Rastro de migas
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- Requisitos para trabajar en Peru
Para poder enlazar con las ofertas laborales existentes en Perú el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de la República del Perú ha facilitado el siguiente link:
Al ingresar a este link, los solicitantes deberán registrarse en el Portal Empleos Perú, con su número de DNI (para lo cual elegirán la opción DNI –extranjero) completar los datos de : (i) datos personales, (ii) estudios realizados, (iii) idiomas y computación, (iv) experiencia laboral, se les considerará inscritos como postulantes, y podrán acceder a visualizar los detalles de las ofertas de empleo.
La Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN) le brinda información al respecto. Su página web es: www.proinversion.gob.pe
Asimismo, en el siguiente enlace de la Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Lima, cuenta usted con información de interés:
https://www.icex.es/icex/es/index.html
https://www.icex.es/icex/es/navegacion-principal/todos-nuestros-servicios/informacion-de-mercados/paises/navegacion-principal/portada/index.html;JSESSIONID_ICEX=eFkLaJCoWtEthXZZiWPGAHpXF0gmBbDnLVAvs3O-PoNlPU3AOwiG!1968805683?idPais=PE
Puede obtener permiso para firmar contratos. https://www.migraciones.gob.pe/
Los requisitos son:
Para mayor información acuda al siguiente enlace:
http://www.migraciones.gob.pe/index.php/cambio-de-calidad-migratoria/
Solicitar el modelo del contrato que le van a hacer, solicitar la tramitación de Visa Temporal, no realizar ninguna remesa de dinero bajo ningún concepto y tratar de verificar la existencia de la empresa.
Los trabajadores que deseen realizar su trámite de aprobación de contratos extranjeros, tendrán que tener un permiso especial para firmar contratos (Dirección General de Migraciones del Ministerio del Interior). La copia del pasaporte o carnet de extranjería del trabajador, deberá tener el sello de autorización de permiso para firmar contrato de trabajo.
* Los contratos para españoles están exceptuados de los porcentajes limitativos referidos al artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 689, Ley de Contratación de Extranjeros, y se tramitan como contratos sujetos a modalidad según el Decreto Legislativo Nº 728 (Ver TITULO Cap. I y II).
Atención: Si eres ciudadano español no estás sujeto a la ley de contratación de ciudadanos extranjeros, en virtud del convenio de doble nacionalidad entre Perú y España, sin embargo deberás de cumplir con los trámites regulares para obtener tu visado de residencia y trabajo, ante la Dirección General de Migraciones del Ministerio del Interior:
http://www.migraciones.gob.pe/index.php/cambio-de-calidad-migratoria/
Existen centros o instituciones que ayudan a realizar todos los pasos para constituir legalmente una empresa, a un mínimo costo y en un corto periodo de tiempo.
Si vive en Perú, uno de estos centros o instituciones es el Centro Cofide, el cual ofrece el servicio de búsqueda y reserva de nombre en los Registros Públicos, elaboración de la minuta y su legalización ante un notario público, obtención de RUC (sus oficinas cuentan con un stand de la SUNAT), entre otros servicios.
http://www.cofide.com.pe/COFIDE/
Los pasos necesarios para formalizar o constituir legalmente una empresa en Perú:
1) Búsqueda y reserva del nombre de la empresa en Registros Públicos (solo Persona Jurídica) en la (SUNARP), y verificar que no exista en el mercado un nombre o razón social igual al que queremos para nuestra empresa
https://www.sunarp.gob.pe/index.asp.
2) Elaborar la minuta en el cual los miembros de la sociedad manifiestan su voluntad de constituir la empresa, y en donde se señalan todos los acuerdos respectivos: pacto social y estatutos, además de los insertos que se puedan adjuntar a ésta.
Los elementos fundamentales de una minuta son:
Otros acuerdos que establezcan los socios:
La Autoridad Administrativa de Trabajo evalúa la solicitud en un máximo de 5 días hábiles de lo contrario se aplica el silencio administrativo positivo.
Si dentro de ese plazo se constata la falta de documentación se requerirá al solicitante para que la presente en un plazo no mayor de 3 días hábiles, en este caso el plazo de aprobación corre a partir de la subsanación.
Una vez que tengas la autorización para trabajar, deberás continuar con los procedimientos para obtener el visado de trabajo, en la Dirección General de Migraciones, situada en la Av. España 730. (Lima).
Dirigirse al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para solicitar información y aclarar sus dudas o presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo.