Ministerio de Trabajo y Economía SocialResidir en Senegal. Ministerio de Trabajo y Economía Social

Requisitos para residir en Senegal

Pasaporte:

Pasaporte obligatorio, con una validez superior a 6 meses

Visado:

El 1 de mayo de 2015 las autoridades senegalesas eliminaron la exigencia de visado de turismo a los titulares de pasaportes de la Unión Europea para entrar en el país y permanecer hasta 90 días. 

Permiso de residencia:

Para estancias superiores a 90 días es necesario solicitar un permiso de residencia ante las autoridades de Senegal y tener una tarjeta de identidad de extranjero.

En el caso de que vengan a desarrollar una actividad laboral por cuenta ajena, deberán previamente visar su contrato de trabajo (Visa d’Approbation) ante la Direction générale du Travail.

En el caso de que vaya a realizar una actividad empresarial, deberán previamente crear una empresa ante el Bureau d’Appui à la Création d’Entreprise (BCE).

Los españoles que deseen obtener la tarjeta de identidad de extranjero en Senegal deben dirigirse a la División de la Policía de Extranjeros de Senegal en Dieupeul (Dakar):

Division de la Police des Étrangers et des Titres de Voyage (DPTEV)

Allée Sérigne Ababacar Sy

Dieuppeul (Dakar)

Telf.:  33 869 32 05 / 33 864 51 25

Fuera de Dakar deben dirigirse a la comisaría o gendarmería del lugar de residencia. 

Deberán aportar la siguiente documentación:

  • Carta manuscrita de solicitud de autorización de residencia, dirigida al Ministro del Interior.
  • Certificado de nacimiento con menos de seis meses de vigencia.
  • Certificado de Penales del país de origen del solicitante, emitido con una antelación máxima de 3 meses.
  • Certificado médico expedido por un facultativo colegiado en Senegal, emitido con una antelación máxima de 3 meses.
  • 3 fotos de identidad tamaño carnet.
  • Fotocopia compulsada de la página del pasaporte con los datos identificativos del solicitante y de la página con el sello de entrada en Senegal.
  • Documentos justificativos de medios de subsistencia en Senegal:
    • Si van a realizar una actividad por cuenta ajena, el contrato de trabajo visado.
    • Si van a realizar una actividad por cuenta propia, la creación previa de una empresa.
    • Si es pensionista, la justificación de los ingresos de la pensión.
    • Si es cónyuge acompañante, la acreditación de esa condición y del permiso de residencia del otro cónyuge.
    • En otros casos, acreditar tener recursos suficientes para vivir.
  • 15.000 Fcfa en concepto de timbre de tasas fiscales.
  • 95.000 Fcfa de depósito en concepto de repatriación.

Los documentos deben ser traducidos al francés por un traductor jurado.

Otra información:

 Se recomienda consultar la página la página web de la Embajada y del Consulado para más información sobre cuestiones prácticas de la residencia en Senegal: educación, vehículos, atención sanitaria.

http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/DAKAR/es/VivirEn/Paginas/EducacionSanidad.aspx