Ministerio de Trabajo y Economía SocialMinisterio de Trabajo y Economía Social

Ámbito de aplicación

Ámbito de aplicación

  • Las sociedades cooperativas que realicen principalmente su actividad cooperativizada en el territorio de varias Comunidades Autónomas, cuando no lo haga con carácter principal en ninguno de tales territorios.
  • Las sociedades cooperativas que realicen principalmente su actividad cooperativizada en las ciudades de Ceuta y Melilla.
  • Las cooperativas de crédito cuya actividad, sea o no cooperativizada, exceda del territorio de una Comunidad Autónoma.
  • Las sociedades cooperativas europeas que se constituyan en un futuro.