Rastro de migas
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Los titulares de visa cuya vigencia sea superior a tres (3) meses, así como los beneficiarios de las mismas, deberán inscribirse en el registro de extranjeros de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, dentro de los siguientes quince (15) días calendario, contados a partir de su ingreso al país o de la fecha de expedición de la visa, si esta se expidió en territorio nacional; o dentro de los quince (15) días siguientes al ingreso a Colombia, si la visa fue expedida en un Consulado. Además, deberán tramitar ante Migración Colombia la Cédula de Extranjería al momento de efectuar el registro de extranjeros.
Las visas que expiden las autoridades colombianas se agrupan en tres tipos:
La información completa sobre visas se encuentra en: Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (www.cancilleria.gov.co) y Migración Colombia (www.migracioncolombia.gov.co)