Si estás pensando en desplazarte a Alemania o a otro país miembro de la UE, te recomendamos que antes de salir de España realices los siguientes pasos:
A continuación, te resumimos tus derechos y obligaciones durante el desplazamiento.
La empresa para la que trabajas puede mandarte temporalmente a otro país de la UE. Durante ese periodo, eres un "trabajador desplazado" y puedes disfrutar de condiciones de trabajo y derechos especiales. Ten en cuenta que los trabajadores que realizan viajes de negocio solo para participar en reuniones, ferias, conferencias, etc. no son considerados trabajadores desplazados.
Como trabajador desplazado por norma sigues estando, durante el desplazamiento, cubierto por la seguridad social de tu país de origen*.
En cualquier otro caso, y a falta de una exención, si sigues trabajando en otro país durante más de 12 meses, tendrás que darte de alta en su seguridad social y pagar cotizaciones.
En todos los casos indicados en los párrafos anteriores tienes que solicitar en la Tesorería General de la Seguridad Social el formulario A1. Deberás presentarlo en Alemania ante las mutuas de seguro o Krankenkassen. Para más información sobre los trámites concretos a realizar ante la Seguridad Social y los formularios necesarios recomendamos las siguientes páginas:
La empresa debe garantizarte como trabajador desplazado las condiciones laborales mínimas vigentes en el país de acogida, cualquiera que sea la legislación aplicable al contrato de trabajo.
Estas condiciones laborales del país de destino están relacionadas con:
Asegúrate de que la empresa se ocupa de todo esto (Obligaciones de las empresas en el desplazamiento) para evitar sanciones en el país de destino. Para más detalles o dudas, te puedes dirigir a la oficina de enlace para trabajadores desplazados de tu país de destino. En Alemania es
Dirección: Generalzolldirektion Direktion VII
Finanzkontrolle Schwarzarbeit
Wörthstraße 1-3
DE - 50668 Köln
Tel.: +49 (0) 221 22255 0
Fax: +49 (0) 221 22255 3981
E-mail: DVII.gzd@zoll.bund.de
Información en la web.
* La seguridad social viene regulada por los reglamentos comunitarios. En concreto por el Reglamento de coordinación de los sistemas de seguridad social de los Estados miembros de la Unión Europea (Reglamento (CE) 883/04) que regula los seguros públicos de enfermedad, dependencia, pensiones, accidentes laborales, desempleo y las prestaciones familiares en los casos de desplazamiento intracomunitario de trabajadores. Para ciudadanos de terceros países rige el Reglamento CE 1408/71. En Alemania, la transposición de la normativa europea (EU) 2018/957 está recogida en la Ley de Trabajadores Desplazados Arbeitnehmerentsendegesetz (AEntG), cuya última actualización entró en vigor el 30.07.2020