No existe el acto del alta en la Seguridad Social, sino que la empresa efectúa e ingresa las deducciones correspondientes, informando tanto al sistema de Seguridad Social como al empleado.
La cuota a abonar a la Seguridad Social es el resultado de aplicar a la base de cotización unos tipos de cotización determinados.
La base de cotización es equivalente al salario del trabajador, con la especialidad que se indica a continuación respecto de la cotización por pensiones.
Para los trabajadores por cuenta ajena, el tipo de cotización es del 7,65% del salario por parte del trabajador y otro 7,65 % por parte de la empresa, por lo que la cotización total suma el 15,3% del salario del trabajador.
De los tipos de cotización mencionados, el 6,2% se aporta en concepto de pensiones y se aplica hasta una base máxima anual de ingresos ($113.700 en 2013) y el 1,45% restante por el seguro sanitario público Medicare. En las cotizaciones por sanidad no hay base máxima de cotización, pero sí un recargo del 0,9% por los ingresos anuales por encima de 200.000 dólares.