El seguro de desempleo en Polonia se apoya en la Ley sobre el fomento del empleo y las instituciones del mercado laboral (Ustawa o promocji zatrudnienia i instytucjach rynku pracy) de 20 de abril de 2004. Se trata de un sistema financiado por cotizaciones obligatorias derivadas de una actividad laboral (por cuenta ajena o propia).

Requisitos

Tienen derecho a la prestación por desempleo (zasilek dla bezrobotnych) los desempleados que han perdido su puesto de trabajo de forma involuntaria, carecen de trabajo y remuneración salarial, están registrados en la oficina de empleo, tienen capacidad laboral, están a disposición del mercado laboral a tiempo completo, son mayores de 18 años, no tienen derecho a pensión, no perciben subsidio de enfermedad, maternidad o educación. La prestación se concede a partir del séptimo día siguiente al alta en la oficina de empleo.

El periodo de carencia es de por lo menos 365 días cotizados en los 18 meses inmediatamente anteriores a la fecha de alta en la oficina de empleo.

Duración

El periodo de percepción de la prestación por desempleo oscila entre los 6 y 12 meses:

6 meses en regiones con una tasa de desempleo no superior al 150 % de la tasa media en Polonia (valor a 30 de junio del año anterior).

12 meses en regiones con una tasa de desempleo superior al 150% del promedio del país, así como para desempleados mayores de 50 años que hayan cotizado por lo menos 20 años, o cuando el/la cónyuge también está en desempleo y sin derecho a prestación, y tienen a su cargo por lo menos a un hijo menor de 15 años.

Cuantía de la prestación

La cuantía de la prestación por desempleo no depende del salario percibido sino del periodo de años trabajados y reconocidos para la concesión. Consiste en un determinado porcentaje de la prestación básica para desempleados (Podstawowy zasilek dla bezrobotnych):

  • 1 a 5 años: 80%
  • 5 a 20 años: 100%;
  • más de 20 años: 120 %.
  • La cuota reconocida para los tres primeros meses de la prestación por desempleo se reduce a partir del cuarto mes.
  • La prestación básica por desempleo se revaloriza anualmente a 1 de junio en base al IPC del año anterior.

Beneficios/Compatibilidades

  • Los periodos de percepción de la prestación por desempleo son reconocidos para el cálculo de la pensión de jubilación.
  • Asimismo, todos los desempleados registrados en la oficina de empleo (perciban o no prestación) tienen derecho a asistencia sanitaria a cargo del servicio público de empleo, pudiendo incluir como beneficiarios a familiares que no tienen por sí mismos derecho a cobertura sanitaria. También se incluye la cobertura de los seguros de pensiones, incapacidad laboral y supervivencia.
  • La prestación por desempleo es compatible con las ayudas familiares, así como por ingresos por actividad laboral, siempre que estos no superen el 50% del salario mínimo.

Sanciones: Suspensión del derecho a la prestación

  • El incumplimiento de los acuerdos adquiridos con la oficina de empleo ocasiona la suspensión del derecho a la prestación por desempleo. Por ejemplo:
    • En caso de que el desempleado rechace sin causa justificada una oferta de trabajo, formación, prácticas, formación continua, intervención, o se niegue a participar en otras formas de ayuda, o a someterse a exámenes médicos o psicológicos que tengan como objetivo averiguar su capacidad laboral, se suspenderá el estatus de desempleado y por consiguiente el pago de la prestación durante 120 días en la primera ocasión; 180 días en la segunda y 270 en la tercera.
    • Si el desempleado ha rescindido el contrato de trabajo de manera unilateral y/o con aviso o por acuerdo mutuo dentro de los seis meses anteriores al alta en la oficina de empleo, la prestación no comenzará a abonarse hasta cumplidos 30 días a partir del alta en la oficina de empleo.
    • Si el desempleado ha rescindido el contrato de trabajo por su propia decisión y sin aviso, o el contrato ha sido rescindido por parte de la empresa por causas debidas al trabajador dentro de los seis meses anteriores al alta en la oficina de empleo, la prestación no comenzará a abonarse hasta cumplidos 30 días a partir del alta en la oficina de empleo.

Prestaciones para desempleados mayores

  • La prestación de prejubilación (swiadczenie przedemerytalne) se concede a aquellos desempleados mayores que carecen de ingresos y por su edad tienen pocas posibilidades de encontrar un nuevo empleo. Se concede a
    • mujeres a partir de 55/56 años, y
    • hombres a partir de 60/61 años,

Existen diversas opciones en función de los años cotizados.

La prestación de prejubilación se abona como continuación de por lo menos seis meses de percepción de la prestación por desempleo. Es compatible con la percepción de ayudas familiares.

En caso de desempeñar una actividad laboral, la suma de ingresos correspondientes a la prestación y la remuneración salarial no pueden superar el 50% del promedio salarial nacional.

  • La pensión transitoria (Emerytura pomostowa) es un tipo de pensión de prejubilación destinada a personas desempleadas nacidas después del 31/12/1948 y que han trabajado más de 15 años en una profesión con duras condiciones laborales y hayan cotizado por lo menos 20 años (mujeres)/25 años (hombres). Se concede a
    • mujeres a partir de 55 años y
    • hombres a partir de 60 años,

Se abona en lugar de la prestación por desempleo. Es compatible con la percepción de ayudas familiares y para la dependencia. En caso de desempeñar una actividad laboral, la pensión se suspende o se reduce en base a los siguientes baremos:

  • Ingresos inferiores al 70% del promedio salarial nacional: no influye en la pensión.
  • Ingresos entre el 70% y 130% del promedio salarial nacional: se reduce un 24% el importe básico de la pensión.
  • Ingresos superiores al 130% del promedio salarial nacional: se suspende el pago de la pensión.

Las prestaciones para desempleados mayores incluyen la cobertura del seguro de asistencia sanitaria.

Prestaciones para la inserción laboral de desempleados

La oficina de empleo local puede asumir los gastos de préstamos para exámenes, cursos necesarios para que el desempleado adquiera un título o certificado profesional, así como para licencias necesarias para el desempeño de una profesión. También ofrece becas para la participación en medidas formativas.

Las administraciones locales ofrecen a desempleados de hasta 30 años bonos para cubrir los gastos de los exámenes físicos o psíquicos necesarios para la participación en una medida formativa, así como del alojamiento, si esta tiene lugar en otra localidad (bon szkoleniowy). Asimismo cubre gastos relacionados con la realización de prácticas profesionales (bon stazowy), o con gastos de mudanza para la incorporación en un puesto de trabajo, si este está ubicado en otra localidad (bon zasiedleniowy).

Las administraciones locales ofrecen a las empresas que contratan a un desempleado un vale para cubrir el salario y las cuotas sociales por el primer año de trabajo siempre que la empresa se comprometa a mantener al trabajador durante medio año más (bon na zatrudnienie).