UAFSE - Unidad Administradora del Fondo Social Europeo. El Fondo Social Europeo con la Inclusión Social y la Economía Social (POISES)

El Fondo Social Europeo con la Inclusión Social y la Economía Social (POISES)

Programa Operativo de Inclusión Social y de la Economía Social 2014-2020

El Programa Operativo de Inclusión Social y de la Economía Social 2014-2020, fue aprobado mediante Decisión de Ejecución de la Comisión Europea con fecha 6 de agosto del 2015. En él se recogen los objetivos, las prioridades y las medidas a llevar a cabo en el marco de actuación del FSE.

El Programa Operativo se basa en tres principios básicos:

  1. La inclusión activa para que todos los ciudadanos, especialmente los más desfavorecidos, puedan participar completamente en la sociedad y tener unas mejores opciones en el mercado laboral.
  2. La economía social como elemento clave para contrarrestar las repercusiones negativas de la situación económica y social actual en España.
  3. El fomento de mercados laborales inclusivos con el fin de reducir las tasas de pobreza y abordar las necesidades de los grupos más vulnerables.

Tiene, pues, como finalidad ayudar a los grupos de población que se encuentran más alejados del mercado laboral y con un mayor riesgo de discriminación, entre los que se encuentran los inmigrantes y solicitantes de asilo y beneficiarios de protección internacional, colectivos de atención de la Dirección General de Migraciones. Las medidas previstas no solo están orientadas hacia los propios grupos en riesgo de discriminación, sino que también tienen como finalidad aumentar la concienciación de los empresarios y del público en general.

Acceso a la versión modificada por Reprogramación en 2022 del PO. Se puede obtener más información relativa al PO consultando el apartado  "Programa Operativo > FSE- Inclusión Social y de la Economía Social".

Comité de Seguimiento

El apartado 1 del artículo 47 del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 establece que los Estados miembros crearán un Comité de Seguimiento en un plazo de tres meses a partir de la fecha de notificación de la decisión de aprobación del programa.

Dicho Comité es el encargado de hacer el seguimiento de la ejecución del Programa y de los avances en la consecución de sus objetivos, de acuerdo con la Autoridad de Gestión. En su análisis, se atenderá a los datos financieros, a los indicadores comunes y específicos del Programa, en especial a los cambios en los valores de los indicadores de resultados, a los avances en la consecución de valores previstos cuantificados y a los hitos definidos en el marco de rendimiento y, cuando proceda, a los resultados de los análisis cualitativos. 

La composición de este Comité de Seguimiento y los procedimientos internos a seguir, se han establecido de acuerdo con lo previsto en los artículos 5 y 48.1 del Reglamento (CE) nº 1303/2013 y a lo dispuesto en el Reglamento Delegado (UE) nº 240/2014.

Acceso al Listado de los miembros del Comité del PO.

Estrategia de comunicación

Las Estrategias de comunicación de los programas operativos, recogen las medidas de Información y Comunicación que se tienen que llevar a cabo en relación con las operaciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo con objeto de:

  • Difundir entre los potenciales beneficiarios de las oportunidades de financiación que ofrecen los fondos estructurales y los medios para acceder a ellos, al objeto de fomentar la solicitud y el desarrollo del mayor número de posibles proyectos.
  • Informar a la población sobre los proyectos implementados gracias a la ayuda de a la Unión.
  • Facilitar a la ciudadanía información sobre la importante labor que desempeña la UE.

De acuerdo con las obligaciones en materia de información y comunicación, el Organismo Intermedio deberá guiar y asesorar, a las entidades beneficiarias y a los órganos gestores de las operaciones cofinanciadas, para que integren las medidas relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones de información y comunicación en sus tareas habituales de gestión, implementación, seguimiento, evaluación y control, facilitándoles, de esta forma, el ejercicio de sus responsabilidades.

Acceso a la versión actualizada de la Estrategia de Comunicación del PO. Se puede acceder a las Estrategias de Comunicación del resto de Programas Operativos consultando el apartado "Comunicación".

Evaluación


  • Informes de Evaluación

    El Reglamento de Disposiciones Comunes establece que, durante el período de programación, la Autoridad de Gestión debe garantizar que se realice dos evaluaciones intermedias y una final, con el objetivo de mejorar la calidad en la ejecución y el diseño de este Programa Operativo, y determinar los efectos del mismo en relación con las metas de la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador.

    Este documento se corresponde con el Informe de “Evaluación de los objetivos / resultados del Programa Operativo"

    Acceso a los Resúmenes Ejecutivos de los IAE realizados por el POISES.  Se puede acceder a los Informes Anuales de Evaluación (IAE) del resto de Programas Operativos, consultando el apartado "Evaluación > Informes de Evaluación"

Informes de Ejecución

El Reglamento (UE) 1303/2013 de disposiciones comunes de los Fondos EIE en relación con las actividades de seguimiento de los programas, establece en los artículos 50 y 111 la obligación de presentar a la Comisión Europea un informe anual de ejecución del Programa Operativo.

Estos Informes Anuales de Ejecución constituyen un elemento principal de análisis de la evolución del Programa Operativo, donde se presenta información clave en relación con los datos financieros y los indicadores comunes y específicos del programa y sus valores previstos, entre otra información de carácter más cualitativo.

Se puede acceder a otras anualidades o a más información relativa al PO, consultando el apartado "Programa Operativo > FSE- Inclusión Social y de la Economía Social"

Listado de Operaciones

Las operaciones que se seleccionen en el marco de este Programa Operativo FSE 2014-2020, responderán a los criterios que permitan alcanzar los objetivos previstos para las Prioridades de Inversión de cada Objetivo Temático.

De esta manera, sólo podrán ser elegibles y, por tanto, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, las operaciones que de forma clara contribuyan a la consecución de los Objetivos Temáticos y de las Prioridades de Inversión en que se encuadren.

Para garantizar la transparencia relativa a la ayuda procedente de los fondos europeos, en  el artículo 115.2 del Reglamento (UE) Nº 1303/2013 se establece la obligación por parte del PO, publicar y mantener actualizada una lista de operaciones seleccionadas.

Acceso al Listado de Operaciones del PO. Se puede acceder a las Operaciones del resto de Programas Operativos consultando el apartado "Listado de Operaciones"