada país, pues sólo a través de este dato se puede obtener toda la información necesaria.
En primer lugar hay que distinguir entre las pensiones públicas y las ocupacionales:
Antes de marcharte es conveniente que realices las siguientes gestiones:
Si has generado derecho a una prestación por desempleo en dicho país, te corresponderá cobrar esa prestación. Esto es incompatible con el cobro de otra prestación por desempleo procedente del SEPE.
En cualquier caso, las cotizaciones a desempleo realizadas en los países de la UE y Noruega se pueden sumar a las efectuadas en España a efectos del acceso a la prestación por desempleo de nivel contributivo, siempre que el trabajador se emplee nuevamente en España tras su retorno y pierda su trabajo por una causa que genere una nueva situación legal de desempleo. El cómputo del tiempo trabajado en este caso, se realiza sumando los periodos cotizados dentro de los seis años anteriores a la finalización del último trabajo en España.
Si no estás cobrando la prestación por desempleo de otro país europeo y cotizaste a la Seguridad Social española antes de marcharte, consulta al SEPE si todavía tienes derecho a cobrar la prestación tras vivir en el extranjero.
Cuando un emigrante retorne a España procedente de uno de estos países siendo titular de una pensión a cargo de dicho país que le dé derecho a las prestaciones sanitarias, tendrá cubiertas, tanto él como sus posibles beneficiarios, las citadas prestaciones una vez que fije su residencia en España.
Para ello, deberá acudir a la oficina del INSS correspondiente a su lugar de residencia, presentando el Formulario S1 que le será proporcionado por la institución competente extranjera a efectos del Seguro de enfermedad. Una vez efectuados los trámites oportunos, la oficina del INSS le facilitará el documento de asistencia previsto para los pensionistas de la Seguridad Social española.
La Oficina Española de Retorno, perteneciente al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social da respuesta a los diversos aspectos relacionados con el hecho de retorno, coordinándose para ello con las otras instancias de ámbito autonómico o local. Para ello, elabora una Guía del Retorno.
Sí que existe y su objetivo es que una persona no pague impuestos en ambos países por un mismo ingreso. Se puede consultar en la Agencia Tributaria.
En Suecia existe un organismo público denominado Arbetsmiljöverket, u oficina del Entorno Laboral, que se encarga precisamente de informar, asesorar y atender a los trabajadores desplazados a Suecia, manteniéndoles informados de sus derechos en Suecia.
En Suecia existe una prestación por desempleo "básica", abonada por el Estado, y otra prestación denominada "voluntaria", que como su nombre indica, es optativa.
Para poder cobrar la prestación "básica" hay que estar desempleado e inscrito como demandante de empleo, y se percibirán en torno a 365 coronas suecas al día (de lunes a viernes) durante un máximo de 300 días, ampliables a 450 si se tienen hijos menores de edad a cargo. La cantidad de 365 coronas será proporcionalmente reducida si se trabajaba menos de 40 horas semanales.
Para poder cobrar la prestación por desempleo "voluntaria" hay que haber cotizado a una Caja de Seguro de Desempleo o A-Kassan durante, al menos, un año. Estas Cajas son gestionadas por los distintos sindicatos del país.
Al ser optativo, su contratación es responsabilidad del trabajador, no del empresario. En IAF (Swedish Unemployment Insurance Board) se puede obtener un listado de las cajas de seguro de desempleo.
La prestación por desempleo "voluntaria" equivale al 80% del salario que el trabajador venía percibiendo, con un límite máximo de 910 coronas al día los cien primeros días y 760 coronas a partir de entonces. Se puede percibir durante 300 días también, aunque los últimos 100 días la cuantía desciende al 70% del último salario.
Al igual que ocurre con la prestación "básica", se cobrará únicamente de lunes a viernes, y el periodo se ampliará 150 días más si se tienen hijos menores de edad a cargo.
Existe un documento, denominado PD U1, que sirve para certificar todos los periodos trabajados y cotizados en los últimos cinco años. Es muy útil, por ejemplo, para pedir una prestación por desempleo en otro Estado miembro de la Unión Europea y en Noruega.
En Suecia el U1 es elaborado por Arbetslöshetskassan Alfa/Alfa-Kassan (Alfa-kassan. FE 69. 930 88 Arjeplog) y por las distintas Cajas de Seguro por Desempleo (A-Kassan).
En caso de no haber cotizado a una Caja de Seguro por Desempleo, el documento U1, que certificará todos los periodos trabajados en los últimos 5 años, deberá solicitarse en: Arbetslöshetskassan Alfa/Alfa-Kassan (Alfa-kassan. FE 69. 930 88 Arjeplog).
En la web de los servicios públicos de empleo suecos (Arbetsförmedlingen) se publican también este tipo de vacantes.
La pensión debes solicitarla en tu país de residencia o en el país en que tuviste tu último empleo. Si resides en Suecia debes solicitarla en Pensionsmyndigheten.
Se deberá solicitar el modelo P1 de la Unión Europea (antiguo modelo E-205) en Pensionsmyndigheten.
En la:
De acuerdo con la Resolución de 4 de marzo de 2014, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, la Consejería de Empleo y Seguridad Social podrá acreditar la vivencia de los perceptores de pensiones de la Seguridad Social española, en su modalidad contributiva, residentes en el extranjero. Para ello deberá personarse en la Consejería:
En primer lugar hay que distinguir entre las pensiones públicas y las ocupacionales:
Pensionsmyndigheten (Autoridad de pensiones).