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Resolución de la ITSS sobre el Libro de Visitas (Aclaración Libro Electrónico)

16/05/2006

El Boletín Oficial del Estado del día 19 de abril publicó la Resolución de 11 de abril de 2006 (Corrección de errores BOE día 26) en la que se contienen importantes modificaciones en relación con los Libros de Visitas que deben existir en cada centro de trabajo a disposición de los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Dos son las principales novedades que recoge dicha Resolución:

  • Puesta a disposición del Libro de Visitas de la ITSS, a los funcionarios técnicos habilitados por las CC.AA, para el ejercicio de actuaciones comprobatorias en materia de prevención de riesgos laborales.
  • Previsión del desarrollo por parte de la ITSS de una aplicación informática que permita a la empresa sustituir, previa solicitud, la utilización del Libro de Visitas convencional por un sistema de registro telemático y con aceptación de los requerimientos técnicos y funcionales que se establezcan.. En relación a dicho Libro de Visitas electrónico, (en este caso la fecha de 1 de junio no es aplicable) os informamos que la aplicación por la que se implantará dicho Libro electrónico está todavía por desarrollar en cuanto a sus requerimientos técnicos y funcionales. Dicho sistema electrónico será puesto a disposición de las empresas en el momento que esté operativo, circunstancia para la que es necesaria la publicación en el BOE (en los próximos meses) de la Resolución oportuna. Por tanto de momento no es posible solicitar a la Autoridad Central de la ITSS, la autorización del Libro de Visitas electrónico. Esta novedad es consecuencia del “ Proyecto Lince”, plan de modernización en el que se encuentra inmersa la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.