Si tienes ingresos adicionales por un trabajo de una jornada inferior a 15 horas semanales, estos ingresos se descontarán de la prestación por desempleo por el importe que sobrepasen los 165 euros mensuales, después de deducidos los impuestos, los gastos por desplazamientos, etc.
Ejemplo: Una persona parada con unos ingresos adicionales de 255 euros al mes por un minijob. Se tienen en cuenta los 165 euros libres y la diferencia hasta 255 euros (90 euros) se deduce de la prestación.
No obstante, si estos ingresos adicionales por un minijob ya se tuvieron durante al menos 12 meses en los últimos 18 meses antes de quedar en desempleo, su importe no influye en la prestación por desempleo.