Ministerio de Trabajo y Economía SocialBuzón de Comunicaciones Antifraude para Fondos de la Unión Europea Next Generation-MRR, para la lucha del fraude, conflicto de intereses, corrupción y doble financiación en actuaciones financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MMR). Ministerio de Trabajo y Economía Social

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Buzón de Comunicaciones Antifraude para Fondos de la Unión Europea Next Generation-MRR, para la lucha del fraude, conflicto de intereses, corrupción y doble financiación en actuaciones financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MMR)

El “Plan de Medidas Antifraude del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia” incluye la creación de un Buzón de Comunicaciones Antifraude que permita a cualquier persona interesada alertar o formular la oportuna comunicación sobre posibles sospechas de fraude, corrupción, conflicto de intereses o doble financiación que afecten a los Fondos de la Unión Europea Next Generation-MRR gestionados por el Ministerio de Trabajo y Economía Social o cualquiera de sus organismos autónomos dependientes.

Toda persona interesada en poner de manifiesto hechos sospechosos relacionados con las cuestiones indicadas, que tengan vinculación con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), podrá presentar una comunicación formal mediante el presente Buzón de Comunicaciones Antifraude.

El MITES analizará la información recibida a efectos de determinar el tratamiento que deba darse a la misma, realizando las verificaciones y actuaciones que considere necesarias.

Conceptos

Los conceptos de Fraude, Corrupción, Conflicto de Interés y Doble Financiación están contenidos en el apartado 1.5 del Plan de Medidas Antifraude del Ministerio de Trabajo y Economía Social y se puede acceder a su consulta en el siguiente enlace.

Comunicación formal

Para alertar de un posible caso de fraude, corrupción, conflicto de interés y doble financiación que afecte a los Fondos de la Unión Europea Next Generation-MRR gestionados por el MITES o cualquiera de sus organismos autónomos dependientes, se recomienda el uso del siguiente formulario.

Acceso al formulario para la comunicación de fraudes e irregularidades

Este es el medio idóneo y más adecuado si quiere presentar una comunicación formal, al ser un canal seguro de admisión de las comunicaciones.

Los aspectos fundamentales de este canal de comunicación se encuentran contenidos en la Comunicación del Ministerio de Trabajo y Economía Social de 07 de octubre de 2022

Se proporciona un correo electrónico para consultar dudas sobre cómo realizar comunicaciones formales a través del Buzón Antifraude del MITES que tengan vinculación con Fondos de la Unión Europea Next Generation-MRR. La dirección de correo es: Antifraude.MRR@mites.gob.es 

Contenido de la comunicación

La comunicación deberá contener, como mínimo, los siguientes requisitos:

  • Una descripción de los hechos de la forma más concreta y detallada posible, identificando, siempre que fuera posible:
    • las personas que hubieran participado en los mismos;
    • los negocios, convocatorias, instrumentos o expedientes afectados por la presunta irregularidad o fraude;
    • la fecha cierta o aproximada en la que los hechos se produjeron;
    • su vinculación con Fondos de la Unión Europea Next Generation-MRR, así como el instrumento financiero afectado;
    • el órgano o entidad que hubiera gestionado las ayudas;
    • los órganos o entidades a los que, adicionalmente y en su caso, se hubiera remitido la información.
  • Documentación o cualquier elemento de prueba que facilite la verificación de los hechos comunicados y la realización de las actuaciones que correspondan en relación con los mismos.
  • Identificación de la persona informante que remite la información y documentación (mediante su número de NIF, su nombre y apellidos, así como dirección de correo electrónico, o en su defecto dirección postal).

Todas las comunicaciones que no cumplan con estos tres requisitos podrán no ser tenidas en cuenta.

No se dará curso a la información recibida cuando la misma estuviera manifiestamente infundada o cuando la escasez de la información remitida, la descripción excesivamente genérica e inconcreta de los hechos o la falta de elementos de prueba suministrados no permitan al MITES realizar una verificación razonable de la información recibida y una determinación mínima del tratamiento que deba darse a los hechos comunicados.

Una vez recibida la comunicación, el MITES procederá al análisis de su contenido y a la comprobación de su verosimilitud, apoyándose en las unidades que puedan colaborar en estas tareas, en particular en la Inspección General de Servicios.

Identificación del informante

La persona informante debe facilitar voluntariamente su identidad al presentar su comunicación formal para que sea tenida en cuenta de acuerdo con el artículo 62.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de comunicaciones anónimas, estas podrán ser investigadas de oficio por parte de la Administración siguiendo lo dispuesto en la Sentencia nº 318/2013 de la Sala de lo Penal del TS de 11 abril.

Confidencialidad

Salvo cuando la persona que comunique la información solicite expresamente lo contrario, el MITES guardará total confidencialidad respecto de su identidad, de forma que la misma no será revelada a persona alguna.

A tal fin, en todas las comunicaciones, actuaciones de verificación o solicitudes de documentación que se lleven a cabo por el MITES, se omitirán los datos relativos a la identidad de la persona que hubiera remitido la información, así como cualesquier otro dato que pudiera conducir total o parcialmente a su identificación.

Por último, para favorecer la colaboración del personal se prevendrán las represalias contra las personas alertadoras de presuntas irregularidades, al tiempo que se dará respuestas ágiles y contundentes para frenar las comunicaciones falsas o con fines ajenos a la integridad pública.

No condición de interesado

La remisión de información a través del presente canal de comunicación no atribuye a la persona informante la consideración de interesado en las actuaciones administrativas que se puedan derivar de la información proporcionada, ni le otorga derecho a ser informado de su resultado, ni legitimación para la interposición de recursos o reclamaciones en relación con los resultados de dichas actuaciones.

Canal alternativo de comunicaciones

Alternativamente, cabe destacar la existencia de un canal externo al MITES para comunicar un supuesto caso de fraude, corrupción, conflicto de intereses o doble financiación. Se trata del Canal oficial de Comunicación de información sobre fraudes o irregularidades que afecten a fondos europeos del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude, que está dirigido a terceros, NO a las administraciones o entidades públicas encargadas de la gestión y control de las ayudas financiadas con fondos europeos. Se puede acceder a través del siguiente enlace.

Se proporciona un correo electrónico para consultar dudas sobre cómo realizar comunicaciones a través de este canal: consultasantifraude@igae.hacienda.gob.es