EL CONSEJO DE RESIDENTES ESPAÑOLES EN ANDORRA Y SU COMPOSICIÓN

Los Consejos de residentes españoles son órganos de carácter consultivo adscritos a la respectiva Oficina Consular, constituidos en todas las circunscripciones en cuyas listas del Censo Electoral de Residentes Ausentes se hallen inscritos, como mínimo 700 electores (Real Decreto 1960/2009, de 18 de diciembre, por el que se regulan los Consejos de residentes españoles en el extranjero, y Orden AEC/2172/2010, de 13 de julio, por la que se regulan la constitución, elección y funcionamiento de los Consejos de residentes españoles en el Exterior).

Actividades
  • Encauzar hacia la Oficina Consular cuantas cuestiones de interés general o particular de la comunidad española estime oportuno.
  • Proponer medidas para mejorar el servicio consular.
  • Asesorar e informar al Jefe de la Oficina Consular en los asuntos que aquél le someta.
  • Difundir entre la comunidad española las medidas de interés adoptadas por las autoridades españolas.
  • Cooperar con la Oficina Consular o con otras instituciones en todo tipo de actividades que se desarrollen en beneficio de la comunidad española.
  • Colaborar con las autoridades españolas en las convocatorias electorales o para la revisión del censo.
  • Desempeñar los cometidos que, en relación con la concesión de ayudas individuales o colectivas a españoles y asociaciones de españoles, les asignen las disposiciones legales.
  • Elegir a los cuarenta y tres miembros del Consejo General de Emigración en representación de las comunidades de españoles en el exterior.
Composición y funcionamiento
  • Siete miembros en las circunscripciones consulares en que residan menos de 50.000 españoles.
  • Once miembros en las de 50.000 a 80.000 españoles.
  • Quince miembros cuando se supere el número de 80.000 españoles.
  • Los miembros serán elegidos por voto directo, personal y secreto, y su mandato tendrá una duración de cuatro años, a contar desde la constitución del Consejo, pudiendo ser reelegido al final de dicho periodo .
  • El Consejo elige de entre sus miembros, por mayoría absoluta, su Presidente, y éste designa al Secretario de entre ellos.
  • El Consejo podrá nombrar una Comisión Permanente y Comisiones de Trabajo concretas a las que podrán ser invitados asesores o expertos.
  • Se reunirá, al menos, una vez cada tres meses, y siempre que sea convocado por el Presidente, por iniciativa suya, a petición de tres miembros o del jefe de la oficina Consular.
Derecho activo y pasivo del sufragio
  • Los electores para la designación del Consejo en cada circunscripción son los españoles que figuren en la correspondiente lista consular del Censo Electoral de Residentes Ausentes, así como quienes hayan formalizado su hoja de inscripción en el mismo, al menos, siete días antes de la celebración de las elecciones.
  • Son elegibles los españoles que igualmente figuren en el Censo Electoral de Residentes Ausentes o hayan solicitado su inscripción en el mismo antes de la terminación del plazo de presentación de candidaturas.
  • Nadie podrá ser elector o candidato en más de una circunscripción.
Consejos de Residentes de Españoles constituidos en Andorra

El órganos de representación de la ciudadanía española es el Consejo de Residentes Españoles en Andorra:

Presidente: Salvador Miguel RIVAS ROBLÍN

Contacto:  ​​​

Consejeros Electos por Andorra al Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior

Mediante Orden ISM/344/2022, de 11 de abril, se proclamaron los Consejeros Electos por los Consejos de Residentes Españoles para el VIII Mandato del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior:

Titular

María Pilar GIULI GORDÓN

Si desea consultar el listado de asociaciones y centros españoles en Andorra con sus datos de contacto puede acceder a través del siguiente enlace:

Si tu asociación no aparece en el listado, puedes cumplimentar y enviarnos este formulario para autorizarnos la publicación de datos.

Programas de actuación para la ciudadanía española en el exterior y los retornados

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones convoca cada año los Programas de Asociaciones y de Mayores y Dependientes.

PROGRAMA DE ASOCIACIONES

I. PROGRAMA DE ASOCIACIONES 2024

A continuación encontrará los documentos relativos a la convocatoria del Programa de Asociaciones 2024:

Convocatoria del Programa de Asociaciones para 2024

Extracto de la Convocatoria publicada en el BOE

Anexo I

Anexo II

Anexo III_funcionamiento

- Anexo III_mantenimiento

Anexo IV

Anexo V

Instrucciones para los solicitantes del Programa de Asociaciones

PROGRAMA DE MAYORES Y DEPENDIENTES

II. PROGRAMA DE MAYORES Y DEPENDIENTES 2024

A continuación encontrará los documentos relativos a la convocatoria del Programa de Mayores y Dependientes 2024:

- Convocatoria del Programa de Mayores y Dependientes para 2024

- Extracto de la Convocatoria publicada en el BOE

- Anexo I

- Anexo II

- Anexo III

- Anexo IV

- Anexo V

- Instrucciones para los solicitantes del Programa de Mayores y Dependientes

Las funciones de apoyo y atención a los ciudadanos españoles residentes en el exterior y a los retornados que tiene encomendadas la Dirección General de Migraciones se materializan en una serie de prestaciones económicas y ayudas asistenciales, entre las que adquieren especial relevancia la Prestación por razón de necesidad, las Pensiones asistenciales para retornados y la Prestación a favor de los "Niños de la guerra".


También desarrolla funciones de fomento de actividades sociales y asistenciales para los españoles que residen en el exterior e integración para los retornados que se canalizan, en algunos casos, por los centros y asociaciones de españoles en el exterior, a través de programas de ayudas y subvenciones.

En el siguiente enlace puedes encontrar los distintos recursos que existen actualmente: