Quién tiene derecho a asistencia sanitaria en Polonia

En Polonia tienen derecho a asistencia sanitaria

  • personas que cotizan a la Seguridad Social polaca (ZUS): trabajadores por cuenta ajena, propia, empresarios, pensionistas, desempleados;
  • sus beneficiarios: miembros de la familia del asegurado menores de 26 años que no tienen derecho a asistencia sanitaria por otros motivos.

A partir de cuándo puedes beneficiarte de la asistencia sanitaria

A partir del momento en que presentas la solicitud (independientemente del pago de la cuota).

Solicitud de seguro de asistencia sanitaria

El pagador de las cotizaciones informa al seguro de asistencia sanitaria. El pagador puede ser

  • la empresa en el caso de un empleado;
  • la escuela/la universidad en el caso de un estudiante;
  • la oficina de empleo en el caso de los desempleados.

Los autónomos/empresarios deben solicitarlo por su cuenta.

Dónde se solicita

La solicitud se presenta ante el organismo polaco de Seguridad Social (ZUS). El sitio web de ZUS tiene información útil sobre cómo solicitar el seguro y el cálculo de las cuotas.

Si los miembros de la familia no tienen su propio seguro de asistencia sanitaria, el titular debe registrarlos como beneficiarios a través del pagador en un plazo de siete días a partir del hecho causante de pasar a ser beneficiario (por ejemplo, si el cónyuge pierde su trabajo).

IMPORTANTE: No informar al pagador sobre la necesidad de solicitar un seguro de asistencia sanitaria o dar de baja a un beneficiario pueden resultar en una sanción.

Baja del seguro de asistencia sanitaria

Si se pierde el derecho al seguro de asistencia sanitaria (por ejemplo, por rescindir el contrato de trabajo), se debe efectuar la baja, tanto del titular como de los beneficiarios.

Si un beneficiario adquiere su propio título para el seguro o hay otras circunstancias que lo han llevado a perder su condición de miembro de la familia, se debe informar al pagador en un plazo de siete días desde que se dan las circunstancias.

Cuándo se extingue el derecho a recibir asistencia sanitaria

El derecho a la asistencia sanitaria vence a los 30 días tras la baja del seguro. Excepciones:

  • Alumnos, estudiantes y estudiantes de doctorado:
    • 6 meses después de finalizar la educación secundaria,
    • 4 meses después de la graduación o estudios de doctorado;
  • personas que solicitan una pensión de jubilación o incapacidad laboral (y familiares) que mantienen el derecho durante la tramitación de la solicitud de pensión;
  • personas que reciben un subsidio de enfermedad o accidente por toda su duración.

Seguro voluntario

Si has perdido tu derecho a los servicios de asistencia sanitaria o no lo tienes por no estar dentro del grupo de beneficiarios, puedes asegurarte voluntariamente ante el Fondo Nacional de Salud (Narodowy Fundusz Zdrowia- NFZ)

Si tienes bajos ingresos, antes de solicitar un seguro voluntario verifica si puedes tener derecho a asistencia sanitaria según la decisión del gobierno local de tu lugar de residencia.

Asistencia sanitaria para pensionistas de la Seguridad Social española

Si eres pensionista únicamente de la Seguridad Social española y vas a trasladarte a Polonia, para poder recibir asistencia sanitaria deberás realizar lo siguiente:

  • Solicita en la Dirección Provincial del INSS que te corresponda el documento S1 para ti y, si es el caso, para los familiares que te acompañen.
  • Comunica al INSS tu traslado y tu nueva dirección en Polonia.
  • Una vez estés en posesión del documento S1, regístralo en Polonia en la oficina del Fondo Nacional de Salud (NFZ) que te corresponda, donde te expedirán un certificado que te dará derecho a los servicios médicos.

Si tienes un número de identificación personal (PESEL), los centros de salud podrán verificar por vía telemática tu derecho a asistencia sanitaria y no necesitarás presentar el certificado cada vez que vayas al médico.

Tendrás derecho a asistencia sanitaria en el marco del sistema de salud público, en los mismos términos que cualquier ciudadano de Polonia.

Si eres pensionista de la Seguridad Social española y también de la polaca, tendrás derecho a recibir asistencia sanitaria a cuenta de la Seguridad Social polaca.

Fondo Nacional de Salud

El Fondo Nacional de Salud es la institución responsable de garantizar las prestaciones sanitarias a los asegurados y sus beneficiarios.

El Fondo Nacional de Salud está compuesto de:

  • la oficina central de NFZ,
  • 16 sucursales regionales conforme a la división territorial del país. La mayoría de las sucursales regionales tienen oficinas también fuera de las capitales regionales.

Los establecimientos de salud públicos y privados que tienen contratos para la prestación de servicios de sanitarios con la correspondiente sucursal regional de NFZ están obligados a prestarlos en el marco del seguro general de asistencia sanitaria. Forman este sistema: los médicos que ejercen en el sistema sanitario (médicos, dentistas), las entidades sanitarias públicas y privadas (hospitales, urgencias, dispensarios, centros de salud etc.), consultorios (individuales, individuales especialistas, del grupo).

Busca aquí el ambulatorio o centro de atención primaria que te convenga.

Más información: