La prestación económica puede reducirse por incumplimiento de las siguientes obligaciones:

  • Por no presentarse a una cita concertada la prestación básica se reduce un 10% durante un mes.
  • Por un primer incumplimiento de una obligación ligada a la percepción de la prestación básica, esta se reduce un 10% durante un mes.
  • Por un segundo incumplimiento, un 20% durante dos meses.
  • Por un tercer incumplimiento, un 30% durante tres meses.

Se considera que se ha producido un nuevo incumplimiento si no ha transcurrido más de un año desde el inicio del período de reducción anterior.

Si el Jobcenter sospecha que has incumplido tu obligación, te lo notificará previamente informándote de las consecuencias concretas, y te dará la oportunidad de defenderte y justificar las circunstancias que motivaron el incumplimiento. 

No habrá reducción si pruebas la existencia de una razón importante que ha motivado tu comportamiento, así como si demuestras que una reducción te causaría dificultades excepcionales. Si has subsanado el incumplimiento y te comprometes a cumplir tus obligaciones en el futuro, se anulará la reducción siempre y cuando el periodo de reducción haya sido inferior a un mes.