El seguro de dependencia es una rama independiente de la seguridad social alemana y está previsto para cubrir los cuidados asistenciales en caso de caer en una situación de dependencia.
Es un seguro integral obligatorio para toda persona afiliada al seguro de asistencia sanitaria, tanto público como privado. Las personas afiliadas al seguro público lo están automáticamente en el seguro de dependencia. Las que tienen un seguro privado deben contratar a su vez un seguro privado de dependencia.
El seguro de dependencia se financia en gran parte con las cuotas que abonan trabajador/a y empresa y varía dependiendo de si se tienen o no hijos/as, y de si se es pensionista o trabajador/a en activo.
El seguro de dependencia incluye asistencia a domicilio y residencial según el nivel asistencial necesario (Pflegestufen 1, 2, 3, 4 y 5). En la asistencia domiciliaria se pueden combinar parcialmente el subsidio asistencial (Pflegegeld) y la prestación en especie (Pflegesachleistung). También están previstas, entre otras, medidas para adaptar la vivienda (wohnumfeldverbessernde Maßnahmen) y material para el cuidado (Pflegehilfsmittel).
El importe del subsidio asistencial (previsto a partir del nivel 2) depende del grado de dependencia del beneficiario.
El servicio médico del seguro de asistencia sanitaria (Medizinischer Dienst der Krankenversicherung) emite un informe en el que se valora el grado de dependencia en base a ocho áreas vitales que comprenden movilidad, capacidades cognitivas y de comunicación, problemas psíquicos y de comportamiento, capacidad de autogestionarse en el día a día, etc.
El tiempo mínimo de carencia es de dos años dentro de los diez años anteriores a la solicitud. Este periodo de seguro previo puede ser bien como trabajador/a bien como beneficiario/a familiar de un/a asegurado/a (Familienversicherung).
No. Las cuotas abonadas a este seguro no se reembolsan.
Sí se podrá recuperar el seguro si se regresa a Alemania y se puede demostrar que se ha estado asegurado/a durante ese periodo en España u otro país de la Unión Europea.
Sí. En caso de percibir una pensión solo a cargo de Alemania se debe seguir cotizando al seguro alemán de dependencia, al igual que al de asistencia sanitaria.
Llegado el caso de una situación de dependencia se podrá solicitar ante la caja alemana de seguro la prestación económica correspondiente al grado de dependencia que se certifique en su debido momento.
No. Los/as pensionistas que retornan a España y reciben una pensión española y otra alemana, no tienen la obligación de seguir de alta en ninguno de los dos seguros.
No obstante, pueden seguir afiliados/a de manera voluntaria solo al seguro de dependencia y abonar las cuotas que la caja de enfermedad indique. En caso de que la persona asegurada se encuentre en una situación de dependencia, tendrá derecho a prestaciones económicas del seguro alemán en función del grado de dependencia.
Si se reciben también prestaciones por cargo de las autoridades autonómicas competentes correspondientes a su grado de dependencia, las prestaciones alemanas se reducirán proporcionalmente (art. 34 Reglamento 883/04 CE).
No. En caso de percibir una pensión solo a cargo de España y residir en Alemania se mantendrá asegurado en España y tendrá en Alemania derecho a la prestación en especie (Pflegesachleistung), pero no al subsidio asistencial (Pflegegeld). En relación con el seguro de enfermedad tendrá derecho a asistencia sanitaria con la misma cobertura que cualquier otro/a asegurado/a en Alemania.
Sí, de no hacerlo la caja de seguro podría suspender la prestación. Los/as beneficiarios/as de prestaciones del seguro de dependencia están obligados/as a remitir a la caja de seguro un comprobante de consulta que ha de cumplimentar el/la médico/a u organismo sanitario competente en los plazos establecidos en el requerimiento.