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- ¿Qué es el PRTR?
En julio de 2020, el Consejo Europeo acordó crear un instrumento excepcional de recuperación temporal conocido como Next Generation EU dotado con 750.000 millones de euros para el conjunto de los Estados Miembros. El Fondo de Recuperación garantiza una respuesta europea coordinada con los Estados Miembros para hacer frente a las consecuencias económicas y sociales de la pandemia. Los dos instrumentos principales del Next Generation EU son:
Next Generation EU tiene una duración limitada y está financiado con recursos adicionales a los previstos para el Marco Financiero plurianual 2021-2027. Este fondo también aportará recursos adicionales a otros programas europeos como el Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural (FEADER) y el Fondo de Transición Justa (FTJ).
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El Consejo de Ministros en su reunión de 27 de abril de 2021, aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), que define la estrategia española en el período 2021-2025 para canalizar los fondos destinados por Europa a reparar los daños provocados por la crisis del COVID-19, a través de un conjunto de reformas e inversiones. En el marco del MRR, las instituciones europeas, a través del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de la Unión Europea (ECOFIN), aprobaron el PRTR español el 13 de julio de 2021.
El PRTR cuenta con cuatro ejes transversales: transición ecológica, transformación digital, cohesión social y territorial e igualdad de género. Estos cuatro ejes se concretan en diez políticas palanca y 30 componentes que articulan el programa de 102 reformas y 110 inversiones definidos con el horizonte del año 2023. Cada componente se centra en un reto u objetivo concreto e incluye reformas e inversiones que contribuyen a alcanzar dichos objetivos o superar los retos.
En el marco de las diez políticas palanca que componen el Plan, el Ministerio de Trabajo y Economía Social (MITES) participa en cuatro componentes, presentando inversiones para los años 2021-2023 por importe de 2.647,11 millones de euros. Los cuatro componentes en los que participa el MITES son:
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La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia tiene como objeto configurar y desarrollar un Sistema de Gestión orientado a definir, planificar, ejecutar, seguir y controlar los proyectos y subproyectos en los que se descomponen las medidas (reformas/inversiones) previstas en los componentes del PRTR. Esta Orden es de aplicación a las entidades que integran el sector público de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1 de la Ley 40/2015, y a cualesquiera otros agentes implicados en la ejecución del PRTR como perceptores de fondos, estableciendo los procedimientos e instrumentos necesarios para asegurar la coordinación y seguimiento de este. La Orden se aplicará a los componentes, estructurados en las reformas e inversiones, hitos y objetivos que integran el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado en la Decisión de Ejecución del Consejo (CID).
La Orden HFP/1030/2021 contempla un Anexo I donde se incluye un Glosario de términos, que establece las siguientes definiciones:
Las actuaciones de las Administraciones Públicas siguen un conjunto de normas de carácter general que garantizan un planteamiento homogéneo en relación con el desarrollo de la gestión del PRTR. Los criterios específicos, contenidos en el artículo 2.2 de la Orden HFP 1030/2021, de 29 de septiembre, son de obligatoria consideración en la planificación y ejecución de los componentes del PRTR. Se enumeran a continuación dichos principios:
La ejecución del Plan se debe llevar a cabo bajo el principio de compromiso con el resultado, siendo una cualidad del mismo el cumplimiento de los criterios específicos. La Orden concreta el estándar mínimo a cumplir en cada uno de los criterios específicos, en relación con los hitos, objetivos, proyectos y subproyectos.
Los responsables y gestores de las medidas deberán asumir el desarrollo de las tareas necesarias para la consecución de los objetivos, en el marco de recursos y costes estimados, el análisis sistemático de la gestión, sustentado en indicadores operativos que faciliten la identificación de los riesgos, y la toma de decisiones para el adecuado desarrollo de la actividad.
Las Entidades ejecutoras serán responsables de registrar en el sistema informático la comprobación de que los proyectos que integran las medidas del Plan cumplen con los criterios establecidos en la evaluación inicial o, en su caso, se han corregido las deficiencias detectadas. Para ello, una vez cumplido un hito u objetivo, crítico o no crítico, la Entidad ejecutora del proyecto o subproyecto registrará en el sistema el cumplimiento, formalizando un certificado e incorporando la documentación acreditativa, atendiendo a los requerimientos del acuerdo operacional o a los que se reflejen en el sistema de información, en su caso, manifestando la veracidad de la información en él contenida en relación con el cumplimiento de los hitos y objetivos, y formará parte de la información que soporta los Informes de Gestión.