En el Ministerio utilizamos cookies de diferentes tipos, algunas de ellas son opcionales. Puede configurar cada tipo de cookie en su dispositivo y su uso específico. Si rechazas las cookies opcionales, solo se utilizarán las cookies necesarias y obligatorias para que el sitio web funcione correctamente.
Política de cookies.
Usted puede optar por excluir algunos tipos de cookies. Puede hacer clic en las diferentes opciones que aparecen a la izquierda de esta ventana y cambiar nuestra configuración predeterminada. Tenga en cuenta que si bloquea algunos tipos de cookies el uso del sitio puede verse afectado, además de algunos servicios que podemos ofrecerle a través de nuestra web.
×
Cookies estrictamente necesarias
Estas cookies son para que la web funcione y no se pueden deshabilitar. De forma general, solo se utilizan en acciones como cuando solicita servicios, establece preferencias de privacidad, inicia sesión o completa formularios.
Cookies analíticas
Se utilizan para analizar el comportamiento al visitar las páginas web del portal para una mejor experiencia. Recopilan información estadística anónima sobre el uso del servicio. Si desactiva estas cookies, no tendremos información sobre cuándo visitó nuestro sitio web.
Cookies de Google Analytics
Se usan con fines analíticos, ayudan a recoger datos que permiten a los servicios entender cómo interactúa con un servicio en particular. Esta información se usa para mejorar el contenido de los servicios y sus funciones, y así ofrecerle una mejor experiencia.
Si las desactiva
No podremos acceder a los datos estadísticos de navegación de los usuarios, lo que no podrá permitirnos mejorar y ofrecerles contenido y funcionalidades que se traduzcan en servirles una mejor experiencia de navegación.
DesactivadasActivadas
Cookies de Siteimprove
Se usan con fines analíticos, ayudan a recoger datos que permiten a los servicios entender cómo interactúa con un servicio en particular. Esta información se usa para mejorar el contenido de los servicios y sus funciones, y así ofrecerle una mejor experiencia.
Si las desactiva:
No podremos acceder a los datos estadísticos de navegación de los usuarios, lo que no podrá permitirnos mejorar y ofrecerles contenido y funcionalidades que se traduzcan en servirles una mejor experiencia de navegación.
DesactivadasActivadas
Cookies de X (Twitter)
Estas cookies le brindan una experiencia mejor, más rápida y segura en Twitter. Mantiene su sesión abierta en Twitter, guardan sus preferencias y comprenden cómo interactúa con nuestros servicios y dónde podemos mejorar
Si las desactiva:
No podrá usar la aplicación mientras esté navegando por nuestra web. De igual forma, no podrá compartir ni comentar ninguna de las publicaciones sujetas a Twitter que estén dentro de nuestra página web.
DesactivadasActivadas
Cookies de Youtube
Las cookies de Youtube se utilizan para que usted pueda visualizar los videos que están alojados en nuestra página web de una manera rápida y eficaz.
Si las desactiva:
No podrá visualizar los videos Youtube que se alojan en nuestra página web
Las empresas que desplacen a trabajadores en el marco de una prestación transnacional de servicios deberán garantizar las condiciones de trabajo previstas en el país de destino, sin perjuicio de la aplicación de condiciones de trabajo más favorables derivadas de lo dispuesto en la legislación aplicable a su contrato de trabajo, en los convenios colectivos o en los contratos individuales.
Estos principios se aplican a los desplazamientos transnacionales que
se produzcan por cuenta y dirección de la empresa, en ejecución de un contrato celebrado entre la empresa emisora con una entidad que desarrolle su actividad en Polonia;
sucedan en una sucursal/empresa perteneciente al grupo de empresas a la cual pertenezca también la empresa que desplace al trabajador, y que desarrolle su actividad en Polonia;
las empresas que actúen como agencias de trabajo temporal.
Deberes de los empresarios españoles que desplacen trabajadores a Polonia:
Contratar al trabajador desplazado en condiciones no menos favorables que las del código laboral polaco.
Notificar a la Inspección Estatal de Trabajo (PIP), a más tardar el día del inicio de la prestación de servicios en el territorio de Polonia:
los datos de la empresa que desplaza a los trabajadores;
el número previsto de trabajadores desplazados y sus datos;
el periodo previsto del desplazamiento;
las sedes de los lugares de trabajo de los trabajadores;
el carácter de los servicios prestados que justifique el desplazamiento;
el lugar de almacenamiento de los documentos de los trabajadores.
Nombrar, a más tardar el día del inicio de la prestación de servicios, a un interlocutor con la PIP;
Almacenar durante el desplazamiento del trabajador los siguientes documentos:
contratos de trabajo o cualquier otra forma equivalente de acreditación de las condiciones de contratación;
registros horarios (horas trabajadas, inicio y fin de la jornada laboral);
nóminas salariales.
Poner a la disposición de la PIP la documentación detallada en el punto anterior, en un plazo de dos años a partir de la finalización del desplazamiento y de 15 días hábiles a partir de su solicitud por parte de la PIP.
Notificar a la PIP cualquier cambio de los datos de la empresa española, de sus representantes, del lugar de almacenamiento de los documentos de los trabajadores, a más tardar 7 días después de haberse producido el cambio.
Más información:
Trámites previos necesarios para el desplazamiento de trabajadores a Estados miembros de la UE o del EEE (formulario A1 (E-101) y TSE): Trabajadores desplazados