Ministerio de Trabajo y Economía SocialEconomía Social - Registro Estatal de Sociedades Cooperativas y Laborales. Ministerio de Trabajo y Economía Social

Economía Social - Registro Estatal de Sociedades Cooperativas y Laborales

El Registro Estatal de Sociedades Cooperativas es competente para la calificación e inscripción de los actos de:

  • Las sociedades cooperativas que realicen principalmente su actividad cooperativizada en el territorio de varias Comunidades Autónomas, cuando no lo haga con carácter principal en ninguno de tales territorios.
  • Las sociedades cooperativas que realicen principalmente su actividad cooperativizada en las ciudades de Ceuta y Melilla.
  • Las cooperativas de crédito cuya actividad, sea o no cooperativizada, exceda del territorio de una Comunidad Autónoma.
  • Las sociedades cooperativas europeas que se constituyan en un futuro.

Por otro lado, el Registro Administrativo de Sociedades Laborales es competente para la calificación y registro administrativo de sociedades laborales domiciliadas en Comunidades Autónomas que no tengan transferida la competencia en dicha materia y en las Ciudades de Ceuta y Melilla.

En caso de actividad en Ceuta y Melilla, el Registro cuenta con secciones en cada una de las dos ciudades autónomas dentro del Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en cada una de ellas.

Para comunicarse con el registro pueden dirigirse a registros.cooperativas.sales@mites.gob.es

Atención al público

Sin perjuicio de la obligación de relacionarse por medios electrónicos que establece el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el Registro cuenta con un sistema de atención presencial mediante cita previa.

La cita previa, indicando asunto y denominación de la cooperativa y de la persona que acudirá, podrá solicitarse mediante correo electrónico a: registros.cooperativas.sales@mites.gob.es

El horario de atención presencial será TODOS LOS MIÉRCOLES Y LOS JUEVES DE 9 A 14 HORAS en la sede del Registro, sita en la Calle Pío Baroja 6, 28009 Madrid (Madrid).

Fuera de los días y horas establecidos no se atenderá presencialmente al público, salvo casos excepcionales o de urgencia debidamente autorizados por el personal del Registro.

Para acceder a la sede del Registro, el interesado deberá acudir con la confirmación de cita, ya sea en papel o en formato electrónico y mostrársela al personal de seguridad a la entrada del recinto.

Registro de Cooperativas

Procedimientos y documentación asociada

Impresos y modelos:

Direcciones de los registros en las Comunidades Autónomas

Registro de Sociedades Laborales