Rastro de migas
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El principio de preferencia nacional para el empleo con carácter general restringe el acceso a los empleos no cualificados.
De acuerdo con el artículo 258-2 del código de trabajo: "la contratación de extranjeros no puede realizarse cuando hay tunecinos capacitados en las especialidades objeto de contratación”.
El Ministerio de Formación Profesional y Empleo ejerce un estricto control del empleado y del empleador sometiéndolos a procedimientos administrativos muy específicos antes de la contratación y durante la vigencia del contrato.
El empleador que desee contratar a un extranjero debe obtener la autorización del Ministerio de Empleo y autorizar el contrato de trabajo por un período máximo de un año, con prórrogas anuales.
Los sectores más activos, dinámicos y abiertos para el empleo son los servicios y especialmente el turismo, la agricultura y la industria agroalimentaria y el textil.
Los sectores emergentes en materia de empleo son la informática y las telecomunicaciones, medio ambiente y la sostenibilidad, la ingeniería, las consultorías, el transporte y la logística y el turismo de medicina y estética.
El extranjero que desee trabajar en Túnez, deberá solicitar ante el Ministerio de Formación Profesional y de Empleo tunecino uno de los siguientes documentos, en función de la categoría del puesto que desea ocupar:
Los tipos de visado, los documentos necesarios y las oficinas para su presentación los encontrará en la dirección
http://www.emploi.gov.tn/index.php?id=12&L=0
Los tipos de visado, los documentos necesarios y las oficinas para su presentación los encontrará en la dirección
http://www.emploi.gov.tn/index.php?id=12&L=0
Para buscar trabajo consultar el apartado “Búsqueda de empleo”
Hay disposiciones específicas para el empleo de extranjeros en los siguientes ámbitos de actividad: