Liechtenstein dispone de un sistema de seguridad social muy similar al suizo. Dicho sistema está basado en tres pilares y formado por seguros. El primer pilar lo componen los Seguros de Vejez y Supervivencia (AHV) e Invalidez, el segundo pilar está formado por el sistema de Previsión Profesional empresarial y el tercer pilar lo constituyen los planes de ahorro privados para la jubilación.
Seguro | Trabajador | Empresario | TOTAL |
---|---|---|---|
Vejez y Supervivencia | 3,8% | 4% | 7,8% |
Invalidez | 0,75% | 0,75% | 1,5% |
Prestaciones familiares | 0,0% | 1,9% | 1,9% |
Gastos administrativos | 0,0% | 0,4704% | 0,4704% |
Desempleo | 0,5% | 0,5% | 1% |
Las cotizaciones de los autónomos se basan en los ingresos del penúltimo año fiscal. Los tipos de cotización son los siguientes:
Seguro | TOTAL |
---|---|
Vejez y Supervivencia | 7,8% |
Invalidez | 1,5% |
Prestaciones familiares | 1,9% |
Gastos administrativos | 0,4704% |
La obligación de cotizar para las personas que no ejercen una actividad económica nace a partir del 1 de enero del año en que la persona cumple los 21 años de edad. La cuantía de la cotización depende de la renta y del patrimonio del sujeto obligado a cotizar y oscila entre 350,40 y 11,670 francos anuales.
Los siguientes colectivos abonarán la cotización mínima:
· Asegurados no activos que son mantenidos por el Estado o terceras personas.
Más información: Merkblätter | AHV - IV - FAK
El Seguro de Vejez y Supervivencia ofrece prestaciones de jubilación, viudedad y orfandad. Dicho seguro también financia prótesis y otros aparatos necesarios para mantener la movilidad del asegurado.
Jubilación
La edad de jubilación ordinaria para hombres y mujeres es de 64 años. El período mínimo de cotización para poder cobrar una pensión es de un año.
Si se retrasa la jubilación, hasta un máximo de seis años, la pensión aumenta entre el 5,22% y el 40,71%, en función de los años que se retrase el cobro de la pensión.
En el caso de anticipar la jubilación, por lo general, el recorte de la pensión para quienes nacieron antes de 1955 es del 3% por un año; el 7% por dos años; el 11,5% si se adelanta tres años y el 16,5% si se hace cuatro años. A quienes nacieron después de 1956 se les reducirá el 5,5% por un año, el 10,6% por dos años, el 15,2% por tres años y el 19,5% por cuatro años.
La cuantía de la pensión de jubilación depende de los años de cotización y de la ganancia media determinante por la que se ha cotizado durante toda la vida. Dicha ganancia media puede ser incrementada por las bonificaciones por atención de hijos o familiares enfermos incapacitados.
Las cotizaciones efectuadas durante el matrimonio son consideradas como bienes gananciales y en este sentido, la mitad de las cotizaciones efectuadas por el esposo se inscriben a nombre de la esposa, y viceversa. Por ello, la esposa o el esposo que haya residido en el Principado, aun sin ejercer una actividad económica, también puede tener derecho a su propia pensión de jubilación cuando cumpla los requisitos establecidos.
La pensión mínima de jubilación es de 1.160 francos mensuales para una persona que ha cotizado desde que cumplió los 20 años de edad y la máxima es de 2.320.
También se puede cobrar el complemento por hijo, máximo hasta que cumpla los 20 años, y la cuantía asciende a 464 CHF.
Viudedad
Tienen derecho a pensión de viudedad los viudos con hijos a cargo o los viudos sin hijos mayores de 45 años que estuvieron, al menos, cinco años casados. Los viudos sin derecho a pensión de viudedad pueden cobrar una pensión de duración determinada durante dos a cinco años, en función de la edad y de la duración del matrimonio.
Las parejas divorciadas también pueden tener derecho a una pensión de viudedad si en el momento del fallecimiento del que fuera su cónyuge éste la abonaba una pensión alimenticia.
La pensión mínima de viudedad es de 928 francos y la máxima de 1.856, siempre que se acrediten cotizaciones desde los 20 años de edad.
Orfandad
Los niños menores de 18 años pueden cobrar una o dos pensiones de orfandad si fallece el padre, la madre o ambos. El cobro puede prolongarse hasta los 25 años de edad, si el joven estudia o realiza una formación.
La cuantía mínima de la pensión de orfandad es de 464 y la máxima de 928.
Más información: Allgemeine Informationen zur AHV in Liechtenstein
Uno de los objetivos principalesdel Seguro de invalidez es el apoyo de la persona inválida para que pueda mantener una vida autónoma y conseguir sus propios ingresos. En este sentido el Seguro ofrece prestaciones para la reinserción laboral, tanto de carácter médico como profesional, dirigidas a mantener la empleabilidad del beneficiario. Financia la educación especial, la asistencia a domicilio y otorga otras ayudas para mantener la movilidad o recuperar la capacidad de trabajo del asegurado. Este Seguro también reconoce pensiones de invalidez y ayuda a las organizaciones que atienden a los discapacitados.
Las pensiones de invalidez sólo se reconocen cuando fracasan todas las medidas de reinserción. Para tener derecho a pensión hay que acreditar una incapacidad laboral de, al menos, el 40% durante un año y haber cotizado, al menos, un año a dicho seguro.
La pensión se reconoce, como muy pronto, al cumplirse los 18 años de edad y se abona hasta que el titular alcanza la edad de jubilación o desaparecen los requisitos que motivaron su concesión.
Para determinar el grado de invalidez, el sistema distingue entre personas que ejercen una actividad económica, personas que no la ejercen y personas que la ejercen parcialmente.
Se distingue también entre incapacidad profesional e incapacidad de ganancia. Se dice que existe incapacidad profesional cuando debido a una dolencia el trabajador no puede ejercer la profesión habitual. El grado de incapacidad lo determina el médico.
Existe incapacidad de ganancia cuando debido al trastorno sanitario el asegurado no puede ejercer una actividad en el mercado de trabajo. Para determinar el grado de invalidez se tiene en consideración exclusivamente esta incapacidad de ganancia.
En función del grado de incapacidad se puede cobrar una pensión de un cuarto (con el 40 hasta 49% de incapacidad), media pensión (con el 55 hasta 66% de incapacidad) o pensión completa (más del 66% de incapacidad). El importe mínimo de la pensión completa para quienes tienen cubierto el período de cotización posible es de 1.160 CHF; el máximo de 2.320.
El Seguro de Invalidez también otorga un complemento por hijo hasta que alcanza los 18 años de edad o los 20 si estudia o realiza una formación.
Para más información: Allgemeine Informationen zur IV in Liechtenstein
Las personas que residen en el Principado pueden percibir un complemento por gran invalidez si necesitan ayuda de terceros para cubrir las necesidades vitales. Dicho complemento se abona siempre y cuando no se perciba un complemento similar del Seguro de accidentes-
Más información: HE (Hilflosenentschädigung) | AHV - IV - FAK
Las personas con domicilio en el Principado también pueden percibir una prestación económica por dependencia al objeto de financiar la ayuda que reciben para realizar las actividades de la vida diaria.
Más información: PG (Pflegegeld) | AHV - IV - FAK
El sistema de prestaciones familiares ofrece tres tipos de prestaciones: Subsidio por hijo, subsidio por natalidad y ayudas para las familias monoparentales.
El subsidio por hijo se abona hasta que el hijo cumple los 18 años de edad. En el caso de las personas que no tienen domicilio en el Principado, el pago se hace a través de la empresa. Las demás personas reciben directamente el subsidio de la Caja. La cuantía asciende a 280 CHF mensuales por hijo menor de 10 años, y a 330 CHF a partir de ese momento. Las familias con tres o más hijos con derecho a prestación perciben 330 francos por hijo.
El subsidio por natalidad se reconoce a la persona con derecho a subsidio familiar y su cuantía es de 2.300 CHF y 2.800 CHF en el caso de parto múltiple.
La familia monoparental, con derecho a subsidio familiar, puede cobrar una ayuda por este concepto de 110 CHF por cada hijo.
En el supuesto de que un trabajador de la UE empleado en el Principado estuviera percibiendo en el país donde residen sus hijos prestación por hijo, si cumple determinados requisitos, también puede percibir prestación de Liechtenstein, si la cuantía de la prestación que cobra fuera inferior a la establecida en el Principado.
Para más información: Allgemeines | AHV - IV - FAK
Existe un sistema de Prestaciones Complementarias, o complementos por mínimos, cuya función principal consiste en proporcionar a los pensionistas del Seguro de Vejez y Supervivencia y del Seguro de Invalidez unos ingresos adicionales, en el supuesto de que la pensión, y los demás ingresos y patrimonio, no lleguen para cubrir las necesidades vitales.
El importe del complemento por mínimo depende de si el pensionista reside en su hogar o en una residencia. También está relacionado con los ingresos y los gastos de la persona, tales como los gastos por enfermedad o por alquiler de la vivienda habitual.
El importe máximo que puede cobrar una persona que vive sola en concepto de prestación complementaria es de 33.264 CHF; para un matrimonio es de 49.890 CHF. En el caso de tener hijos a cargo, la cantidad aumenta.
Los perceptores de prestaciones complementarias también pueden tener derecho a determinadas ayudas económicas para adquirir aparatos destinados a mantener la movilidad o para garantizar la asistencia o los tratamientos médicos.
Más información:http://www.ahv.li/leistungen/el-ergaenzungsshyleistungen/allgemeines/
Existe en el Principado un sistema de previsión profesional o fondos de pensiones de carácter obligatorio, cuya función principal es reconocer prestaciones de jubilación y supervivencia e invalidez complementarias a las de los Seguros de Vejez y Supervivencia e Invalidez.
Están asegurados en el sistema de la Previsión Profesional o II Pilar todos los trabajadores mayores de 17 (para el riesgo de invalidez y supervivencia) y 24 años (para el riesgo de vejez). Además de la edad, para estar sometido al sistema, se requiere que el trabajador perciba un salario anual superior a 20.880 CHF.
La cotización representa el 8% del salario o tramo salarial por el que hay que cotizar. El empresario aporta, como mínimo, la mitad de la cotización. La afiliación a este seguro se produce a través de la empresa. En determinadas situaciones, no se está sometido a dicho seguro.
El importe de las pensiones de jubilación depende de las cotizaciones efectuadas y del período cotizado, es decir, de la ganancia asegurada. Las cotizaciones forman lo que se denomina el haber de vejez y la cuantía de la pensión guarda relación con el capital ahorrado a lo largo de la vida laboral.
Cuando una persona cambia de empresa, normalmente, el capital que tiene ahorrado en la institución de previsión se transfiere a la caja del nuevo empresario. Las cotizaciones efectuadas al margen del régimen obligatorio se rigen por normas especiales.
Quienes abandonaron definitivamente el Principado y solicitaron la devolución del capital ahorrado, por cambiar de país, no pueden pretender posteriormente el cobro de prestaciones de jubilación o supervivencia del sistema de la Previsión Profesional al causar baja en la Institución de previsión desde el momento en que se procede a la liquidación del fondo de pensiones.
Más información: Publikationen
Con excepción de los trabajadores autónomos, todos los asalariados cotizan al desempleo. Existe una prestación por desempleo, cuya función es asegurar al trabajador las rentas dejadas de percibir al quedarse sin empleo.
El período mínimo de cotización es de 12 meses en los 2 años anteriores de a la situación de desempleo. La prestación por desempleo representa el 70 u 80% de la ganancia asegurada.
La duración de la prestación depende de la edad y oscila entre 200 jornadas para los trabajadores menores de 25 años sin responsabilidades familiares y 500 jornadas para trabajadores con al menos 22 meses cotizados o un grado de invalidez superior al 40%.
La persona que prevea encontrarse en situación de desempleo e inscribirse como desempleado deberá comunicarlo lo antes posible al Servicio del Mercado de Trabajo, aportando la documentación requerida y demostrando que está buscando activamente empleo.
Más información: AMS FL
El Seguro de enfermedad es un seguro obligatorio para todas las personas residentes en el Principado. Dicho seguro reconoce prestaciones en especie y en metálico en caso de enfermedad y maternidad. También asume el gasto de las prestaciones ofrecidas con motivo de un accidente, si el asegurado no estuviera obligado a suscribir un seguro de accidente.
Cada persona asegurada paga una prima o cotización y debe afiliarse a una Caja de enfermedad reconocida. En el caso de los asalariados aproximadamente la mitad de la cotización al seguro de enfermedad (166.50 francos en 2015 )y al seguro que cubre la incapacidad laboral transitoria corre a cargo del empresario y es la empresa la que ingresa la correspondiente cotización a la Caja.
Los niños menores de 16 años están cubiertos por el seguro y no deben cotizar. Para los jóvenes menores de 20 años existen primas reducidas y no se les aplica el copago. Dicho copago se reduce a la mitad para el pensionista.
Las personas aseguradas contra la enfermedad pueden hacer un seguro adicional para recibir prestaciones que no están incluidas en el seguro obligatorio. Las amas de casa también pueden hacer un seguro voluntario para asegurar la incapacidad laboral transitoria.
Cuando se concierta el seguro obligatorio, la persona puede elegir entre ser atendido por el médico que determine libremente o recibir sólo asistencia por determinados centros y médicos. En este caso, la prima o cotización suele ser inferior.
Cualquier asegurado sin recursos económicos puede solicitar ayudas para financiar el Seguro de Enfermedad (Liechtensteinische Landesverwaltung - Liechtensteinische Landesverwaltung).
El asegurado mayor de 21 añoparticipa en la financiación de los gastos sanitarios, asumiendo de su bolsillo los primeros 200 francos de gasto que genera. A continuación, debe pagar el 10% del gasto hasta alcanzar un tope de 600 francos por año.
Más información: Liechtensteinische Landesverwaltung - Liechtensteinische Landesverwaltung
El Seguro de Accidente protege a todos los asalariados y ofrece prestaciones económicas y sanitarias. Los trabajadores también están protegidos contra accidentes no laborales. La cotización por los accidentes laborales y enfermedades profesionales corre a cargo de la empresa, mientras que la cotización para accidentes no laborales corre a cargo del trabajador.
La protección del seguro existe desde que la persona comienza el trabajo y finaliza al transcurrir 30 días a contar desde el momento en que el trabajador deja de tener derecho al salario.
Este seguro concede prestaciones en caso de accidentes de trabajo y accidentes no laborales, así como por enfermedades profesionales. El Seguro asume los costes derivados del tratamiento médico ambulante y en hospitales. Reconoce también una prestación económica durante el proceso de recuperación, fijada en el 80% de la ganancia asegurada si existe incapacidad laboral transitoria total.
Si el asegurado queda inválido tras un accidente, el Seguro puede reconocer una pensión de invalidez, cuya cuantía representa el 80% de la ganancia asegurada. Si debido a la invalidez, la persona también tuviera derecho a pensión del Seguro de Invalidez, la pensión del Seguro de Accidente se reduce y representaría la diferencia entre la pensión del Seguro de invalidez y el 90% de la ganancia asegurada, teniendo en cuenta la base máxima de cotización.
El asegurado también puede cobrar una prestación por daños a la integridad, como consecuencia de un accidente.
Quien necesite ayuda de terceros para realizar las necesidades vitales, puede cobrar una prestación de gran invalidez, cuya cuantía dependerá del grado de dependencia.
Si fallece el asegurado, la viuda o el viudo, así como los hijos, pueden cobrar pensión de viudedad y de orfandad. La pensión de viudedad representa el 40% de la ganancia asegurada; la de orfandad el 15% (orfandad de padre o madre). La suma de las pensiones de viudedad y de orfandad no puede superar el 70% de la ganancia asegurada.
Si los supervivientes tuvieran derecho a pensión de viudedad o de orfandad de los Seguros de Vejez y Supervivencia e Invalidez, el Seguro de Accidente puede reconocer una pensión complementaria, cuya cuantía sería la diferencia entre la pensión de estos seguros y el 90% de la ganancia asegurada.
Más información: Liechtensteinische Landesverwaltung - Liechtensteinische Landesverwaltung