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Social Economy Manifesto

The Second Vice-President of the Government and Minister of Labour and the Social Economy, Yolanda Díaz, presented last 6 June the Social Economy Manifesto, at an event held in Santiago de Compostela, which this year holds the title of the Spanish Capital City of the Social Economy.

This is a collective work, carried out in commemoration of the 10th anniversary of Law 5/2011 on Social Economy, in which several of the stakeholders who made this law possible and current representatives of the Spanish and European Social Economy take part.

The text analyses the past, present and future of the Social Economy, its recognition and added value, and the principles that govern it.

Each of the principles defining the Social Economy has been drafted by representative organisations within the sector based on the experience of different enterprises and illustrated with practical examples.

Finally, the European vision of progress in the construction of the Social Economy is provided by the European Commissioner for Employment and Social Rights, Nicolas Schmit.


Actualidad de la Economía Social

Con la publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 20 de abril de 2022 del extracto de la Resolución de 6 de abril de 2022, de la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, ha quedado abierto el plazo para la presentación de solicitudes de subvención para las actividades de promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento de las asociaciones de trabajadores autónomos, de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y de otros entes representativos de la economía social de ámbito estatal para 2022.

https://prensa.mites.gob.es/WebPrensa/noticias/laboral/detalle/4098

En esta convocatoria continúa la dotación presupuestaria que se incluyó como novedad en 2018, dirigida a subvencionar actividades que desarrollen las medidas contenidas en la Estrategia Española de la Economía Social 2017-2020, que se incorporó como una de las denominadas “políticas palanca” en el “Plan de Acción para la implementación de la Agenda 2030, hacia una Estrategia Española de Desarrollo Sostenible” y que en 2022 tiene una dotación de 3.000.000 euros.

Esta Estrategia está en fase de evaluación con el fin de generar aprendizajes que sirvan para la definición de la Estrategia Española de la Economía Social 2021-2027, que será la continuación de la del periodo anterior.

Si bien podrán presentarse solicitudes referentes a todas las medidas de la Estrategia Española de Economía Social 2017-2020, se valorarán especialmente las que se presenten referidas a una serie de medidas, que serán incluidas en la próxima estrategia, y que se detallan en la resolución de la convocatoria, consiguiéndose de este modo avanzar en el desarrollo de la misma.

En la convocatoria 2022 se ha continuado con la línea de modernización de los procedimientos que se impulsó con mayor intensidad a partir de 2020 y que tiene dos objetivos fundamentales: la optimización de los recursos humanos que gestionan la convocatoria de subvenciones y el incremento de la eficacia y eficiencia de esta línea de subvenciones al servicio de las personas.

En concreto, la convocatoria de 2022 tiene importantes novedades respecto de la convocatoria 2021:

  • En actividades de apoyo y promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas
    • Se ha modificado el apartado de la sede electrónica para recoger a través del formulario de alta solicitud (anexo I) tres subapartados para incluir los datos de la subcontratación en las actividades. De esta forma se pretende, por un lado, una mayor seguridad de los datos ya que los mismos pasarán a través de procesos informáticos a la base de datos que gestiona la convocatoria y por otro, facilitar la revisión de los requisitos y límites que la normativa establece para las subcontrataciones.
    • En el apartado tercero “actividades y gastos subvencionables” se ha incluido un texto aclarativo de la forma de proceder de las entidades respecto a las campañas de comunicación y se ha redefinido el contenido del mismo para englobar en el punto 2 todo lo que se considera gasto subvencionable respecto a las actividades.
    • En el apartado cuarto de “Criterios de valoración y cuantía de las subvenciones” en el apartado 2 se han detallado los criterios de valoración establecidos en el artículo 5.1 de la Orden ESS/739/2017, de 26 de julio.
    • En el apartado cuarto de “Criterios de valoración y cuantía de las subvenciones” se ha creado un nuevo subapartado en el que se detallan las prioridades temáticas que en la convocatoria del año anterior estaban englobadas en el apartado 2.
    • Se han revisado las prioridades temáticas a efectos de valoración de las solicitudes y se han incorporado como novedades las siguientes:
      • Se incorpora la valoración de la mayor participación de las personas jóvenes en los órganos de decisión en las entidades y organizaciones representativas y el fomento del asociacionismo de personas jóvenes en entidades de la economía social y en el ámbito del trabajo autónomo.
      • Se redefine la prioridad de puesta en marcha de líneas para apoyar la digitalización y la sostenibilidad por apoyar procesos de evaluación de necesidades e implementación de planes digitalización y de sostenibilidad.
      • En la prioridad temática g) “Elaboración y difusión de materiales divulgativos” se ha incluido la debida diligencia y gobierno corporativo responsable.
      • En el apartado h) se ha añadido la promoción de la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo sostenible.
      • En la prioridad j) Desarrollo de las medidas contenidas en la Estrategia Española de Economía Social 2017-2020, que se incorporó como una de las denominadas “políticas palanca” en el “Plan de Acción para la implementación de la Agenda 2030, hacia una Estrategia Española de Desarrollo Sostenible” se han numerado como subapartados las medidas que se valorarán especialmente ya que en el anexo II “Descripción y memoria de la actividad de ámbito estatal a realizar” se ha incluido un apartado 3 en el que se ha de indicar la prioridad temática.
  • Para los gastos de funcionamiento de las asociaciones de trabajadores autónomos, de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y de otros entes representativos de la economía social de ámbito estatal
    • Se ha mejorado el diseño de la sede para gestionar de forma más eficiente la documentación que se ha de aportar según el tipo de subvención, validando el fichero de relación de trabajadores para gastos de funcionamiento para una mayor calidad de los datos.
      • En la Tabla 4 “documentación específica para gastos de funcionamiento de asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal de carácter intersectorial” se incluye que en la sede electrónica estará disponible el modelo de Certificado en el que:
        • Se relacionen las entidades asociadas por las que se presentan trabajadores a valoración, incluyendo en el mismo la razón social y el NIF tanto de la entidad solicitante como de las asociadas.
        • Cada una de las asociadas, acredite que se encuentra asociada a la entidad solicitante y declaración de que las trabajadoras y los trabajadores autónomos integrados en la entidad asociada pertenecen al menos a tres sectores de entre los de agricultura, industria, construcción y servicios.
      • En la Tabla 5 “documentación específica exigida cuando se trate de entidades asociativas de ámbito estatal de cooperativas, de sociedades laborales, tanto de carácter intersectorial como sectorial, y de las asociaciones de carácter intersectorial de empresas de inserción” se incluye que en la sede electrónica estará disponible un modelo de certificado para cumplimentar en el que:
        • Se relacionen las entidades asociadas por las que se presentan trabajadores a valoración, incluyendo en el mismo la razón social y el NIF tanto de la entidad solicitante como de las asociadas.
        • Cada una de las asociadas acredite que se encuentra asociada a la entidad solicitante y se indique el sector o sectores económicos de entre los de agricultura, industria, construcción y servicios.

Muy importante: el hecho de que se hayan añadido validaciones en el fichero Excel de relación de personas trabajadoras significa que en el caso de que el citado fichero Excel contenga errores, no será posible la carga del fichero y, por tanto, la cumplimentación de la solicitud hasta que no se corrijan los errores.

Por ello, se ruega encarecidamente que la carga de las solicitudes relativas a gastos de funcionamiento, no se efectúe en los últimos días del plazo, para que la entidad tenga margen suficiente para corregir los errores y pueda efectuar la presentación de la solicitud correctamente.

Así mismo, se informa que el plazo para presentar las solicitudes comienza el 21 de abril y finaliza 20 días hábiles después (ambos inclusive).

Otros aspectos significativos: