Ministerio de Trabajo y Economía SocialAsistencia sanitaria en caso de estancia temporal por menos de 3 meses en Países Bajos. Ministerio de Trabajo y Economía Social

Asistencia sanitaria en caso de estancia temporal por menos de 3 meses en Países Bajos

Durante una estancia temporal en Holanda, las prestaciones en especie están cubiertas por la Ley de Asistencia Sanitaria (“Zorgverzekeringswet” o “ZVW”) y la Ley “Wlz” (asistencia y/o cuidados de larga duración). La cobertura de asistencia sanitaria que se concede es comparable con el paquete básico de la Ley “ZVW.

Procedimiento

Antes de la salida de España, el asegurado deberá solicitar a la Seguridad Social española una Tarjeta Sanitaria Europea (TSE), indicando el motivo de su desplazamiento.

Información sobre la tarjeta sanitaria europea en la página web de la Seguridad Social.

Una vez en Países Bajos, el titular de la tarjeta o en su caso, Certificado Provisional Sustitutorio (CPS), en caso urgencia o necesidad de atención sanitaria, podrá acudir directamente a un hospital, médico de familia o farmacéutico en Holanda y, en principio, las facturas se enviarán a la aseguradora designada para tramitar los casos de personas desplazadas temporalmente, “Zilveren Kruis Achmea” en la localidad de Apeldoorn.

En caso de pérdida de la TSE se deberá solicitar la expedición de un certificado provisional sustitutorio de la misma (CPS) ante la Seguridad Social española.

Si la estancia en Holanda se debe a que se viene a recibir asistencia sanitaria o un tratamiento médico específico, entonces es imprescindible disponer del formulario E112 o su equivalente actual de la serie “S” (lo expide la Seguridad Social española dado que asimismo debe conceder su expresa autorización para que la persona en cuestión reciba asistencia sanitaria en el extranjero).

Los citados documentos deben tener validez en el momento de recibir la asistencia necesaria.

Se recomienda hacer algunas copias de los justificantes (por si tiene que entregar un ejemplar) y conservar el original. Si, por determinadas circunstancias, se ha tenido que adelantar el pago de la asistencia recibida, entonces puede enviar las facturas originales (junto con copia de la TSE o el CPS) a la aseguradora “Zilveren Kruis Achmea” para su reembolso (parcial o total), facilitando su cuenta bancaria (si la cuenta es de un banco en el extranjero, indique los códigos IBAN y BIC).

Para más información:

Zilveren Kruis Achmea GBR

Postbus 650

7300 AR APELDOORN

Web: https://www.zilverenkruis.nl/en/naar-nederland

Aclaración

De acuerdo con la información facilitada en su página web por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tarjeta Sanitaria Europea es individual y certifica el derecho de su titular a recibir las prestaciones sanitarias que sean necesarias desde un punto de vista médico, durante una estancia temporal en cualquiera de los países que componen la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo y Suiza, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración prevista de la estancia.

El período de validez consta en la Tarjeta Sanitaria Europea y corresponde al INSS la competencia para autorizar su prórroga teniendo en cuenta la legislación vigente. La asistencia sanitaria se recibirá en igualdad de condiciones que los asegurados residentes en el país al que se desplaza su titular.

Se recuerda que la Tarjeta Sanitaria Europea no es válida si el motivo del desplazamiento a otro país es el de recibir un tratamiento médico específico, en cuyo caso es imprescindible venir provisto del formulario E-112 o su equivalente actual de la serie “S”.