Al llegar a los Países Bajos el primer paso será registrarte en el municipio donde vas a vivir. En ese momento te empadronas como residente de tu municipio. Esto es lo que se conoce como ser residente en los Países Bajos. Debes hacerlo en un plazo de cinco días desde el primer día de tu llegada o cuando esté claro que te vas a quedar a vivir y trabajar durante más de cuatro meses. Más información en este enlace: El Registro Básico de Personas (BRP).
Para esta inscripción tienes que presentar cierta documentación: un pasaporte o un documento de identidad comunitario que estén en vigor. Además, debes llevar la partida de nacimiento plurilingüe, siendo práctico que también lleves documentos de ciertos sucesos de tu vida, por ejemplo, el certificado de matrimonio, el acta de reconocimiento de paternidad o el certificado de divorcio. Pregunta en el ayuntamiento de la localidad donde vas a vivir qué documentos tienes que presentar. Más información en este enlace: Brochure El Registro Básico de Personas | RvIG.
Si tu estancia va a ser inferior a 4 meses no es obligatorio inscribirse como residente en el ayuntamiento del municipio donde resides. Pero, si en ese periodo inferior a 4 meses vas a trabajar, será obligatorio solicitar un número BSN (número de identificación personal único) y registrarte como no residente (RNI) en cualquiera de los 19 municipios habilitados para este trámite. El formulario en español está disponible en este enlace: Spaans - Español | RvIG.
Ver también la información en nuestra web sobre el registro en el Ayuntamiento en el apartado: AL LLEGAR A PAÍSES BAJOS – PRIMEROS TRÁMITES.
El registro en una vivienda se hace con previa autorización del propietario de la casa, quien facilitará una autorización expresa (en el idioma del país) que, junto con un documento de identidad y el contrato de la vivienda, se presentará en el ayuntamiento.
Hay que tener en cuenta que existe un número máximo de personas que pueden ser registradas en una vivienda.
Existe una ventanilla en cada Ayuntamiento para notificar problemas con la vivienda arrendada, en la que te asesoran con respecto a tus derechos como inquilino.
Más información en:
Ver también la información en nuestra web sobre el registro en el Ayuntamiento en el apartado: AL LLEGAR A PAÍSES BAJOS – ACCESO A LA VIVIENDA.
Si te trasladas a Países Bajos, la inscripción en el Registro de Matrícula Consular sea por residencia temporal o permanente, se hace directamente en el Consulado General de España en Ámsterdam. Más información en este enlace: Alta de residente y de no residente.
Si trabajas o resides en Países Bajos y necesitas identificarte para realizar trámites por internet ante las autoridades u organismos de seguridad social y pensiones con autenticación y firma electrónica DigiD, consulta cómo solicitarlo en este enlace: Home English | DigiD.
Si estás en Países Bajos y necesitas ayuda para solicitar y utilizar el DigiD o quieres aprender a usarlo, puedes acudir a una biblioteca cercana para que te asesoren. Las bibliotecas públicas disponen de un Punto de Información Digital de la Administración.
Si te encuentras fuera de Países Bajos y necesitas solicitar el DigiD para usar los servicios electrónicos de la Administración neerlandesa, podrás recibir un código de activación por medio de una videollamada con Nederland Wereldwijd. Más información en este enlace en español:
Consulta toda la información necesaria sobre los trámites que necesitas hacer sobre tu vehículo aquí: RDW.nl in English | RDW.