Cuando llegues a Polonia, deberás registrarte en la oficina correspondiente de la comuna o municipio de residencia (Urzad Miasta o Urzad Gminy). El registro debe realizarse personalmente y en un plazo de tres meses desde la entrada en el país. Deberás comunicar cualquier cambio de domicilio y/o de status.
En Varsovia la oficina competente es la Sección de Inmigración de la Oficina de Asuntos Cívicos y Migración.
La solicitud de registro de residencia del ciudadano comunitario se presenta en persona en la voivodía competente del lugar de residencia, a más tardar el día siguiente al plazo de tres meses desde la fecha de entrada en el territorio polaco. El requisito de presentar una solicitud en persona no se aplica a los menores de edad.
Si prevés que tu estancia en Polonia será superior a seis meses, deberás inscribirte en el Registro de Matrícula Consular de la Embajada de España en Polonia: Inscripción consular.
Consigue tu número de identificación personal (PESEL), que necesitarás para firmar contratos, abrir una cuenta bancaria, Hacienda y muchos trámites.
La necesitarás para domiciliar, por ejemplo, el pago del alquiler, los contratos de electricidad y telefonía, y para recibir la nómina.
En los contratos de alquiler se suele incluir el gasto de calefacción, electricidad, gas, agua, pero no telefonía/Internet. Estos últimos debes contratarlos tú personalmente.
Aunque puedes circular en Polonia con un vehículo matriculado en otro país, si tu residencia en Polonia es superior a 6 meses tienes la obligación de registrar tu vehículo y contratar el seguro en este país.
La afiliación al seguro de asistencia sanitaria es obligatoria en Polonia: Seguro de enfermedad.