El pensionista de la Seguridad Social española y sus familiares a cargo, residentes en Suiza que no reciba pensión suiza, podrá tener derecho a la asistencia sanitaria en Suiza a cargo de la Seguridad Social española (o de otro país de la Unión Europea si fuera beneficiario de más de una pensión) y no necesitará afiliarse al Seguro de enfermedad suizo. Si España fuera el país competente, deberá solicitar el formulario S 1 en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) para que España siga asumiendo los gastos derivados de la asistencia sanitaria en Suiza.
El formulario S1 tiene que remitirse al organismo de enlace suizo (Gemeinsame Einrichtung KVG/Institution commune LAMal) para registrar a su titular y comprobar el derecho a la asistencia sanitaria. Concluido el registro, el pensionista recibirá una tarjeta sanitaria, que utilizará en sus relaciones con los servicios sanitarios suizos.
Estos pensionistas tendrán derecho a las prestaciones incluidas en el Seguro de enfermedad obligatorio y estarán también sujeto al régimen de copago, que consiste en el pago de una franquicia anual de 300 CHF por adulto y el abono del 10% de los gastos generados en concepto de tratamiento médico y medicamentos hasta un máximo de 700CHF por año para un adulto.
Los médicos, centros sanitarios o farmacias facturan el gasto sanitario directamente al ciudadano o a la Gemeinsame Einrichtung KVG/Institution commune LAMal. Si el pensionista recibiera la factura, deberá abonarla y solicitar posteriormente el reembolso a la Gemeinsame Einrichtung KVG/Institution commune LAMal. Si fuera esta institución quien abona la factura, normalmente solicitará al pensionista que le ingrese la cantidad que corresponda en concepto de franquicia o copago.
En caso de necesitar asistencia médica urgente fuera de Suiza, deberá liquidar el gasto sanitario a través de la Seguridad Social española, salvo que dicho gasto sea generado en un país de la Unión Europea, en cuyo caso puede liquidarse a través de la Tarjeta Sanitaria Europea emitida por España, la cual deberá renovar periódicamente.
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