Ministerio de Trabajo y Economía SocialMinisterio de Trabajo y Economía Social

Preguntas frecuentes

Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social

Prestación por Razón de Necesidad (Ancianidad o Incapacidad)

Niños de la Guerra

Ayudas asistenciales extraordinarias para españoles residentes en el exterior (Programa 2)

Empleo

Seguridad Social

Asistencia Sanitaria

Retorno a España

Estudiar en España

Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social

1. ¿Dónde está ubicada la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social?

En Caracas Venezuela:

Oficinas acreditadas por esta Consejería:

En Bogotá D.C., Colombia:

En Santo Domingo, República Dominicana:

2. ¿Qué trámites puedo realizar en la Consejería?

En esta Consejería se tramitan y gestionan diferentes programas de ayudas asistenciales, se brinda orientación y ayuda para la tramitación de gestiones ante la Seguridad Social española, se da información socio laboral y asistencia al retorno de emigrantes españoles a España.

3. ¿Qué trámites debo realizar en el Consulado General de España en Caracas antes de dirigirme a la Consejería?

Algunos trámites realizados por esta Consejería requieren de requisitos previos que deberá realizar en el Consulado General de España en Caracas. Estos son el Certificado de inscripción en el registro de matrícula consular y el Pasaporte Español. Los pasos para su obtención se indican en el siguiente enlace

Prestación por Razón de Necesidad (Ancianidad o Incapacidad)

4. Soy español, ¿puedo tramitar alguna prestación asistencial? ¿Cómo puedo hacerlo?

Si usted nació en España (o residió en España durante 10 años como español), reside en Venezuela, es español de origen, mayor de 65 años y carece de rentas o ingresos suficientes, puede solicitar una Prestación por Razón de Necesidad por Ancianidad (RD 8/2008 de 11 de enero).

En esta Consejería se le facilitará el formulario de solicitud correspondiente, en el cual se indican todos los requisitos que debe adjuntar la solicitud. Si no reside en Caracas puede obtener el formulario de solicitud en los Viceconsulados y Consulados Honorarios, o a través del siguiente enlace:

5. ¿Existen ayudas por incapacidad?

Si usted nació en España (o residió durante al menos 10 años como español), reside actualmente en Venezuela, su edad está entre los 16 y 65 años, carece de rentas o ingresos suficientes y padece una incapacidad laboral, puede solicitar una Prestación por Razón de Necesidad por Incapacidad (RD 8/2008 de 11 de enero).

En esta Consejería se le facilitará el formulario de solicitud correspondiente, en el cual se indican todos los requisitos que debe adjuntar la solicitud. Si no reside en Caracas puede obtener el formulario de solicitud en los Viceconsulados y Consulados Honorarios, o a través del siguiente enlace:

6. Mi cónyuge acaba de fallecer y era beneficiario de una Prestación Económica por Razón de Necesidad (Ancianidad o Incapacidad), ¿tengo derecho a cobrar una pensión de viudedad?

La normativa reguladora de estas prestaciones establece que el derecho se extingue con el fallecimiento del beneficiario, no contemplando prestaciones derivadas. Sin embargo, sí está previsto el derecho de los herederos a cobrar los haberes devengados y no percibidos a causa del fallecimiento del titular del derecho. El plazo de solicitud es de 3 meses a contar desde la fecha del deceso.

Puede obtener el formulario de solicitud y los requisitos a adjuntar a través del siguiente enlace:

7. ¿Debo presentar la fe de vida y declaración de rentas o ingresos en los plazos establecidos de la Prestación Económica por Razón de Necesidad?

Entre el 1 de julio y el 30 de noviembre de cada año, los beneficiarios de Prestación por Razón de Necesidad deben presentar fe de vida y actualización de datos; ya que, si no lo hace, el derecho a la Prestación por Razón de Necesidad se extinguirá y el beneficiario deberá presentar nueva solicitud.

Para su presentación, puede usar el formato indicado en el siguiente enlace

Niños de la Guerra

8. Soy español y fui exiliado de España en la época de la Guerra Civil Española, ¿puedo solicitar alguna ayuda económica?

Sí, siempre que usted haya sido desplazado de España durante su minoría de edad como consecuencia de la Guerra Civil española en el período comprendido entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1939, podrá solicitar una ayuda económica por este motivo.

Puede obtener el formulario de solicitud y los requisitos a adjuntar a través del siguiente enlace:

Ayudas asistenciales extraordinarias para españoles residentes en el exterior (Programa 2)

9. Soy español, resido en Venezuela y estoy ante una situación de necesidad económica extraordinaria, ¿puedo solicitar alguna ayuda a España?

Si usted es español, reside en Venezuela y se encuentra en una situación de necesidad económica que le impide costear ciertos gastos extraordinarios, puede ser beneficiario de una ayuda asistencial extraordinaria para españoles residentes en el exterior (Programa 2), siempre y cuando demuestre la insuficiencia de recursos al momento de realizar su solicitud.

Puede obtener el formulario de solicitud y los requisitos a adjuntar a través del siguiente enlace:

10. Soy español, resido en Venezuela y un familiar requiere una intervención quirúrgica muy costosa. ¿puedo solicitar alguna ayuda a España?

Sí, siempre que su familiar conviva y dependa económicamente de usted y pueda demostrar la insuficiencia de recursos al momento de realizar su solicitud, puede solicitar una Ayuda Asistencial Extraordinaria para españoles en el Exterior.

Puede obtener el formulario de solicitud y los requisitos a adjuntar a través del siguiente enlace:

Empleo

11. Deseo irme a España a trabajar y tengo muchas preguntas al respecto. ¿Qué información podrían proporcionarme?

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de España pone a su disposición el “Portal de Inmigración” que recoge información de utilidad para todas aquellas personas que deseen desplazarse a España en busca de trabajo. Igualmente, pueden consultarse ofertas de empleo en el portal “Empléate”.

12. ¿Puedo solicitar un empleo en España ante esta Consejería?

Esta Consejería no cumple servicios de bolsa o portal de empleo. No obstante, sí brindamos orientación en el ámbito socio laboral, enfocado principalmente en asistir a emigrantes españoles que deseen retornar a España.

Seguridad Social

13.   ¿Cómo se puede obtener un informe de vida laboral por el trabajo realizado en España?

El informe de vida laboral se puede solicitar directamente a través de la página de la Seguridad Social. En este enlace encontrará las vías de solicitud. Asimismo, puede realizar la solicitud a través de esta Consejería, presentándose con su DNI, número de afiliación a la seguridad social y completando el formulario de solicitud.

Esta solicitud se remitirá a la Tesorería General de Seguridad Social, organismo gestor en España.

14. ¿Para mantener activa mi pensión contributiva de la Seguridad Social española, es necesario que remita anualmente una fe de vida en el primer trimestre del año? ¿A dónde debo dirigirme?

Sí, es necesario que realice este trámite anualmente en el primer trimestre del año.

Puede obtener la fe de vida en:

  • El Consulado General de España, o a través de sus Viceconsulados y Consulados Honorarios.
  • Esta Consejería de Trabajo, que le expedirá un “Certificado de comparecencia”

Una vez que disponga de la Fe de Vida o Certificado de comparecencia, puede optar entre enviarla directamente a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que le corresponda o enviarla usted directamente.

15.Mi cónyuge fallecido trabajó en España y/o cobraba pensión contributiva, ¿me corresponde pensión de viudedad? ¿Cómo puedo hacer el trámite y qué derechos voy a tener?

No es posible responder de forma generalizada a estas preguntas. Para ambas consultas, nosotros le formularemos diversas preguntas sobre el tiempo trabajado en ambos países, la época en que trabajó y, según cada caso, se le proporcionará la orientación correspondiente.

Para obtener más información referente a las edades de jubilación y el período de cotización a aplicarse, consulte el siguiente enlace.

16.¿Puedo cobrar mi pensión del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) en España?

Sí. Para ello debe informarse de los trámites que debe cumplir en la oficina de Convenios Internacionales del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales:

Dirección: Avenida Francisco Javier Ustáriz, Parque Residencial San Bernardino Planta Baja, Urbanización San Bernardino. Caracas, Venezuela. Código Postal – 1010.

Horario de atención al público: martes y jueves de 9:00 a 15:00 horas.

17.   Vivo en Venezuela, ¿a dónde me debo dirigir para solicitar mi pensión de vejez, ya que tengo cotizaciones en España y en Venezuela?

Debe dirigirse a la oficina de Convenios Internacionales del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales:

Dirección: Avenida Francisco Javier Ustáriz, Parque Residencial San Bernardino Planta Baja, Urbanización San Bernardino. Caracas, Venezuela. Código Postal – 1010.

Horario de atención al público: martes y jueves de 9:00 a 15:00 horas.

Asistencia Sanitaria

18. Soy beneficiario de la Prestación por Razón de Necesidad (Ancianidad o Incapacidad), ¿tengo cobertura de asistencia sanitaria en Venezuela?

Sí, en el caso de que carezcan de asistencia sanitaria, la recibirán a través de la Fundación España Salud:

19. Soy español y viajo a España temporalmente, ¿puedo obtener asistencia sanitaria en España?

Sí, puede solicitar asistencia sanitaria en España: si usted reside en Venezuela, posee nacionalidad española, y está en los siguientes supuestos: trabajador por cuenta ajena que cotiza al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), pensionado del IVSS o si es beneficiario de la Prestación por Razón de Necesidad.

Retorno a España

20. Soy español (o poseo nacionalidad española) y quiero retornar a España, ¿necesito hacer algún trámite antes de irme?

Los documentos que debe presentar son los siguientes:

Hojas informativas

Una vez adverada la documentación y ya en España, podrá solicitar el Certificado de Emigrante Retornado (CER) ante la Delegación o Subdelegación del Gobierno de la provincia en la que vaya a fijar su residencia.

Con el CER y el resto de los requisitos que exija la normativa, podrá solicitar el Subsidio por Desempleo para Emigrante Retornado.

21. ¿Existe alguna guía para ciudadanos españoles que deseen retornar?

Sí, puede acceder a la Guía de Retorno a través de este enlace

Estudiar en España

22. ¿Qué trámites debo realizar en Venezuela para estudiar u homologar mis estudios en España?

La información sobre el acceso a las universidades españolas a través de la Prueba de Acceso a la Universidad (PAU) son atendidas en la sede de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) en Caracas:

Los pasos por seguir para la homologación de estudios de educación superior en España, está disponible en la página web del Ministerio de Universidades: