Rastro de migas
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Con carácter general para cualquier información relativa a las condiciones de estancia y vida en Túnez deberá dirigirse a la Web de la Embajada de España en Túnez: https://www.exteriores.gob.es/Embajadas/tunez/es/Paginas/index.aspx
Para estancias iguales o inferiores a tres meses necesitará el pasaporte en vigor con fecha de caducidad superior a tres meses.
Para estancias superiores a tres meses deberá solicitar una autorización de estancia o estancia y trabajo en el Ministerio del Interior (comisaría de policía más próxima a su domicilio).
El permiso de estancia tiene validez por un año renovable.
Para la obtención de la autorización de estancia, deberá presentar la siguiente documentación: pasaporte en vigor, libro de familia, 3 fotos carnet, 2 timbres fiscales, contrato de alquiler y, si ha venido a trabajar contrato de trabajo visado por el Ministerio del Empleo y la Formación Profesional.
Los menores de 16 años no necesitan autorización de estancia. Se entiende que residen con sus padres y si viajan solos deben llevar una copia legalizada de la autorización de los padres y el libro de familia.
El cónyuge recibe automáticamente un permiso de estancia vinculado al del titular. Las parejas de hecho no están reconocidas en Túnez y la pareja puede tener dificultades para obtener autorización de estancia conjunta.