En Dinamarca, los trabajadores tienen 5 semanas naturales de vacaciones retribuidas al año, pero para poder tener derecho a ellas hay que haber trabajado un año en el país; si se ha trabajado menos de un año, corresponderá la parte proporcional al período trabajado.
Si cambias de trabajo, en tu nueva empresa no pierdes tu derecho al disfrute de vacaciones retribuidas, solo que la parte que le hubiera correspondido pagar a tu anterior empleador será depositada por este en tu Feriekonto (cuenta para la paga de vacaciones), o bien te dará una tarjeta de vacaciones con dicho importe. En cualquier caso, disfrutarás de 5 semanas de vacaciones retribuidas.
Si tienes un contrato por horas, no recibirás tu salario mientras estés de vacaciones, sino que recibirás una suma que se ha ido depositando por tu empleador en tu Feriekonto. Esa suma se denomina Feriepenge (paga de vacaciones), y equivale a un 12,5% de tu sueldo.
Si te vas del país antes de disfrutar de tus vacaciones retribuidas, se te dará el importe correspondiente.
La nueva Ley de Vacaciones de Dinamarca de 30.01.2018, que ha quedado plenamente implementada el 1º de septiembre de 2020, establece que el año del disfrute de vacaciones será del 1º de septiembre al 31 de agosto del siguiente año, coincidiendo el período de devengo con el de disfrute, con posibilidad de prolongación de su disfrute por un período adicional de 4 meses, es decir, hasta el 31 de diciembre.
De igual forma que en el sistema de vacaciones derogado, se devengan 2,08 días de vacaciones pagadas por cada mes trabajado, con un total de 25 días de vacaciones anuales.
La nueva Ley de vacaciones da al empleador la posibilidad de conceder vacaciones pagadas no devengadas. Esto significa que el trabajador y el empleador podrán acordar que se disfruten vacaciones pagadas antes de haber sido devengadas.”