El Censo de Asociaciones y Centros (CACE) de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno está contemplado en el artículo 15 del Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior (Ley 40/2006, de 14 de diciembre). Su objetivo es fomentar y apoyar el movimiento asociativo de los españoles en el exterior y retornados, promoviendo la creación y fortalecimiento de centros y asociaciones que desarrollen actividades de promoción sociocultural.

Subvenciones vinculadas al CACE

La Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio, regula la concesión de subvenciones para programas dirigidos a la ciudadanía española en el exterior y a los retornados. Para acceder a determinadas ayudas, las entidades solicitantes deben estar inscritas en el CACE con al menos dos años de antelación a la fecha de la presentación de la solicitud.

Los cinco programas de actuación contemplados son:

  1. Asociaciones
  2. Centros
  3. Proyectos e Investigación
  4. Comunicación
  5. Mayores y Dependientes

Requisitos para la inscripción en el CACE

Las entidades que deseen inscribirse en el CACE deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar legalmente constituidas en el país de residencia.
  • Carecer de ánimo de lucro.
  • Reconocer y respetar los derechos fundamentales y libertades reconocidos por la Constitución Española.

Documentación requerida para la inscripción

Para solicitar la inscripción en el CACE, las entidades deben presentar la siguiente documentación:

  1. Ficha CACE debidamente cumplimentada.
  2. Memoria de actividades realizadas.
  3. Acta de constitución legalmente inscrita.
  4. Acta de nombramiento del órgano directivo o documento de representación legal.
  5. Copia del documento de identidad del representante legal.
  6. Certificado de residencia fiscal emitido por la autoridad tributaria local.
  7. Acta de la última junta o asamblea.
  8. Certificado del representante legal que indique el número total de socios, diferenciando entre españoles y otras nacionalidades, así como el importe y periodicidad de las cuotas (mínimo 50 socios).

Actualización de datos

Las entidades inscritas en el CACE deben comunicar cualquier modificación relativa a su nombre, domicilio, representación legal, número de socios u otros datos relevantes. Para ello, deben presentar la documentación que respalde los cambios, como estatutos actualizados, actas, certificados y un nuevo certificado de residencia fiscal actualizado.

Causas de baja del CACE

Una entidad podrá ser dada de baja del censo por las siguientes causas:

  • Disolución formal de la entidad o cese definitivo de actividades.
  • Falta de actualización de los datos por un período de cinco años, previa notificación y sin presentación de alegaciones en el plazo de 10 días hábiles.

Contacto e inscripción

Para mayor información o para iniciar los trámites de inscripción, actualización o baja en el CACE, puede dirigirse a la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en Quito, previa cita.