Las sociedades cooperativas adquieren personalidad jurídica con la inscripción de la escritura pública de constitución en el Registro de Sociedades Cooperativas. Los trámites a seguir, excepto las cooperativas de crédito y seguros, son los siguientes:
Impreso de solicitud de certificación negativa de denominación:
Los Estatutos son las normas confeccionadas por los promotores de la cooperativa, en el derecho de la autonomía de voluntad, respetando la normativa vigente.
Como mínimo se deben hacer constar los siguientes extremos.
Impreso de solicitud de Inscripción de Constitución de una S.Cooperativa.