Ministerio de Trabajo y Economía SocialTrabajar por cuenta propia. Ministerio de Trabajo y Economía Social

Emprender - Trabajar por cuenta propia

En Marruecos existen las siguientes opciones: 

  1. Para trabajar a título personal y como persona física cuya cifra de negocios anual no supere los 500.000 dhs. para actividades industriales, artesanales o comerciales o los 200.000 dhs, para las actividades de prestación de servicios, se ha aprobado recientemente el Estatuto del Trabajador Autónomo.

    El requisito es la inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores Autónomos https://rn.ae.gov.ma/

    Guía del emprendedor en Marruecos http://ae.gov.ma/wp-content/uploads/2018/05/Guide-Auto-entrepreneur-Fr-1.pdf

    Para más información consultar el apartado “Estatuto del Trabajador Autónomo”.

  2. Si supera las cifras de negocio anuales o está en la lista de las profesiones excluidas del Estatuto del Trabajador Autónomo otra alternativa es darse de alta en la Dirección General de Impuestos de su circunscripción, dirigirse al tribunal de 1ª Instancia para darse de alta en el Registro de Comercio y solicitar la afiliación a la Caja Nacional de la Seguridad Social.

    Ver lista de las profesiones excluidas del Estatuto del Trabajador Autónomo en http://ae.gov.ma/je-veux-devenir-auto-entrepreneur/eligibilte/

  3. La tercera opción, que es la más habitual, es constituir una sociedad de responsabilidad limitada.

Si además de crear una empresa, su intención es trabajar para la empresa constituida deberá darse de alta en la Caja Nacional de la Seguridad Social (CNSS)

Para más información sobre cómo constituir una empresa en Marruecos puede consultar el apartado “Crear una empresa en Marruecos”.