Si usted tiene nacionalidad española y decide retornar definitivamente a España, el Estado pone a su disposición una serie de prestaciones asistenciales que puedan facilitar su integración sociolaboral y a las que puede acceder una vez disponga usted del Certificado de Emigrante Retornado (CER)

El CER deberá solicitarlo ante la Dependencia de Trabajo e Inmigración de la Delegación o Subdelegación del Gobierno de su provincia de residencia, acreditando documentalmente una serie de extremos que aparecen debidamente reflejados en la Guía del Retorno y que puede usted consultar en el siguiente enlace:

Guía de retorno

En la Guía se detalla la documentación que deberá usted aportar para acreditar su condición de emigrante retornado (págs. 25, 26 y 27 de la Guía)

Por lo que se refiere a los documentos acreditativos del trabajo realizado, es importante que tenga en cuenta que estos documentos deberán estar adverados respecto a su contenido por esta Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.