Suspensión de la prestación por inicio de una nueva relación laboral

 

Si estás percibiendo la prestación por desempleo y vas a empezar a trabajar, debes comunicarlo a la agencia de empleo, que suspenderá el pago de la prestación mientras trabajes.

Si vuelves a cotizar durante más de un año, adquirirás un nuevo derecho a prestación, que se sumará al resto que había quedado por disfrutar tras la suspensión. En cualquier caso, el total no podrá superar la duración máxima de la prestación que se tiene por edad y siempre que no hayan transcurrido cinco años desde que que hayas comenzado a percibirla.

Si en la nueva relación laboral cotizas menos de 12 meses, este tiempo no influirá ni en la duración ni en el importe de las prestaciones, pero los periodos se podrán sumar a cotizaciones posteriores dentro de un plazo de cuatro años desde el día en que nació el derecho.

Suspensión por percepción de otras prestaciones sociales

 

Se suspende la prestación por desempleo si percibes las siguientes prestaciones:

  • Ayuda para la formación profesional de desempleados (Berufsausbildungsbeihilfe).
  • Subsidio por enfermedad (Krankengeld), subsidio por accidente laboral (Unfallgeld), subsidio por maternidad (Mutterschaftsgeld) o subsidio transitorio durante una rehabilitación (Kur).
  • Pensión por invalidez permanente absoluta (Rente wegen voller Erwebsminderung).
  • Pensión por jubilación (Altersrente).
  • La prestación por desempleo queda igualmente en suspenso durante el tiempo en que la persona desempleada tenga derecho a salario o a indemnización por vacaciones no disfrutadas.