Si deseas emprender en Polonia, desde cero o ya tienes una empresa en España, lo más recomendable es que te dirijas a la Oficina Económica y Comercial de España en Polonia, cuya misión es promover la internacionalización de las empresas españolas y la promoción de la inversión extranjera: ICEX Polonia. Allí podrán asesorarte sobre:

  • Costes de establecimiento
  • Guía de organismos de apoyo a la inversión
  • Directorio de empresas españolas en Polonia
  • Guía de negocios en Polonia

También puedes obtener información y asesoramiento en la Cámara de Comercio Hispano-Polaca.

Principales tipos de negocios:

  • Propietario único (Jednoosobowa działalność Gospodarcza– Trabajador autónomo/por cuenta propia
    • Tiene una estructura simple y está gestionada por un solo individuo. No requiere capital inicial y propietario y empresa son legalmente la misma persona. Todas las ganancias y pérdidas del negocio van a cargo del propietario, que está obligado al pago de impuestos. Esta es la forma equivalente al trabajo autónomo. Más información...
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada (Spółka z ograniczoną odpowiedzialnością)
    • Se requiere un capital mínimo de 5.000 PLN y los accionistas solo son responsables dentro de los límites del capital social, no de todas las obligaciones y deudas de la empresa. La pueden crear una o más personas, físicas o jurídicas, o unidades organizativas. La empresa está obligada a ejecutar la contabilidad completa y pagar el impuesto de sociedades.
  • Sociedad anónima (Spólka akcyjna)
    • Se requiere un capital social mínimo de 100.000 PLN, que se puede obtener a través de las acciones de los socios. Los accionistas no se responsabilizan de las obligaciones de la compañía, la empresa es responsable por la totalidad de su propiedad, sin limitaciones.
  • Sociedad Civil (Spólka cywilna)
    • Diseñada para pequeñas empresas. Se requiere al menos dos socios, que declaran objetivos empresariales comunes y comparten la contribución material. Cada socio es responsable de las deudas y obligaciones de la asociación, sin ningún tipo de restricciones. No tiene personalidad jurídica.
  • Sociedad Registrada (Spólka jawna)
    • Similar a la Asociación Civil, pero para empresas más grandes, los socios pueden ser personas físicas o unidades organizativas registradas con actividad empresarial, y son responsables de las deudas y obligaciones de la asociación. Cuenta con capacidad jurídica. Debe registrarse en el Registro mercantil.
  • Sociedad Limitada (Spólka komandytowa)
    • La Asociación Limitada es similar las estructuras presentadas anteriormente (por lo menos dos socios, con capacidad legal y posibilidad de adquirir derechos), pero la jerarquía es diferente. Al menos uno de los socios es enteramente responsable de las deudas y obligaciones, y al menos uno tiene responsabilidad limitada. Los socios tienen que tributar por separado.
  • Sociedad comanditaria por acciones (Spólka komandytowo - akcyjna)
    • Similar a la Sociedad de Responsabilidad Limitada pero a mayor escala, con un capital social mínimo de 50.000 PLN.
  • Sociedad Profesional (Spólka partnerska)
    • Entre socios que comparten la misma profesión y están cualificados para ejercerla. Tiene la misma capacidad jurídica que la asociación registrada. Cada socio tiene que pagar impuestos por separado y se hace responsable de las obligaciones de la sociedad.

IMPORTANTE:

Para poder comenzar la actividad económica hay que inscribirse en la Oficina Central de Registro e Información sobre Actividades Económicas (CEIDG).

Más información: